Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Economía y Hacienda. Tesorería (Badajoz). (00550/2023)
Resolución de Presidencia relativa a expediente de depuración de CNP 20007 "A disposición de herederos"
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Delegación de Economía y Hacienda

Anuncio 550/2023

a) 118.100,00 euros, ingresos por causantes no identificados.
b) 83.783,53 euros, total de ingresos producidos por causantes identificados
cuyas fechas de defunción e ingresos en cuenta son de 2002 y anteriores, es
decir, habiendo transcurrido a la fecha más de 20 años.
Total: 201.883,53 euros.
Este importe se destinará a financiar programas dirigidos a promover la mejora de las
condiciones educativas de las personas con discapacidad.
3.- Comunicar a la Delegación de Economía y Hacienda del Ministerio de Hacienda y Función
Pública, los depósitos correspondientes a causantes fallecidos durante el año 2003, desde doña
Dolores Ruiz Cerrato a don José Facila Galleo.
4.- El CNP 20007 "A disposición de herederos", mantendrá un saldo acreedor por importe de
158.171,27 euros a resultas de lo que acontezca en los procedimientos ab intestato a favor del
Estado que en su caso se tramiten por la Delegación de Hacienda conforme a las
comunicaciones producidas por Diputación, o de reclamaciones de herederos debidamente
acreditadas.
5.- Queda facultada la tesorería provincial para producir las gestiones que procedan con la
Delegación de Hacienda, u otras que procedan hasta la conclusión de este expediente.
6.- De la presente resolución, deberá darse cuenta al Pleno en la primera sesión a celebrar.
7.- Por el Secretario General de la Institución, se tomará razón para su transcripción al libro
electrónico de resoluciones, a los solos efectos de garantizar la integridad, autenticidad,
calidad, confidencialidad, protección y conservación de los ficheros electrónicos
correspondientes, conforme a lo dispuesto en el artículo 3.2.e) del Real Decreto 128/2018, de
16 de marzo, por el que se regula el Régimen Jurídico de los Funcionarios de Administración
Local con Habilitación de Carácter Nacional.

Es cuanto se dispone, en Palacio Provincial a la fecha de su firma.
El Presidente.- Fdo.: Miguel Ángel Gallardo Miranda.»
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, en el plazo de dos meses a contar desde el siguiente a la notificación
de la misma, sin perjuicio de la interposición del recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, en cuyo caso no
podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en tanto no hay sido resuelto expresamente o se haya producido la
desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de
la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, 209 y 210 del
Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre por el que se aprobó el Reglamento de Organización, Funcionamiento y
Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa y sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión
en los supuestos en que legalmente procedan.
En Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Secretario General, Enrique Pedrero Balas.

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