Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Delegación de Economía y Hacienda. Servicio de Planificación Presupuestaria, Control del Gasto (Badajoz). (00897/2023)
Extracto de la resolución de convocatoria, de fecha 17 de febrero de 2023, por el que se convocan subvenciones con destino a las asociaciones juveniles de Badajoz, para el desarrollo de actividades durante 2023
4 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Badajoz

Anuncio 897/2023

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Badajoz
Badajoz
Anuncio 897/2023
Extracto de la resolución de convocatoria, de fecha 17 de febrero de 2023, por el que se convocan subvenciones con
destino a las asociaciones juveniles de Badajoz, para el desarrollo de actividades durante 2023

Extracto de resolución de convocatoria, de fecha 17 de febrero de 2023, del Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de
Badajoz, asistido de la Junta de Gobierno local, por el que se convocan subvenciones con destino a las asociaciones juveniles
de Badajoz, para el desarrollo de actividades durante 2023.
BDNS (Identif.): 678.971
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/678971
Primero. Beneficiarios:
Asociaciones juveniles y las secciones juveniles de las asociaciones constituidas legalmente, que tengan
reconocida su autonomía funcional, siempre que dispongan de la estructura y medios necesarios para llevar a
cabo los proyectos o programas objeto de la convocatoria, y que reúnan, entre otros, los siguientes requisitos:
Estar inscritas en el registro Municipal de Asociaciones Juveniles de Badajoz, con fecha anterior al inicio del
plazo de presentación de solicitudes.
Tener recogido en sus estatutos entre sus fines y actividades institucionales, la realización de actividades
juveniles.
Segundo. Objeto.
Las subvenciones concedidas tendrán por objeto la financiación de acciones, programas o proyectos
concretos propuestos por el solicitante y aceptados por el Ayuntamiento, dirigidos a la población joven de
Badajoz, quedando libre la elección del área de actuación en Badajoz y pedanías, que podrá estar
relacionados con:
El fomento del empleo.
La educación para la salud.
La formación en nuevas tecnologías.
La promoción artístico-cultural de jóvenes.
La participación juvenil, promoción del voluntariado y educación en valores.
Las nuevas formas de ocupación del tiempo libre.
Acciones que favorezcan la igualdad de género entre las personas jóvenes, y la lucha contra la violencia de género
entre la población joven.
Tercero. Bases reguladoras.
Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Badajoz, publicada en el BOP de Badajoz, el día 2
de
febrero
de
2009:
http://www.dip-badajoz.es/bop/ventana_anuncio.php?id_anuncio=33251&FechaSolicitada=2009-02-02
Cuarto. Cuantía.
Esta convocatoria de subvenciones tiene una dotación total máxima de 18.000,00 €, y por cada proyecto por
el que se solicite financiación, podrán concederse hasta un máximo de 1.800,00 €.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 2 de 4