Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villagonzalo. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00664/2023)
Aprobación de la oferta de empleo público para 2023
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Ayuntamiento de Villagonzalo

Anuncio 664/2023

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Villagonzalo
Villagonzalo (Badajoz)
Anuncio 664/2023
Aprobación de la oferta de empleo público para 2023

Por resolución de Alcaldía de fecha 13 de febrero de 2023, se aprobó la oferta de empleo público del Ayuntamiento de
Villagonzalo para el año 2023, correspondiente a la plaza que, a continuación, se reseña:

PERSONAL FUNCIONARIO
Funcionarios de carrera
Grupo Subgrupo
C

C1

Escala
Administración General

Subescala

Denominación

Administrativa Administrativo

N.º de vacantes

Turno

1

Libre

Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, y el artículo 70.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados, alternativamente, recurso
de reposición potestativo ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la
publicación del presente anuncio (última publicación), de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso
contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que proceda, en el plazo de dos meses, a
contar desde el día siguiente al de la presente publicación (última publicación), de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrán interponer recurso contencioso-administrativo
hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que pudieran estimar más
conveniente a su derecho.
Villagonzalo, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, José Luis Marín Barrero.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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