Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alburquerque. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (00776/2023)
Delegación de competencias de la Alcaldía en Concejales
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Ayuntamiento de Alburquerque

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Alburquerque
Alburquerque (Badajoz)
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Delegación de competencias de la Alcaldía en Concejales

Para general conocimiento se hace público que esta Alcaldía mediante Decreto número 17/2023, de fecha 15 de febrero,
adoptó los siguientes acuerdos:
"Esta Alcaldía tiene atribuida por ley la facultad de delegar en los Concejales de la Corporación determinadas atribuciones,
conforme al art. 21.3 de la LBRL.
Razones de oportunidad y conveniencia en aras de una agilización y mejora en la prestación de los servicios municipales,
aconsejan delegar las funciones que corresponden a esta Alcaldía en determinadas materias.
En consecuencia, vistos los artículos 21.3 de la LBRL; 43, 44, 120 y 121 del ROF; por el presente,
HE RESUELTO:
Primero: Delegar en los Concejales de este Ayuntamiento, que se relacionan las siguientes funciones que
corresponden a esta Alcaldía:
- Doña Alicia García Rubiales: Economía y Hacienda.
- Don Francisco Javier Blázquez González: Obras, Servicios y Urbanismo.
- Doña Raquel del Pozo Vadillo: Cultura, Festejos, Educación, Atención a la Infancia y Deportes.
- Doña Noelia Pavón Rodríguez: Servicios Sociales y Participación Ciudadana.
- Don Jesús Martín Chávez: Baldíos, Turismo y Patrimonio, Empresa, Agricultura y Ganadería.
- Don Manuel Luis Gutiérrez Regalado. Relaciones Institucionales y Seguridad Ciudadana.
Segundo: La Delegación comprende tanto las facultades de dirección y gestión de los servicios
correspondientes, pero no las de adoptar resoluciones administrativas que afecten a terceros.
Tercero: La Delegación conferida requerirá para su eficacia la aceptación del Concejal Delegado, se publicará
en el BOP y se dará cuenta de ella al Pleno en la primera sesión que celebre.
Cuarto: Los Concejales Delegados quedan obligados a informar a esta Alcaldía, a posteriori, de las gestiones
que realicen, y previamente, de las decisiones de trascendencia, en los términos previstos en el art. 115 del
ROF."
Alburquerque, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Juan Carlos Prieto Calderón.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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