Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura y Deportes. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (00761/2023)
Extracto de la convocatoria reguladora de la concesión del Premio de Investigación Cultural Arturo Barea 2023
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Delegación de Cultura y Deportes
Anuncio 761/2023
coincidan con la temática del Premio, siendo al menos uno/a de ellos/as Profesor/a de la Universidad de
Extremadura.
- Director/a del Área de Cultura, Juventud y Bienestar Social de la Diputación de Badajoz.
- Jefe del Servicio de Actividades Culturales y Deportivas.
- Interventor de la Corporación o empleado provincial en quien delegue sus funciones, con voz pero sin voto.
Secretario: El Secretario de la Diputación de Badajoz o la persona en quien delegue, con voz pero sin voto,
quien además ejercerá de Secretario del órgano colegiado.
Los miembros del Jurado no pertenecientes a la Diputación de Badajoz percibirán una compensación económica en
concepto del análisis, estudio y valoración de las obras que se presenten, así como por su asistencia a las reuniones de la
Comisión de Valoración. En caso de ser necesario, la Diputación de Badajoz asumirá los gastos de alojamiento y
manutención que correspondan.
En lo no previsto expresamente, el funcionamiento del Jurado se regulará por las normas contenidas en la sección tercera
del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Duodécima.- El órgano competente para la instrucción del procedimiento es la Dirección del Área de Cultura, Juventud y
Bienestar Social de la Diputación de Badajoz, Servicio de Actividades Culturales y Deportivas. El Jurado elevará la propuesta
del fallo y, en su caso, de las menciones honoríficas al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Badajoz, quien
dictará la correspondiente Resolución de concesión, sin perjuicio de lo que dispongan las delegaciones de competencias
vigentes en la entidad, la cual será objeto de publicación en la Web de Diputación en la siguiente dirección:
https://www.dip-badajoz.es/bop/index.php.
Decimotercera.- El fallo del jurado se hará público durante la segunda quincena del mes de noviembre de 2023.
Decimocuarta.- Adjudicado el premio, los autores no premiados podrán retirar sus trabajos en el plazo de tres meses, a
contar desde la fecha de la resolución de la convocatoria.
Decimoquinta.- La participación en este premio comporta la aceptación íntegra e incondicional de estas bases y, en lo no
especificado en las mismas, será el órgano competente para su interpretación, el Presidente de la Corporación, previo
informe de la Secretaría General o la Intervención General según proceda.
Decimosexta.- Protección de datos. De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y Garantía de los Derechos Digitales y Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril
de 2016, General de Protección de Datos, el tratamiento de los datos de carácter personal será necesario para el
cumplimiento de la actividad administrativa de concesión de subvenciones o premios.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, PD El Diputado Delegado de Cultura y Deportes (Decreto 05/07/2019 BOP
8/07/2019), Francisco Martos Ortiz.- El Vicepresidente Primero Diputado Delegado del Área de Cooperación Municipal y
Coordinador de la Delegación de Cultura y Deportes,(Decreto 5/07/2019, BOP 8/07/2019), Ricardo Cabezas Martín.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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coincidan con la temática del Premio, siendo al menos uno/a de ellos/as Profesor/a de la Universidad de
Extremadura.
- Director/a del Área de Cultura, Juventud y Bienestar Social de la Diputación de Badajoz.
- Jefe del Servicio de Actividades Culturales y Deportivas.
- Interventor de la Corporación o empleado provincial en quien delegue sus funciones, con voz pero sin voto.
Secretario: El Secretario de la Diputación de Badajoz o la persona en quien delegue, con voz pero sin voto,
quien además ejercerá de Secretario del órgano colegiado.
Los miembros del Jurado no pertenecientes a la Diputación de Badajoz percibirán una compensación económica en
concepto del análisis, estudio y valoración de las obras que se presenten, así como por su asistencia a las reuniones de la
Comisión de Valoración. En caso de ser necesario, la Diputación de Badajoz asumirá los gastos de alojamiento y
manutención que correspondan.
En lo no previsto expresamente, el funcionamiento del Jurado se regulará por las normas contenidas en la sección tercera
del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Duodécima.- El órgano competente para la instrucción del procedimiento es la Dirección del Área de Cultura, Juventud y
Bienestar Social de la Diputación de Badajoz, Servicio de Actividades Culturales y Deportivas. El Jurado elevará la propuesta
del fallo y, en su caso, de las menciones honoríficas al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Badajoz, quien
dictará la correspondiente Resolución de concesión, sin perjuicio de lo que dispongan las delegaciones de competencias
vigentes en la entidad, la cual será objeto de publicación en la Web de Diputación en la siguiente dirección:
https://www.dip-badajoz.es/bop/index.php.
Decimotercera.- El fallo del jurado se hará público durante la segunda quincena del mes de noviembre de 2023.
Decimocuarta.- Adjudicado el premio, los autores no premiados podrán retirar sus trabajos en el plazo de tres meses, a
contar desde la fecha de la resolución de la convocatoria.
Decimoquinta.- La participación en este premio comporta la aceptación íntegra e incondicional de estas bases y, en lo no
especificado en las mismas, será el órgano competente para su interpretación, el Presidente de la Corporación, previo
informe de la Secretaría General o la Intervención General según proceda.
Decimosexta.- Protección de datos. De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y Garantía de los Derechos Digitales y Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril
de 2016, General de Protección de Datos, el tratamiento de los datos de carácter personal será necesario para el
cumplimiento de la actividad administrativa de concesión de subvenciones o premios.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, PD El Diputado Delegado de Cultura y Deportes (Decreto 05/07/2019 BOP
8/07/2019), Francisco Martos Ortiz.- El Vicepresidente Primero Diputado Delegado del Área de Cooperación Municipal y
Coordinador de la Delegación de Cultura y Deportes,(Decreto 5/07/2019, BOP 8/07/2019), Ricardo Cabezas Martín.
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www.dip-badajoz.es/bop
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