Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Delegación de Cultura y Deportes. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (00628/2023)
Corrección de error en edicto publicado el 9/2/2023 sobre las bases de la convocatoria para el acceso, mediante el sistema de concurso-oposición libre, de una plaza de Peón de Obra, incluida en la oferta de empleo público para el año 2022
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros
Anuncio 628/2023
https://jerezdeloscaballeros.sedelectronica.es/info.
Los/as aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único y deberán ir provistos del DNI, salvo causa de
fuerza mayor debidamente justificada y apreciada discrecionalmente por el Tribunal Calificador.
La no presentación de un/a aspirante a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser llamado determinará
automáticamente el decaimiento de sus derechos a participar en el mismo y en los sucesivos, quedando excluido, en
consecuencia, del proceso selectivo.
Séptima.- Procedimiento de selección.
El procedimiento de selección constará de una fase de concurso y una fase de oposición:
La fase de concurso consistirá en la valoración de determinadas capacidades para cubrir la plaza ofertada.
Certificado de profesionalidad en actividades de edificación y obra civil: 1 punto.
Ciclo formativo de Grado Superior en Organización y Control de Obras de Construcción: 0,75 puntos.
Ciclo formativo de Grado Medio en Construcción o equivalente homologado: 0,5 puntos.
Título profesional básico en Reforma y Mantenimiento de Edificios: 0,25 puntos.
Otros: Permiso de conducir:
◦ B+E para remolque de más de 750 kg de MMA: 0,3 puntos.
◦ C1 para conducir vehículos con una MMA superior a 3.500 kg e inferior a 7.500 kg: 0,3 puntos.
Por cursos de especialización en la materia objeto de la plaza, se puntuarán hasta un máximo de 0,75 puntos:
◦ De 10 a 50 horas: 0,10 puntos.
◦ De 51 a 100 horas: 0,20 puntos.
◦ De 101 o más horas: 0,30 puntos.
Esta fase podrá valorarse hasta un máximo de 3 puntos y se realizará en todo caso después de la celebración de la fase de
oposición, sobre aquellos aspirantes que hubieran superado la fase de oposición.
La fase de oposición consistirá en superar las siguientes pruebas de carácter eliminatorio:
- Primer ejercicio: Consistirá en contestar un test de cincuenta preguntas con tres respuestas alternativas,
relativo al contenido de los temas del anexo I de las presentes bases, de las cuáles solo una es correcta.
Los cuestionarios que se propongan contendrán cinco preguntas adicionales que sustituirán por su orden
correlativo a aquellas que, en su caso, sean objeto de anulación. Este test se valorará con una puntuación de 0
a 10, siendo imprescindible obtener una puntuación de cinco para realizar el siguiente ejercicio.
Una vez finalizado el ejercicio, se abre un plazo de tres días hábiles para cualquier reclamación respecto a las
preguntas planteadas y plantilla de respuestas correctas facilitada. Transcurrido dicho plazo, el Tribunal
procederá a valorar la prueba teórica, publicando el resultado de la misma.
- Segundo ejercicio: Consistirá en un supuesto práctico, en el que el/la aspirante deberá acreditar el
conocimiento del oficio y las habilidades para desempeñar el puesto de trabajo ofertado que podrá consistir
en probar tanto una tarea manual como una tarea mecanizada, ayudándose con cualquiera de los útiles y
maquinaria del servicio de obras, puesto a su disposición. Este ejercicio se valorará con una puntuación de 0 a
10.
La puntuación de la fase de oposición se obtendrá con la media de las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
Esta fase tendrá una valoración del 70% sobre la nota total del procedimiento.
Octava.- Calificación de las pruebas, relación de aprobados/as y presentación de documentos.
• Calificación de las pruebas:
Todos los ejercicios de la fase de oposición serán calificados por el Tribunal hasta un máximo de 10 puntos, siendo
eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.
Las calificaciones del Tribunal se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por cada uno de sus miembros y
dividiendo este resultado por el número de miembros que compongan dicho tribunal, siendo el cociente la calificación
definitiva.
La fase de concurso se valorará posteriormente, solo para los aprobados en la fase de oposición.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Los/as aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único y deberán ir provistos del DNI, salvo causa de
fuerza mayor debidamente justificada y apreciada discrecionalmente por el Tribunal Calificador.
La no presentación de un/a aspirante a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser llamado determinará
automáticamente el decaimiento de sus derechos a participar en el mismo y en los sucesivos, quedando excluido, en
consecuencia, del proceso selectivo.
Séptima.- Procedimiento de selección.
El procedimiento de selección constará de una fase de concurso y una fase de oposición:
La fase de concurso consistirá en la valoración de determinadas capacidades para cubrir la plaza ofertada.
Certificado de profesionalidad en actividades de edificación y obra civil: 1 punto.
Ciclo formativo de Grado Superior en Organización y Control de Obras de Construcción: 0,75 puntos.
Ciclo formativo de Grado Medio en Construcción o equivalente homologado: 0,5 puntos.
Título profesional básico en Reforma y Mantenimiento de Edificios: 0,25 puntos.
Otros: Permiso de conducir:
◦ B+E para remolque de más de 750 kg de MMA: 0,3 puntos.
◦ C1 para conducir vehículos con una MMA superior a 3.500 kg e inferior a 7.500 kg: 0,3 puntos.
Por cursos de especialización en la materia objeto de la plaza, se puntuarán hasta un máximo de 0,75 puntos:
◦ De 10 a 50 horas: 0,10 puntos.
◦ De 51 a 100 horas: 0,20 puntos.
◦ De 101 o más horas: 0,30 puntos.
Esta fase podrá valorarse hasta un máximo de 3 puntos y se realizará en todo caso después de la celebración de la fase de
oposición, sobre aquellos aspirantes que hubieran superado la fase de oposición.
La fase de oposición consistirá en superar las siguientes pruebas de carácter eliminatorio:
- Primer ejercicio: Consistirá en contestar un test de cincuenta preguntas con tres respuestas alternativas,
relativo al contenido de los temas del anexo I de las presentes bases, de las cuáles solo una es correcta.
Los cuestionarios que se propongan contendrán cinco preguntas adicionales que sustituirán por su orden
correlativo a aquellas que, en su caso, sean objeto de anulación. Este test se valorará con una puntuación de 0
a 10, siendo imprescindible obtener una puntuación de cinco para realizar el siguiente ejercicio.
Una vez finalizado el ejercicio, se abre un plazo de tres días hábiles para cualquier reclamación respecto a las
preguntas planteadas y plantilla de respuestas correctas facilitada. Transcurrido dicho plazo, el Tribunal
procederá a valorar la prueba teórica, publicando el resultado de la misma.
- Segundo ejercicio: Consistirá en un supuesto práctico, en el que el/la aspirante deberá acreditar el
conocimiento del oficio y las habilidades para desempeñar el puesto de trabajo ofertado que podrá consistir
en probar tanto una tarea manual como una tarea mecanizada, ayudándose con cualquiera de los útiles y
maquinaria del servicio de obras, puesto a su disposición. Este ejercicio se valorará con una puntuación de 0 a
10.
La puntuación de la fase de oposición se obtendrá con la media de las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
Esta fase tendrá una valoración del 70% sobre la nota total del procedimiento.
Octava.- Calificación de las pruebas, relación de aprobados/as y presentación de documentos.
• Calificación de las pruebas:
Todos los ejercicios de la fase de oposición serán calificados por el Tribunal hasta un máximo de 10 puntos, siendo
eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.
Las calificaciones del Tribunal se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por cada uno de sus miembros y
dividiendo este resultado por el número de miembros que compongan dicho tribunal, siendo el cociente la calificación
definitiva.
La fase de concurso se valorará posteriormente, solo para los aprobados en la fase de oposición.
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