Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Delegación de Cultura y Deportes. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (00631/2023)
Corrección de error en edicto publicado el 9/2/2023 sobre las bases de la convocatoria para el acceso, mediante el sistema de concurso-oposición libre, de una plaza de Conductor, incluida en la oferta de empleo público para el año 2022
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros
Anuncio 631/2023
aquellas que, en su caso, sean objeto de anulación. Este test se valorará con una puntuación de 0 a 10, siendo
imprescindible obtener una puntuación de cinco para realizar el siguiente ejercicio.
Una vez finalizado el ejercicio, se abre un plazo de tres días hábiles para cualquier reclamación respecto a las preguntas
planteadas y plantilla de respuestas correctas facilitada. Transcurrido dicho plazo, el Tribunal procederá a valorar la prueba
teórica, publicando el resultado de la misma.
Segundo ejercicio: Consistirá en un supuesto práctico, en el que el/la aspirante deberá acreditar el conocimiento del oficio y
las habilidades para desempeñar el puesto de trabajo ofertado que podrá consistir en probar tanto una tarea manual como
una tarea mecanizada, ayudándose con cualquiera de los útiles y maquinaria de servicios generales, puesto a su disposición.
Este ejercicio se valorará con unapuntuación de 0 a 10.
La puntuación de la fase de oposición se obtendrá con la media de las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
Esta fase tendrá una valoración del 70% sobre la nota total del procedimiento.
Octava. Calificación de las pruebas, relación de aprobados/as y presentación de documentos.
Calificación de las pruebas:
Todos los ejercicios de la fase de oposición serán calificados por el Tribunal hasta un máximo de 10 puntos, siendo
eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.
Las calificaciones del Tribunal se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por cada uno de sus miembros y
dividiendo este resultado por el número de miembros que compongan dicho Tribunal, siendo el cociente la calificación
definitiva.
La fase de concurso se valorará posteriormente, solo para los aprobados en la fase de oposición.
Calificación definitiva: Las sumas de las puntuaciones alcanzadas por cada aspirante aprobado/a en la fase de oposición y
valorado en fase de concurso, determinará el orden de clasificación definitiva.
Relación de aprobados:
Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará por orden de puntuación, un anuncio que contendrá los
aspirantes aprobados/as y el/la que resulte seleccionado/a y elevará dicharelación a la Sra. Alcaldesa-Presidenta formulando
la propuesta de nombramiento. Será seleccionado el aspirante que haya obtenido la mayor puntuación, sin que el número
de aspirantes propuestos/as pueda superar los puestos objeto de esta convocatoria que es de uno.
Presentación de documentos:
El/la aspirante propuesto/a para su nombramiento estará obligado/a a presentar, dentro del plazo de 20 días naturales
contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de aprobados/as, todos los documentos acreditativos de las
condiciones establecidas en la base segunda de esta convocatoria.
Quien dentro del plazo indicado no presentare la documentación, o no reuniera los requisitos exigidos, salvo causas de
fuerza mayor, no podrá ser nombrado/a y quedarían anuladas todas las actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en
que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria. En este caso la Sra.
Alcaldesa efectuará el nombramiento a favor del/la aspirante que, habiendo superado la totalidad de los ejercicios de la
oposición, tuviera cabida en el número de plazas convocadas, a consecuencia de la referida anulación.
Novena. Disponibilidad de las bases.
Las presentes bases en original están a disposición de los interesados en la Secretaría General de este Ayuntamiento para su
consulta, que facilitará copia a quien lo solicite.
Décima. Incidencias.
Contra la presente convocatoria, las bases por las que se rige y cuantos actos se deriven de las mismas y de la actuación del
Tribunal Calificador se podrá formular impugnaciones por los interesados en los casos y forma establecidos por la Ley
39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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aquellas que, en su caso, sean objeto de anulación. Este test se valorará con una puntuación de 0 a 10, siendo
imprescindible obtener una puntuación de cinco para realizar el siguiente ejercicio.
Una vez finalizado el ejercicio, se abre un plazo de tres días hábiles para cualquier reclamación respecto a las preguntas
planteadas y plantilla de respuestas correctas facilitada. Transcurrido dicho plazo, el Tribunal procederá a valorar la prueba
teórica, publicando el resultado de la misma.
Segundo ejercicio: Consistirá en un supuesto práctico, en el que el/la aspirante deberá acreditar el conocimiento del oficio y
las habilidades para desempeñar el puesto de trabajo ofertado que podrá consistir en probar tanto una tarea manual como
una tarea mecanizada, ayudándose con cualquiera de los útiles y maquinaria de servicios generales, puesto a su disposición.
Este ejercicio se valorará con unapuntuación de 0 a 10.
La puntuación de la fase de oposición se obtendrá con la media de las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
Esta fase tendrá una valoración del 70% sobre la nota total del procedimiento.
Octava. Calificación de las pruebas, relación de aprobados/as y presentación de documentos.
Calificación de las pruebas:
Todos los ejercicios de la fase de oposición serán calificados por el Tribunal hasta un máximo de 10 puntos, siendo
eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.
Las calificaciones del Tribunal se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por cada uno de sus miembros y
dividiendo este resultado por el número de miembros que compongan dicho Tribunal, siendo el cociente la calificación
definitiva.
La fase de concurso se valorará posteriormente, solo para los aprobados en la fase de oposición.
Calificación definitiva: Las sumas de las puntuaciones alcanzadas por cada aspirante aprobado/a en la fase de oposición y
valorado en fase de concurso, determinará el orden de clasificación definitiva.
Relación de aprobados:
Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará por orden de puntuación, un anuncio que contendrá los
aspirantes aprobados/as y el/la que resulte seleccionado/a y elevará dicharelación a la Sra. Alcaldesa-Presidenta formulando
la propuesta de nombramiento. Será seleccionado el aspirante que haya obtenido la mayor puntuación, sin que el número
de aspirantes propuestos/as pueda superar los puestos objeto de esta convocatoria que es de uno.
Presentación de documentos:
El/la aspirante propuesto/a para su nombramiento estará obligado/a a presentar, dentro del plazo de 20 días naturales
contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de aprobados/as, todos los documentos acreditativos de las
condiciones establecidas en la base segunda de esta convocatoria.
Quien dentro del plazo indicado no presentare la documentación, o no reuniera los requisitos exigidos, salvo causas de
fuerza mayor, no podrá ser nombrado/a y quedarían anuladas todas las actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en
que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria. En este caso la Sra.
Alcaldesa efectuará el nombramiento a favor del/la aspirante que, habiendo superado la totalidad de los ejercicios de la
oposición, tuviera cabida en el número de plazas convocadas, a consecuencia de la referida anulación.
Novena. Disponibilidad de las bases.
Las presentes bases en original están a disposición de los interesados en la Secretaría General de este Ayuntamiento para su
consulta, que facilitará copia a quien lo solicite.
Décima. Incidencias.
Contra la presente convocatoria, las bases por las que se rige y cuantos actos se deriven de las mismas y de la actuación del
Tribunal Calificador se podrá formular impugnaciones por los interesados en los casos y forma establecidos por la Ley
39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.
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