Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Calera de León. (01128/2023)
Bases para cubrir una plaza de Auxiliar Administrativo laboral fijo, dentro del proceso de estabilización de empleo temporal del Ayuntamiento de Calera de León, mediante concurso
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Ayuntamiento de Calera de León

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Calera de León
Calera de León (Badajoz)
Anuncio 1128/2023
Bases para cubrir una plaza de Auxiliar Administrativo laboral fijo, dentro del proceso de estabilización de empleo temporal
del Ayuntamiento de Calera de León, mediante concurso

Por resolución de Alcaldía de fecha de 8 de marzo del corriente, se aprobaron las bases y la convocatoria para cubrir una
plaza personal laboral, Auxiliar Administrativo dentro del proceso de estabilización de empleo temporal en el municipio de
Calera de León, mediante el sistema de concurso.
Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:
«BASES PARA CUBRIR UNA PLAZA DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO LABORAL FIJO, DENTRO DEL PROCESO DE ESTABILIZACIÓN
DE EMPLEO TEMPORAL DEL AYUNTAMIENTO DE CALERA DE LEÓN MEDIANTE CONCURSO
1.ª Objeto.
El objeto de la presente convocatoria es cubrir, como personal laboral fijo, una plaza de Auxiliar Administrativo, dentro del
procedimiento para la estabilización de empleo temporal de esta entidad, aprobado mediante resolución de Alcaldía
número 44/2022, de fecha 18 de mayo.
2.ª Características de la plaza.
La plaza está incluida en la plantilla de este Ayuntamiento, perteneciente al grupo C2, nivel CD 14, con los emolumentos y
retribuciones que les corresponda, teniendo asignadas las funciones propias del puesto.
3.ª Normativa y bases reguladoras del proceso selectivo.
La realización de este proceso selectivo se ajustará a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local; y, supletoriamente, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado; Ley 20/21, de 28 de
diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el Empleo Público.
4.ª Requisitos de los aspirantes.
4.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española, o hallarse incurso en alguno de los supuestos contemplados en el artículo
57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Solo por
ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo
público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el
acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro
Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del título de graduado escolar o titulación equivalente. En el caso de que las titulaciones a
que se refiere este apartado se hayan obtenido en el extranjero, deberá haberse concedido la
correspondiente homologación.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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