Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Oliva de la Frontera. (00834/2023)
Corrección de error en edicto publicado el 15 de febrero de 2023 sobre las bases de la convocatoria, por promoción interna, de una plaza de Guarda de Campo con carácter de funcionario de carrera
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Ayuntamiento de Oliva de la Frontera

Anuncio 834/2023

Página 3 de 5. Séptima.- Procedimiento de selección.
Donde dice:
a) Antigüedad:
Por servicios efectivos prestados en cuerpos o escalas de Administración Especial de subgrupo
C2 (Guarda de Campo), antes grupo D, se otorgarán 0,08 puntos por cada año completo de
servicios efectivo en cualquier Administración Pública, a partir del décimo, hasta un máximo de
3,00 puntos.
Debe decir:
a) Antigüedad:
Por servicios efectivos prestados en cuerpos o escalas de Administración Especial de subgrupo
E (guarda de campo), se otorgarán 0,08 puntos por cada año completo de servicios efectivo en
cualquier Administración Pública, a partir del décimo, hasta un máximo de 3,00 puntos.
Página 4 de 5. Séptima.- Procedimiento de selección.
Donde dice:
7.2.- Fase de oposición: Las pruebas a superar en la fase de oposición, que tendrán en todo
caso carácter obligatorio y eliminatorio, consistirá en un test de treinta preguntas con
respuestas alternativas que se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlo
obtener un mínimo de cinco puntos.
Cada pregunta formulada tendrá tres opciones, siendo una de ellas únicamente la correcta. Se
concederá para su realización un plazo máximo de sesenta minutos, y se evaluará a razón de
0,2 puntos por respuesta correcta, no penalizándose las respuestas incorrectas ni las
respuestas en blanco.
Debe decir.
7.2.- Fase de oposición: Las pruebas a superar en la fase de oposición, que tendrán en todo
caso carácter obligatorio y eliminatorio, consistirá en un test de veinte preguntas con
respuestas alternativas que se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlo
obtener un mínimo de cinco puntos.
Cada pregunta formulada tendrá tres opciones, siendo una de ellas únicamente la correcta. Se
concederá para su realización un plazo máximo de sesenta minutos, y se evaluará a razón de
0,5 puntos por respuesta correcta, no penalizándose las respuestas incorrectas ni las
respuestas en blanco.

Contra la presente resolución que poner fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición
potestativo ante el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Oliva de la Frontera, en el plazo de un mes a contar desde el día
siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas , o recurso contencioso-administrativo, ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la
publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa.
En Oliva de la Frontera, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, Luisa Osorio Vicho.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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