Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. (00791/2023)
Aprobación definitiva de la imposición y ordenación de los precios públicos de ferias y eventos en Feria Badajoz - IFEBA
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Ayuntamiento de Badajoz

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Badajoz
Badajoz
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Aprobación definitiva de la imposición y ordenación de los precios públicos de ferias y eventos en Feria Badajoz - IFEBA

APROBACIÓN DEFINITIVA DEL ACUERDO DE IMPOSICIÓN Y ORDENACIÓN DE LOS PRECIOS PÚBLICOS DE FERIAS Y EVENTOS
EN FERIA BADAJOZ-IFEBA
El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz, en sesión ordinaria celebrada el día 23 de diciembre de 2022, procedió a la
aprobación inicial del acuerdo de la imposición y ordenación de los precios públicos de ferias y eventos en Feria BadajozIFEBA.
Anunciado en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz de fecha 9 de enero de 2023, transcurrido el tiempo de exposición
obligatorio y no habiéndose interpuesto ninguna reclamación o sugerencia sobre el mismo, se procede a la aprobación
definitiva del acuerdo de imposición y ordenación de los precios públicos de ferias y eventos en Feria Badajoz-IFEBA. Todo lo
cual se hace público a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases del Régimen Local.
Así mismo, de conformidad con lo establecido, entre otros, en los artículos 52.2.a de la citada Ley 7/1985, artículo 112.3 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos
10.1.b), 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, contra el
acuerdo plenario de aprobación del acuerdo de imposición y ordenación de los precios públicos de ferias y eventos en Feria
Badajoz-IFEBA, ya citado, que es definitivo en vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses
desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz. Todo ello sin perjuicio
de la interposición de cualquier otro recurso que por los interesados se estime conveniente.
En Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Ignacio Gragera Barrera.
___________
ACUERDO DE IMPOSICIÓN Y ORDENACIÓN DE LOS PRECIOS PÚBLICOS DE FERIAS Y EVENTOS EN FERIA BADAJOZ-IFEBA
Preámbulo:
Feria Badajoz-IFEBA es un organismo autónomo local de carácter administrativo, sin ánimo de lucro, con personalidad
jurídica propia y capacidad de obrar suficiente para el cumplimiento de sus fines, constituido por el Ayuntamiento de
Badajoz para la gestión directa de un servicio de su competencia, al amparo del artículo 85.2.A) b) de la Ley 7/1085, de 2 de
abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Esta Institución podrá, conforme al presente acuerdo de imposición y ordenación de precios públicos, ceder o alquilar sus
instalaciones y servicios para la celebración de actos que redunden en beneficio de la actividad ferial y de la consecución de
sus fines.
El presente acuerdo de imposición y ordenación de los precios públicos para la organización de ferias y eventos en Feria
Badajoz-IFEBA, en adelante el acuerdo, es fruto de la potestad reglamentaria y de autoorganización reconocida a las
entidades locales en el artículo 4.º de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, así como en el
Decreto de 17 de junio de 1955, por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales.
Así mismo se enmarca dentro de la potestad financiera y tributaria que, para las Entidades Locales, contempla el texto
refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y
en particular en la regulación que respecto a los precios públicos se realiza en el capítulo IV del título I de dicho texto
refundido.
Por su parte, el artículo 9 de los Estatutos de la Institución Ferial de Badajoz, aprobados por acuerdo plenario del
Ayuntamiento de Badajoz de 14 de marzo de 2011, establece que "La Junta Directiva ejercerá las siguientes funciones:
a) Proponer al Excmo. Ayuntamiento Pleno la aprobación de los reglamentos y de las ordenanzas de los
servicios que el Organismo Autónomo preste.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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