Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valverde de Mérida. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00967/2023)
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza reguladora de la limpieza viaria de Valverde de Mérida
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Ayuntamiento de Valverde de Mérida
Anuncio 967/2023
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Valverde de Mérida
Valverde de Mérida (Badajoz)
Anuncio 967/2023
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza reguladora de la limpieza viaria de Valverde de Mérida
APROBACION DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LA LIMPIEZA VIARIA DE VALVERDE DE
MÉRIDA
No habiéndose presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a
definitivo el acuerdo plenario inicial de 24 de noviembre de 2022, de modificación de la Ordenanza reguladora de la limpieza
viaria (BOP 14/12/2022) cuyo texto íntegro se hace público, para general conocimiento, y en cumplimiento de lo dispuesto
en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia competente en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la
publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa:
TÍTULO III. RECOGIDA DE RESIDUOS
Artículo 19. Residuos domiciliarios.
El horario para depositar basura en los contenedores normalizados será:
Invierno: Desde las 18 horas a las 24 en invierno (18:00 a 24:00).
Verano: Desde las 20 horas hasta las 24 en verano (20:00 a 24:00).
De conformidad con lo que prevé el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
esta Ordenanza entrará en vigor al día siguiente de la publicación del texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia, que
tendrá lugar una vez finalizado el plazo de 15 días hábiles previsto en el artículo 65.2 de la mencionada Ley.
En Valverde de Mérida, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Antonio Acedo Frutos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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APROBACION DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LA LIMPIEZA VIARIA DE VALVERDE DE
MÉRIDA
No habiéndose presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a
definitivo el acuerdo plenario inicial de 24 de noviembre de 2022, de modificación de la Ordenanza reguladora de la limpieza
viaria (BOP 14/12/2022) cuyo texto íntegro se hace público, para general conocimiento, y en cumplimiento de lo dispuesto
en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia competente en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la
publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa:
TÍTULO III. RECOGIDA DE RESIDUOS
Artículo 19. Residuos domiciliarios.
El horario para depositar basura en los contenedores normalizados será:
Invierno: Desde las 18 horas a las 24 en invierno (18:00 a 24:00).
Verano: Desde las 20 horas hasta las 24 en verano (20:00 a 24:00).
De conformidad con lo que prevé el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
esta Ordenanza entrará en vigor al día siguiente de la publicación del texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia, que
tendrá lugar una vez finalizado el plazo de 15 días hábiles previsto en el artículo 65.2 de la mencionada Ley.
En Valverde de Mérida, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Antonio Acedo Frutos.
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