Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria. Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (00940/2023)
Anuncio de cobranza y de exposición pública de padrones del Impuesto sobre Gastos Suntuarios en la modalidad de cotos de caza y pesca
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Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria

Oficina

Anuncio 940/2023

Calle

Almendralejo

Tr. Calle Mérida, 1

Azuaga

Plaza Merced, 1 (edificio del Ayuntamiento)

Badajoz

C/ Padre Tomás, 6

Castuera

C/ Trujillo, 22

Don Benito

C/ Jerte, 7

Fregenal de la Sierra

C/ Barriada Caja Rural, 17 bis

Fuente de Cantos

C/ Santa Teresa, 4

Herrera del Duque

C/ Cíjara, 39

Jerez de los Caballeros

Plaza Santiago, s/n

Llerena

C/ Cárcel, 11

Merida

C/ Almendralejo, 33 A

Montijo

C/ Juan Pablo II, esquina María Pino

Olivenza

C/ Rusia, s/n

Talarrubias

C/ José López Ledesma, s/n

Villafranca de los Barros

C/ Príncipe Felipe, s/n

Villanueva de la Serena

C/ Tierra de Barros, 5

Zafra

Plaza V. Centenario, s/n

Se recomienda hacer uso de la modalidad de domiciliación de pago, a través de las entidades bancarias y de las cajas de
ahorros, de conformidad con las normas señaladas en el artículo 38 del citado Reglamento General de Recaudación.
Se comunica a los contribuyentes que tengan domiciliados sus pagos que el adeudo de los mismos se efectuará a partir del
próximo día 10/03/2023.
Se hace asimismo la advertencia que transcurrido el plazo de ingreso en periodo voluntario, se iniciará el periodo ejecutivo,
que determinará la exigencia de los intereses de demora y de los recargos del periodo ejecutivo y, en su caso, de las costas
del procedimiento de apremio, de acuerdo con lo previsto en el artículo 161 de la Ley General Tributaria.
Lo que se hace público para general conocimiento y para dar cumplimiento al artículo 24 del vigente Reglamento General de
Recaudación.
A) Exposición pública de padrones:
Se pone en conocimiento de todos los interesados que los padrones del Impuesto sobre Gastos Suntuarios en la modalidad
de cotos de caza y pesca de las entidades que se relacionan a continuación, aprobados por acuerdo de la Jefatura del
Servicio de Gestión Tributaria y Catastral de fecha 17/03/2023, quedarán expuestos al público durante 1 mes a partir del
primer día de pago, en los Servicios Centrales del Organismo Autónomo de Recaudación (OAR), en las Oficinas Comarcales
de Recaudación de este organismo y en el Excmo. Ayuntamiento del término municipal correspondiente. Mediante la
exposición pública de padrones, se procede a notificar colectivamente las liquidaciones tributarias contenidas en los
mismos, al amparo de lo previsto en el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria.
Durante el plazo de exposición al público, y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, la información relativa a los datos de los padrones o
matrículas solo se facilitará al obligado tributario o a su representante, debidamente acreditado, que directamente le
afecten.
Contra la exposición pública de los padrones y de las liquidaciones en ellos incorporadas (salvo las relativas al Ayuntamiento
de Mérida) solo podrá interponerse el recurso de reposición del artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales ante la Jefatura del Servicio
de Gestión Tributaria y Catastral del OAR dentro del plazo de 1 mes a partir del día siguiente a la finalización del periodo de
exposición pública de los correspondientes padrones. Contra la resolución de este, podrá interponerse recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz, en el plazo de 2 meses desde el día siguiente a
la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición, no estando sometidas a plazo las resoluciones
desestimatorias por silencio administrativo.
Se advierte de que la interposición de recurso no detendrá la acción administrativa para la cobranza, a menos que el
interesado solicite, dentro del plazo para interponer el mismo, la suspensión de la ejecución del acto impugnado, de
conformidad con el artículo 14.2 i) del citado Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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