Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). (00754/2023)
Bases específicas reguladoras de la convocatoria de subvenciones destinadas a ONGD con sede o delegación permanente en la provincia de Badajoz que desarrollen proyectos de Cooperación Internacional al Desarrollo durante 2023
32 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Área de Cooperación Internacional al Desarrollo

Anuncio 754/2023

exceso que corresponda a Diputación conforme a la proporción que suponga la subvención concedida
respecto del coste total del proyecto u actividad subvencionada.
g. Participar en las campañas provinciales de sensibilización y divulgación llevadas a cabo por Diputación de
Badajoz, así como en otras actuaciones que se estimen para divulgar y comunicar a la ciudadanía los
resultados de los proyectos subvencionados.
h. Comunicación a través del correo cooperacioninternacional@dip-badajoz.esa la Diputación de Badajoz de
cualquier acto público de presentación (rueda de prensa, presentaciones, etc.) que pueda realizarse con
motivo de la realización del proyecto para que la Diputación de Badajoz pueda estar presente en el mismo.
i. Cualquier otra obligación establecida en las presentes bases.
El incumplimiento de alguna o varias de estas obligaciones establecidas en esta base 9, se tendrá en cuenta, además, a la
hora de valorar la capacidad técnica del solicitante en esta y futuras convocatorias. Además, dará lugar a los
correspondientes requerimientos, apercibimientos y en su caso, el inicio del expediente de reintegro.
BASE 10. JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN. ESTRUCTURA Y ALCANCE.
Al tratarse de subvenciones concedidas por importe inferior a 60.000,00 €, y conforme al artículo 75 del Reglamento de la
Ley 38/2003, se prevé la cuenta justificativa simplificada como documento con validez jurídica para la justificación, con las
peculiaridades y características que a continuación se detallan:
A. Plazo de justificación y pago de las actuaciones:
La justificación de la subvención otorgada deberá de efectuarse con fecha límite del 31 de marzo de 2024.
Podrá presentarse desde la fecha de finalización de la actividad subvencionada, finalizado o no el plazo de
ejecución.
B. Forma de remisión de la justificación:
El expediente justificativo se remitirá a través de medios electrónicos mediante su presentación a través del
Registro Electrónico ubicado en la página principal de Diputación de Badajoz, en aplicación de la legislación de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los modelos normalizados de remisión de la documentación para la justificación del objeto de la subvención
(anexo VII), así como la subsanación de la misma (anexo VIII), estarán disponibles en la sede electrónica de la
Diputación de Badajoz ubicada en su página principal en la siguiente dirección: https://sede.dip-badajoz.es
Los documentos de remisión de la justificación deberán acompañarse de los documentos de justificación
adicionales que sean necesarios conforme a los modelos normalizados, debidamente firmados por el órgano
competente y digitalizado.
C. Justificación técnica. Se deberá presentar la siguiente documentación.
C.1.- Una memoria final firmada por el representante legal de la entidad en la que se haga una
declaración de las actividades realizadas y los resultados obtenidos, incluyendo de forma
expresa los indicadores establecidos en la base 12. Esta memoria deberá recoger, para el caso
de que el importe de la subvención concedida haya sido inferior al solicitado, una explicación
de cómo han procedido a ajustar el alcance de la actividad subvencionada o, en su caso, cuál ha
sido la alternativa de financiación.
C.2.- A la memoria adjuntarán copia del material documental e informativo (gráfico, digital o
audiovisual) a que ha dado lugar el proyecto, destacando dónde se ha hecho constar la
colaboración de Diputación y su imagen corporativa.
Dado que la finalidad de esta última exigencia, es promover la sensibilización de la opinión
pública en materia de cooperación al desarrollo y solidaridad internacional, el alcance de esta
obligación conlleva que la entidad beneficiaria, y su contraparte, den a conocer la implicación
de Diputación de Badajoz, en materia de Cooperación Internacional al Desarrollo, a través de
las notas de prensa que pudieran publicar, contenidos disponibles en páginas web, entrevistas
que les realicen, foros a los que asistan u organicen, videos que editen, u otros similares, y
haciendo constar la imagen corporativa de esta Diputación. De todo ello deben dejar
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 14 de 32