Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Llerena. Delegación de Igualdad y Juventud. Residencia Universitaria "Hernán Cortés" (Badajoz). (00592/2023)
Lista provisional de aspirantes para cubrir una plaza de Monitor Deportivo, incluida en la oferta de empleo público para la estabilización del empleo temporal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Llerena
Anuncio 592/2023
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Llerena
Llerena (Badajoz)
Anuncio 592/2023
Lista provisional de aspirantes para cubrir una plaza de Monitor Deportivo, incluida en la oferta de empleo público para la
estabilización del empleo temporal
Por esta Alcaldía se ha dictado resolución número 41/2023, de fecha 9 de febrero, que dice como sigue:
"Finalizado el plazo de presentación de instancias para tomar parte en el concurso para cubrir una plaza de Monitor/a
Deportivo/a, perteneciente al grupo de clasificación B conforme al artículo 10 del acuerdo/convenio por el que se regulan las
condiciones de trabajo de los empleados públicos del Excmo. Ayuntamiento de Llerena incluida en la oferta de empleo
público para la estabilización del empleo temporal del año 2022 y, de conformidad con lo establecido en la base cuarta de
las bases aprobadas mediante resolución de la Alcaldía número 441/2022, de 12 de diciembre (publicadas en el BOP de
Badajoz número 237 -anuncio 5621/202-, de 15 de diciembre de 2022) y con las previsiones contenidas en el artículo 68 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, resuelvo:
Primero.- Aprobar la siguiente lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos al referido proceso
selectivo, con indicación en este último caso de la/s causa/s que ha/n motivado la exclusión:
Admitidos:
DNI
Apellidos
Nombre
***5589**
Fernández Guerrero
José Carlos
***6159**
Núñez Viejo
José Manuel
Excluidos:
DNI
Apellidos
***8749** Menacho
Gómez
Nombre
David
Motivo
1. No presenta solicitud conforme al modelo oficial (anexo I).
2. No aporta justificante del pago de derechos de examen o
documentación acreditativa de estar exento.
(Igualmente, el aspirante deberá subsanar, dentro del mismo
plazo de 10 días hábiles concedido, la acreditación de los
méritos profesionales, debiendo aportar el anexo II conforme
a la base sexta).
Segundo.- Los interesados dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la
publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos en el BOP de Badajoz, para subsanar los defectos
que hayan motivado su exclusión u omisión de la relación de admitidos y excluidos. Los aspirantes que,
dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser
incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo."
Se hace constar que, a efectos de garantizar la protección de la divulgación de documentos de identidad de personas
interesadas en este procedimiento selectivo, en la publicación de este listado se han seguido la orientación de la Agencia
Española de Protección de Datos para la aplicación de la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Llerena, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, Juana Moreno Sierra.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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estabilización del empleo temporal
Por esta Alcaldía se ha dictado resolución número 41/2023, de fecha 9 de febrero, que dice como sigue:
"Finalizado el plazo de presentación de instancias para tomar parte en el concurso para cubrir una plaza de Monitor/a
Deportivo/a, perteneciente al grupo de clasificación B conforme al artículo 10 del acuerdo/convenio por el que se regulan las
condiciones de trabajo de los empleados públicos del Excmo. Ayuntamiento de Llerena incluida en la oferta de empleo
público para la estabilización del empleo temporal del año 2022 y, de conformidad con lo establecido en la base cuarta de
las bases aprobadas mediante resolución de la Alcaldía número 441/2022, de 12 de diciembre (publicadas en el BOP de
Badajoz número 237 -anuncio 5621/202-, de 15 de diciembre de 2022) y con las previsiones contenidas en el artículo 68 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, resuelvo:
Primero.- Aprobar la siguiente lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos al referido proceso
selectivo, con indicación en este último caso de la/s causa/s que ha/n motivado la exclusión:
Admitidos:
DNI
Apellidos
Nombre
***5589**
Fernández Guerrero
José Carlos
***6159**
Núñez Viejo
José Manuel
Excluidos:
DNI
Apellidos
***8749** Menacho
Gómez
Nombre
David
Motivo
1. No presenta solicitud conforme al modelo oficial (anexo I).
2. No aporta justificante del pago de derechos de examen o
documentación acreditativa de estar exento.
(Igualmente, el aspirante deberá subsanar, dentro del mismo
plazo de 10 días hábiles concedido, la acreditación de los
méritos profesionales, debiendo aportar el anexo II conforme
a la base sexta).
Segundo.- Los interesados dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la
publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos en el BOP de Badajoz, para subsanar los defectos
que hayan motivado su exclusión u omisión de la relación de admitidos y excluidos. Los aspirantes que,
dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser
incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo."
Se hace constar que, a efectos de garantizar la protección de la divulgación de documentos de identidad de personas
interesadas en este procedimiento selectivo, en la publicación de este listado se han seguido la orientación de la Agencia
Española de Protección de Datos para la aplicación de la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Llerena, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, Juana Moreno Sierra.
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