Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (00759/2023)
Anuncio de cobranza y de exposición pública de padrones de tasas y otros conceptos
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria
Anuncio 759/2023
En caso de pérdida o no recepción del aviso de pago, el contribuyente podrá solicitar un duplicado durante cualquier día
hábil del período voluntario, siempre y cuando figure inscrito en la base de datos informática correspondiente, (artículo 25
del Reglamento General de Recaudación). Se recuerda que podemos atenderle por cualquiera de estos canales:
Se recuerda que el OAR dispone de los siguientes canales de comunicación:
Teléfono de atención al contribuyente: 924 21 07 00.
Oficina virtual (https://oar.dip-badajoz.es/) y sede electrónica, si dispone de DNI electrónico, certificado digital o
Cl@ve, y redes sociales.
Para trámites presenciales en cualquiera de nuestras oficinas será necesaria la solicitud de cita previa en el teléfono
gratuito 900 21 07 21:
Oficina
Calle
Almendralejo
Tr calle Mérida, 1
Azuaga
Pz Merced, 1 (edificio del Ayuntamiento)
Badajoz
C/ Padre Tomás, 6
Castuera
C/ Trujillo, 22
Don Benito
C/ Jerte, 7
Fregenal de la Sierra
C/ Barriada Caja Rural, 17 Bis
Fuente de Cantos
C/ Santa Teresa, 4
Herrera del Duque
C/ Cíjara, 39
Jerez de los Caballeros
Pz Santiago, s/n
Llerena
C/ Cárcel, 11
Mérida
C/ Almendralejo, 33 A
Montijo
C/ Juan Pablo II, esquina María Pino
Olivenza
C/ Rusia, s/n
Talarrubias
C/ José López Ledesma, s/n
Villafranca de los Barros
C/ Príncipe Felipe, s/n
Villanueva de la Serena
C/ Tierra de Barros, 5
Zafra
Pz V Centenario, s/n
Se recomienda hacer uso de la modalidad de domiciliación de pago, a través de las entidades bancarias y de las cajas de
ahorros, de conformidad con las normas señaladas en el artículo 38 del citado Reglamento General de Recaudación.
Se comunica a los contribuyentes que tengan domiciliados sus pagos que el adeudo de los mismos se efectuará a partir del
próximo día 27 de febrero.
Se hace asimismo la advertencia que transcurrido el plazo de ingreso en periodo voluntario, se iniciará el periodo ejecutivo,
que determinará la exigencia de los intereses de demora y de los recargos del periodo ejecutivo y, en su caso, de las costas
del procedimiento de apremio, de acuerdo con lo previsto en el artículo 161 de la Ley General Tributaria.
Lo que se hace público para general conocimiento y para dar cumplimiento al artículo 24 del vigente Reglamento General de
Recaudación.
B) Exposición pública de padrones
Se pone en conocimiento de todos los interesados que los padrones de tasas y otros conceptos de los municipios que se
relacionan a continuación, aprobados por acuerdo de la Jefatura del Servicio de Gestión Tributaria y Catastral de fecha 17 de
febrero de 2023, quedarán expuestos al público durante 1 mes a partir del primer día de pago, en el los Servicios Centrales
del Organismo Autónomo de Recaudación (OAR), en las Oficinas Comarcales de recaudación de este Organismo y en el
Excmo. Ayuntamiento del término municipal correspondiente. Mediante la exposición pública de padrones, se procede a
notificar colectivamente las liquidaciones tributarias contenidas en los mismos, al amparo de lo previsto en el artículo 102.3
de la Ley General Tributaria.
Durante el plazo de exposición al público, y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, la información relativa a los datos de los padrones o
matrículas sólo se facilitará al obligado tributario o a su representante, debidamente acreditado, que directamente le
afecten.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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del Reglamento General de Recaudación). Se recuerda que podemos atenderle por cualquiera de estos canales:
Se recuerda que el OAR dispone de los siguientes canales de comunicación:
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C/ Padre Tomás, 6
Castuera
C/ Trujillo, 22
Don Benito
C/ Jerte, 7
Fregenal de la Sierra
C/ Barriada Caja Rural, 17 Bis
Fuente de Cantos
C/ Santa Teresa, 4
Herrera del Duque
C/ Cíjara, 39
Jerez de los Caballeros
Pz Santiago, s/n
Llerena
C/ Cárcel, 11
Mérida
C/ Almendralejo, 33 A
Montijo
C/ Juan Pablo II, esquina María Pino
Olivenza
C/ Rusia, s/n
Talarrubias
C/ José López Ledesma, s/n
Villafranca de los Barros
C/ Príncipe Felipe, s/n
Villanueva de la Serena
C/ Tierra de Barros, 5
Zafra
Pz V Centenario, s/n
Se recomienda hacer uso de la modalidad de domiciliación de pago, a través de las entidades bancarias y de las cajas de
ahorros, de conformidad con las normas señaladas en el artículo 38 del citado Reglamento General de Recaudación.
Se comunica a los contribuyentes que tengan domiciliados sus pagos que el adeudo de los mismos se efectuará a partir del
próximo día 27 de febrero.
Se hace asimismo la advertencia que transcurrido el plazo de ingreso en periodo voluntario, se iniciará el periodo ejecutivo,
que determinará la exigencia de los intereses de demora y de los recargos del periodo ejecutivo y, en su caso, de las costas
del procedimiento de apremio, de acuerdo con lo previsto en el artículo 161 de la Ley General Tributaria.
Lo que se hace público para general conocimiento y para dar cumplimiento al artículo 24 del vigente Reglamento General de
Recaudación.
B) Exposición pública de padrones
Se pone en conocimiento de todos los interesados que los padrones de tasas y otros conceptos de los municipios que se
relacionan a continuación, aprobados por acuerdo de la Jefatura del Servicio de Gestión Tributaria y Catastral de fecha 17 de
febrero de 2023, quedarán expuestos al público durante 1 mes a partir del primer día de pago, en el los Servicios Centrales
del Organismo Autónomo de Recaudación (OAR), en las Oficinas Comarcales de recaudación de este Organismo y en el
Excmo. Ayuntamiento del término municipal correspondiente. Mediante la exposición pública de padrones, se procede a
notificar colectivamente las liquidaciones tributarias contenidas en los mismos, al amparo de lo previsto en el artículo 102.3
de la Ley General Tributaria.
Durante el plazo de exposición al público, y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, la información relativa a los datos de los padrones o
matrículas sólo se facilitará al obligado tributario o a su representante, debidamente acreditado, que directamente le
afecten.
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