Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00956/2023)
Bases reguladoras de la concesión de ayudas destinadas a fomentar y facilitar la contratación en el régimen general en Villanueva de la Serena durante el año 2023
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena

Anuncio 956/2023

- No estar sancionado ni penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de
subvenciones o ayudas públicas, ni estar incurso en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, con
inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de la Ley
Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
- Cuando se trate de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas sin personalidad
(comunidades de bienes, sociedades civiles), deberán hacerse constar expresamente, tanto en la solicitud
como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la
agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la
consideración de beneficiarios.
En cualquier caso, deberá nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes
bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación.
No podrá disolverse la agrupación hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los
artículos 39 y 65 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
4.2. Las personas a contratar con la subvención reconocida a las entidades beneficiarias deberán cumplir los
siguientes requisitos:
- Estar empadronadas en Villanueva de la Serena o en cualquiera de sus entidades locales menores.
- Estar en situación de desempleo e inscritas como demandantes en el Servicio Público de Empleo, y que no
hayan estado vinculadas a la empresa objeto de subvención como mínimo tres meses antes de la
contratación.
4.3. Exclusiones.
No serán objeto de subvención:
- Las contrataciones iniciales que se deriven de una sucesión en la titularidad de la empresa o cambio en la
forma jurídica de ésta.
- Las contrataciones que afecten a cónyuges, ascendientes, descendientes y demás parientes, por
consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado, inclusive, del empresariado, y sus análogas en caso de
parejas de hecho, o, en su caso, de quienes ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de
administración de las empresas.
- La contratación por la misma empresa de un mismo trabajador si ha sido subvencionada en convocatorias
anteriores.
- Las contrataciones que afecten a personas que tengan o hayan tenido durante el año previo a la
contratación participaciones en las sociedades que solicitan la ayuda.
- Quienes no se encuentren al corriente de sus obligaciones de justificación de subvenciones de ejercicios
anteriores con el Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. La concurrencia de esta circunstancia se
comprobará directamente por el Ayuntamiento en la fase de instrucción del procedimiento de concesión.
- Las empresas públicas y otros entes públicos, sociedades anónimas, el personal autónomo colaborador, así
como las asociaciones, fundaciones y, en general, entidades sin ánimo de lucro.
- Las empresas o entidades en quienes concurra alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la
Ley General de Subvenciones.
- Las Administraciones Públicas, las sociedades públicas, ni las entidades vinculadas o dependientes de
cualquiera de ellas.
- Las empresas de trabajo temporal, en cuanto a la contratación de trabajadores para cederlos
temporalmente a otra empresa.
- Las relaciones laborales de carácter especial a que se refiere el artículo 2.1 del texto refundido de la Ley del
Estatuto de Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
Quinta. Solicitudes y documentación.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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