Administración del Estado. Ministerios. Delegación del Gobierno en Extremadura. Área de Industria y Energía (Badajoz). (00467/2023)
Información pública de las solicitudes de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación "Infraestructura de almacenamiento de energía eléctrica Ardila" de 38,5 MWp y 30 MWn
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Área de Industria y Energía

Anuncio 467/2023

ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
MINISTERIOS
Delegación del Gobierno en Extremadura
Área de Industria y Energía
Badajoz
Anuncio 467/2023
Información pública de las solicitudes de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción
para la instalación "Infraestructura de almacenamiento de energía eléctrica Ardila" de 38,5 MWp y 30 MWn

ANUNCIO DEL ÁREA DE INDUSTRIA Y ENERGÍA DE LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN EXTREMADURA POR EL QUE SE
SOMETE A INFORMACIÓN PÚBLICA LAS SOLICITUDES DE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA Y AUTORIZACIÓN
ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN PARA LA INSTALACIÓN "INFRAESTRUCTURA DE ALMACENAMIENTO DE ENERGÍA
ELÉCTRICA ARDILA" DE 38,5 MWP Y 30 MWN (CÓDIGO PFOT-ALM-005), HIBRIDANDO AL PARQUE FOTOVOLTAICO "ARDILA"
CON AUTORIZACIÓN DE EXPLOTACIÓN YA CONCEDIDA (CLAVE DE REGISTRO RE-113525)
La sociedad Furatena Solar 1, SLU, ha procedido a iniciar los trámites preceptivos al objeto de que le sean concedidas la
autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción para la instalación "infraestructura de
almacenamiento de energía eléctrica ARDILA" de 38,5 MWp y 30 MWn, y su línea de evacuación a 30 kV hasta la subestación
eléctrica existente "BETURIA 30/132 kV", ubicada en el término municipal de Fregenal de la Sierra, provincia de Badajoz. El
parque fotovoltaico "ARDILA" de 44 MW de potencia instalada, con el que se pretende su hibridación, está en operación y
cuenta con permiso de acceso y conexión a la red de transporte en la subestación eléctrica Brovales 400 kV, propiedad de
Red Eléctrica de España, S.L.U., en Jerez de los Caballeros (Badajoz).
La puesta en funcionamiento y modificación de las instalaciones de producción de energía eléctrica está sometida al
régimen de autorizaciones establecido en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y en sus
disposiciones de desarrollo. Asimismo, las instalaciones de almacenamiento que directa o indirectamente estén conectadas
a las redes de transporte y distribución solas o hibridadas tendrán el mismo tratamiento que instalaciones de generación de
electricidad.
El órgano sustantivo competente para resolver la solicitud de la autorización administrativa previa y la autorización
administrativa de construcción es la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición
Ecológica y Reto Demográfico, correspondiendo al Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en
Extremadura la tramitación del expediente administrativo correspondiente.
En consecuencia, y de conformidad con la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y el Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, con las modificaciones que les aplica en ambos casos
incluidas tanto en el Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en
otros ámbitos para la reactivación económica, en el Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las
redes de transporte y distribución de energía, y como en el Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de
sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de
ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural, se somete al trámite de
información pública las solicitudes de la autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de
la instalación de referencia, cuyas características generales, son las siguientes:
- Expediente Área de Industria y Energía: AIE 534-2022. Código PFot-ALM-005.
- Peticionario: Furatena Solar 1, SLU, domiciliada en avda. de la Borbolla, 5, 41004-Sevilla; CIF: Número
B-90328592.
- Finalidad: El objetivo de las instalaciones es la acumulación de parte de la energía eléctrica generada en el
parque fotovoltaico "ARDILA". Se conciben como instalaciones de hibridación de la tecnología fotovoltaica con
el almacenamiento en módulos de baterías, con el fin de almacenar energía y poder aumentar el factor de
planta, aportando mayor flexibilidad de cara a las futuras posibles necesidades de la red.
- Emplazamiento: Término municipal de Fregenal de la Sierra, provincia de Badajoz.
- Denominación: "Infraestructura de almacenamiento de energía eléctrica ARDILA".
- Características principales de la planta: Consiste en instalar una infraestructura de almacenamiento
energético de 60 MWh de capacidad de almacenamiento con 38,5 MWp y 30 MWn, asociada a la planta
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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