Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Delegación de Cultura y Deportes. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (00631/2023)
Corrección de error en edicto publicado el 9/2/2023 sobre las bases de la convocatoria para el acceso, mediante el sistema de concurso-oposición libre, de una plaza de Conductor, incluida en la oferta de empleo público para el año 2022
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros
Anuncio 631/2023
- Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las correspondientes funciones a la plaza a la
que se opta. Dadas las funciones que le son propias a este perfil profesional y el grado medio/alto de esfuerzo
físico que exige, es imprescindible disponerde una óptima movilidad física.
- No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas; ni
hallarse en situación de inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos, de cualquier
naturaleza, por resolución judicial, para el acceso tanto al cuerpo o escala de funcionario como personal
laboral. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber
sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impidan, en su Estado, en los mismos términos, el
acceso al empleo público.
- No estar incluido/a en ninguno de los supuestos de incompatibilidad establecidos en la Ley 53/1984, de 26
de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
- Estar en posesión del permiso de conducción tipo "C".
Todos los requisitos precedentes deberán ser reunidos por los/as aspirantes el día en que finalice el plazo de presentación
de instancias para acceder a esta convocatoria, mantenidos durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la toma
de posesión, y acreditarse, en caso de ser seleccionado/a, del modo indicado en las bases de la convocatoria.
Tercera. Presentación de solicitudes.
o Instancias:
En la instancia, conforme al modelo que aparece en el anexo II de estas bases, los/as aspirantes deberán manifestar que
reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, en los términos en quese recogen en la base segunda.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a instancia del
interesado.
En el caso de aspirantes con discapacidad que soliciten adaptación de tiempo y/o medios, deberán tener reconocido por la
Administración competente un grado de discapacidad igual o superior al 33%, debiéndose acreditar esta circunstancia en el
momento de la presentación de la solicitud. Esta adaptación consistirá en la concesión de un tiempo adicional para la
realización de los ejercicios, y se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en la Orden PRE-1822/2006, de 9 de junio,
por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el
acceso al empleo público de personas con discapacidad.
Una vez analizadas las necesidades específicas de cada uno de los aspirantes, el Tribunal Calificador adoptará las medidas
precisas, en aplicación del principio de equidad, que habrá de ser tenido en cuenta para todos los aspirantes, sin distinción
alguna por ningún motivo.
o Lugar de presentación de instancias:
Las instancias, dirigidas a la Sra. Alcaldesa Presidenta, se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento o
conforme a lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común o a
través de la sede electrónica de esta administración.
o Plazo de presentación de instancias:
El plazo de presentación será de 20 días naturales a contar del siguiente a aquel en que aparezca publicado el anuncio de
esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, una vez que se hubiesen publicado íntegramente las bases en el Boletín
Oficial de la Provincia. El anuncio de la convocatoria también se publicará en el DOE y BOE.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constaren sus solicitudes, pudiendo demandar su
modificación dentro del plazo establecido de presentación de solicitudes, mediante escrito motivado, transcurrido dicho
plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
o Tasas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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que se opta. Dadas las funciones que le son propias a este perfil profesional y el grado medio/alto de esfuerzo
físico que exige, es imprescindible disponerde una óptima movilidad física.
- No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas; ni
hallarse en situación de inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos, de cualquier
naturaleza, por resolución judicial, para el acceso tanto al cuerpo o escala de funcionario como personal
laboral. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber
sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impidan, en su Estado, en los mismos términos, el
acceso al empleo público.
- No estar incluido/a en ninguno de los supuestos de incompatibilidad establecidos en la Ley 53/1984, de 26
de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
- Estar en posesión del permiso de conducción tipo "C".
Todos los requisitos precedentes deberán ser reunidos por los/as aspirantes el día en que finalice el plazo de presentación
de instancias para acceder a esta convocatoria, mantenidos durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la toma
de posesión, y acreditarse, en caso de ser seleccionado/a, del modo indicado en las bases de la convocatoria.
Tercera. Presentación de solicitudes.
o Instancias:
En la instancia, conforme al modelo que aparece en el anexo II de estas bases, los/as aspirantes deberán manifestar que
reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, en los términos en quese recogen en la base segunda.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a instancia del
interesado.
En el caso de aspirantes con discapacidad que soliciten adaptación de tiempo y/o medios, deberán tener reconocido por la
Administración competente un grado de discapacidad igual o superior al 33%, debiéndose acreditar esta circunstancia en el
momento de la presentación de la solicitud. Esta adaptación consistirá en la concesión de un tiempo adicional para la
realización de los ejercicios, y se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en la Orden PRE-1822/2006, de 9 de junio,
por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el
acceso al empleo público de personas con discapacidad.
Una vez analizadas las necesidades específicas de cada uno de los aspirantes, el Tribunal Calificador adoptará las medidas
precisas, en aplicación del principio de equidad, que habrá de ser tenido en cuenta para todos los aspirantes, sin distinción
alguna por ningún motivo.
o Lugar de presentación de instancias:
Las instancias, dirigidas a la Sra. Alcaldesa Presidenta, se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento o
conforme a lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común o a
través de la sede electrónica de esta administración.
o Plazo de presentación de instancias:
El plazo de presentación será de 20 días naturales a contar del siguiente a aquel en que aparezca publicado el anuncio de
esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, una vez que se hubiesen publicado íntegramente las bases en el Boletín
Oficial de la Provincia. El anuncio de la convocatoria también se publicará en el DOE y BOE.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constaren sus solicitudes, pudiendo demandar su
modificación dentro del plazo establecido de presentación de solicitudes, mediante escrito motivado, transcurrido dicho
plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
o Tasas.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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