Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hernán Cortés. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria. Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (00941/2023)
Aprobación definitiva del presupuesto general para 2023
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Ayuntamiento de Hernán Cortés

Anuncio 941/2023

Puesto

Plaza

Subgrupo

Auxiliar Administrativo/a

Tramitación Administrativa (2)

C-2

Auxiliar Policía Local

Auxiliar Policía Local (a extinguir)

C-2

(1) Cubierta en régimen de acumulación.
(2) Vacante y en proceso de estabilización (Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para
la reducción de la temporalidad en el empleo público).
Personal laboral fijo:

Plaza

Número

Oficial Construcción

1

Peón Servicios Varios

1

Limpiador/a (50% jornada)

2

Monitor/a Deportes

1

Todas vacantes y en proceso de estabilización (Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la
reducción de la temporalidad en el empleo público).
Personal laboral contratado temporal:

Servicio

Puesto

Número plazas

Servicio de obras

Operario/a

2

Limpieza viaria

Operario/a

1

Servicios Sociales

Auxiliar Ayuda a Domicilio (50% jornada)

2

Servicios Sociales

Teleasistencia

1

Servicio de limpieza de edificios

Limpiador/a (50% jornada)

2

Limpiadora ludoteca

Limpiador/a (50% jornada)

1

Guardería

Monitor/a

1

Guardería

Cuidador/a infantil

1

Ludoteca rural

Monitor/a ludoteca

1

Ludoteca rural

Director/a ludoteca

1

Cursos y acciones educativas

Monitor/a

1

Área de Cultura

Mont. sociocultural

1

Piscina municipal

Socorrista

3

DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS APROBADA JUNTO CON EL PRESUPUESTO
Se hace público que en virtud del artículo 51 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, la Junta Vecinal ha efectuado en la Alcaldía
las siguientes delegaciones de competencias en las bases de ejecución del presupuesto:
1.- Todas las competencias plenarias (o de Junta Vecinal en caso de EATIM) legalmente susceptibles de
delegación sobre cualquier tipo de enajenación, disposición, concesión y, en general, cualquier negocio
jurídico sobre bienes muebles o inmuebles de cualquier clase que se haga durante el ejercicio.
2.- Las competencias contempladas en el artículo 22.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases
del Régimen Local, y 50 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y que sean
legalmente susceptibles de delegación.
3.- Asimismo, quedan delegadas en la Alcaldía todas las competencias plenarias legalmente susceptibles de
delegación en materia de contratación, tanto las incluidas en el ámbito de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre,
de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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