Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. (00838/2023)
Bases de la XLIII Edición del Premio Literario "Felipe Trigo"
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena

Anuncio 838/2023

medios previstos en el artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses, a contar desde el siguiente a la finalización del
plazo de presentación de las obras.
15.ª. A los autores de las obras ganadoras se les hará entrega de un trofeo conmemorativo del premio y del importe de la
respectiva dotación económica en el transcurso de la velada literaria que se celebre con motivo de la XLIII edición del Premio
Literario "Felipe Trigo".
El importe del premio estará sujeto a la retención legal que proceda y a la restante normativa fiscal vigente en el momento
de su entrega.
De conformidad con lo establecido en el artículo 30.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el
otorgamiento de estos premios no requiere de justificación ulterior.
16.ª. Las obras premiadas se publicarán y distribuirán a través de la Fundación "José Manuel Lara" (Grupo Planeta), bajo el
patrocinio del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena, con la colaboración de otras instituciones, ya sean provinciales,
regionales o privadas.
El Ayuntamiento de Villanueva de la Serena se reserva el derecho de efectuar una primera edición de las obras que
obtengan el premio dentro del año siguiente al fallo, sin que por ello en los primeros 700 ejemplares devenguen derecho
alguno los autores, a quienes se les reconoce la propiedad de sus obras.
Si fueran objeto de posteriores publicaciones, habrá de reseñarse en las mismas que la obra obtuvo el Premio Literario
"Felipe Trigo" de Villanueva de la Serena en su XLIII edición.
17.ª. Una vez adjudicado el premio, los autores no premiados podrán retirar sus originales en el Ayuntamiento de Villanueva
de la Serena, por sí o mediante persona, física o jurídica, que autoricen, durante el plazo de un mes a partir de la fecha de la
concesión del premio. Los ejemplares que no sean retirados en el plazo indicado serán destruidos. No se asumirán
responsabilidades por pérdidas o deterioros.
18.ª. Si los originales presentados fueran premiados en otro concurso antes del fallo del Jurado, sus autores deberán
comunicarlo al Ayuntamiento de Villanueva de la Serena para que las obras sean retiradas del certamen.
19.ª. La presentación a este concurso supone la aceptación de las presentes bases, y el compromiso del autor de no retirar
la obra antes del fallo, aceptar el premio si le fuera concedido, o reintegrarlo si no se cumplen los requisitos que se
establecen en la convocatoria, así como suscribir cuantos documentos fueran necesarios para el cumplimiento de estas
bases.
20.ª. Para cualquier controversia que hubiera de dirimirse por vía judicial las partes renuncian a su propio fuero y se
someten a los juzgados y tribunales extremeños del orden contencioso-administrativo.
Disposiciones finales.
Primera. Las cuestiones que puedan surgir con ocasión de la interpretación y ejecución de las presentes bases serán
resueltas por la Concejalía de Cultura del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena.
Segunda. En cumplimiento del principio de igualdad entre hombres y mujeres, en la redacción de las presentes bases se ha
utilizado el género gramatical masculino con el fin de designar a todos los individuos, sin distinción de sexos.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Villanueva de la Serena, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Miguel Ángel Gallardo Miranda.

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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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