Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendral. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria. Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (00934/2023)
Bases y convocatoria para la selección de una plaza de Profesor de Piano de la Escuela Municipal de Música, Danza y Cultura del Ayuntamiento de Almendral
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Ayuntamiento de Almendral

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Las presentes bases se publicarán, una vez aprobadas por Alcaldía, para su conocimiento y debidos efectos
en el BOP y en el tablón de edictos de este Ayuntamiento. Para el resto de publicaciones del expediente, los
anuncios se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
Segunda.- Requisitos de los aspirantes.
Para tomar parte en este procedimiento selectivo será necesario reunir las siguientes condiciones:
- Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 56, acceso al empleo
público de nacionales de otros estados, del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
- Tener cumplidos los 16 años de edad, y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa, ambas
referidas al día en que finalice el plazo de presentación de instancias.
- No padecer enfermedad y poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones
públicas, ni hallarse en inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.
- Estar en posesión de la titulación exigida, que en este caso será la de Grado Superior de Música o Grado
Medio en la respectiva especialidad instrumental a la que se opte. El Profesor destinado a impartir el curso de
aprendizaje de la especialidad en piano debe estar en posesión de la titulación de Grado Medio o Superior de
Música en la especialidad de piano.
Todas las condiciones o requisitos precedentes deberán reunirse el día en que finalice el plazo de
presentación de instancias, solicitando tomar parte en la convocatoria y mantenerse durante todo el proceso
selectivo, hasta el momento de la contratación y acreditarse, en caso de resultar seleccionado, del modo
indicado en las bases de esta convocatoria.
Tercera.- Funciones a desarrollar.
Las funciones a desarrollar por cada uno de los puestos seleccionados serán las propias de Profesor de Música, con
dedicación al curso y a la especialidad que le corresponda, según las necesidades de la Escuela Municipal de Música,
Danza y Cultura y de acuerdo con la programación que realice el órgano municipal competente, y en concreto y a
título ejemplificativo y no taxativo se realizarán las siguiente funciones:
- Impartición de clases de instrumentos y lenguaje musical en el concreto curso de aprendizaje de la
especialidad para la que haya sido seleccionado.
- Participar en las demostraciones didácticas, actividades varias y/o en los conciertos programados en la
Escuela o por el Ayuntamiento de Almendral.
- Impartir las clases de música de conjunto, que en su caso puedan existir.
- Desarrollar la totalidad de las anteriores funciones así como cualquier otra que se establezca bajo la
coordinación inmediata del Alcalde o del Concejal Delegado.
Cuarta.- Tribunal de Selección.
4.1.- El Tribunal Calificador de las pruebas selectivas será designado conforme a lo dispuesto al artículo 4 del
RD 896/91 de 7 de junio, el artículo 2 del RD 364/1995 de 10 de marzo y el artículo 60 del RD Legislativo
5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público y
estará constituido por un número de miembros impar, actuando uno de ellos como secretario con voz y voto.
4.2.- Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran las
circunstancias previstas en el RD Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.
4.3.- Actuación y constitución del Tribunal.- El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más
de la mitad de sus miembros Titulares o, en su caso suplentes, siendo imprescindible la presencia del
Presidente y del Secretario; resolviendo por mayoría de votos de los miembros presentes todas las dudas que
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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