Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zahínos. (01138/2023)
Reglamento interno de funcionamiento del Programa Colaborativo Rural Eco Verde Zahínos II
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Zahínos

Anuncio 1138/2023

2.- Los alumnos trabajadores deberán firmar todos los días en los partes de control diario.
3.- Cuando se trate de un justificante médico y la dolencia impida reincorporarse al colaborativo rural con normalidad
después de la consulta, el facultativo deberá hacer constar el día o días que deba permanecer en reposo. De no ser así, se
considerará que se puede volver al proyecto tras la consulta.
4.- En el caso de que el alumno/a-trabajador/a conozca con antelación que va a faltar, deberá ponerlo en conocimiento del
equipo del colaborativo rural, además de aportar el justificante correspondiente.
5.- Cuando se aporte justificante de ausencia donde se establezca claramente el período de tiempo justificado y, sin
embargo, se produzca retraso injustificado en su incorporación a las actividades del proyecto, podrá ser motivo de sanción.
6.- Los viernes de cada semana se establecen como día final de entrega de justificantes de ausencias producidas a lo largo
de la semana.
7.- Todo el personal del colaborativo rural está obligado a ser puntual.
8.- El silencio en horas de clase, junto con la limpieza y la conservación de espacio y materiales son inexcusables en un
centro de enseñanza o de trabajo. El alumnado-trabajador y el equipo directivo-docente velarán, por el buen uso de aulas,
instalaciones y material didáctico.
9.- Queda prohibida la entrada al interior de las instalaciones del centro a toda persona ajena al proyecto. Si algún familiar
necesita localizar a algún alumno/a, bastará con preguntar a cualquier miembro del equipo directivo-docente por la persona
que busca y se le facilitará la comunicación.
10.- Se considerarán faltas las cometidas dentro del centro formativo, en los entornos de trabajo o en cualquier otra
actividad organizada por el programa/proyecto.
11.- Cumplir las normas y medidas de seguridad y prevención establecidas frente al COVID-19 (uso de mascarillas, higiene de
manos, distancia de seguridad).
TÍTULO QUINTO
NORMAS DE SEGURIDAD
Artículo 17. Seguridad laboral.
Para garantizar la seguridad y salud de los alumnos/trabajadores y del personal del colaborativo rural a la hora de manejar
los diferentes equipos y máquinas de su taller, deberán tenerse en cuenta las siguientes instrucciones:
a) Está absolutamente prohibido el consumo de drogas ilegales y alcohol durante la jornada de trabajo, tenga
lugar o no en el recinto laboral. El consumo de dichas sustancias puede alterar a nivel cognitivo, emocional y
conductual y por lo tanto afectar a la ejecución de las tareas en condiciones de seguridad. La inobservancia de
este aspecto incurre en falta muy grave y conllevará o bien la suspensión de empleo y sueldo o la expulsión
del colaborativo rural, según se determine.
b) Cuando por el motivo que fuese (por ejemplo: Tomar ciertos medicamentos por prescripción facultativa)
los alumnos no se hallen en pleno uso de sus facultades, deberán comunicarlo al docente y presentar el
correspondiente justificante o informe médico y abstenerse de trabajar en situaciones de riesgo. Si la
situación es detectada por el personal técnico-docente, se procederá de igual manera.
c) El alumnado-trabajador deberá cumplir siempre la normativa de seguridad y salud relacionada con la
actividad que realicen, así como utilizar los equipos de protección individual y colectiva que se pongan a su
disposición y conservarlos en buenas condiciones de uso o solicitar la sustitución, si es necesario.
d) El alumnado-trabajador no podrá utilizar o poner en funcionamiento una máquina sin autorización expresa
de su monitor/a. Cuando se trate de actividades peligrosas o con cierto grado de dificultad, lo hará bajo la
supervisión directa del mismo.
e) No se podrá hacer uso, salvo autorización expresa, de los equipos o máquinas ajenos al proyecto.
f) No se permite el uso de máquinas sin sus protecciones, así como manipular las mismas o las protecciones
personales.
g) En los períodos de descanso establecidos no se podrá hacer uso de las máquinas o herramientas, salvo que
por circunstancias excepcionales o por necesidades del trabajo, se haya cambiado el período de descanso
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 8 de 14