Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. (00514/2023)
Bases de la convocatoria para la confección de lista de espera para la autorización de uso y aprovechamiento de los huertos urbanos ecológicos del municipio de Badajoz
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Ayuntamiento de Badajoz
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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Badajoz
Badajoz
Anuncio 514/2023
Bases de la convocatoria para la confección de lista de espera para la autorización de uso y aprovechamiento de los huertos
urbanos ecológicos del municipio de Badajoz
BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONFECCIÓN DE LISTA DE ESPERA PARA LA AUTORIZACIÓN DE USO Y
APROVECHAMIENTO DE LOS HUERTOS URBANOS ECOLÓGICOS DEL MUNICIPIO DE BADAJOZ
1. Objeto: El objeto de las bases es regular el procedimiento de adjudicación de autorizaciones para uso,
disfrute y aprovechamiento de parcelas para su cultivo hortícola y ornamental para autoconsumo, de
conformidad con lo establecido en la Ordenanza reguladora para el otorgamiento de autorizaciones de uso y
aprovechamiento de los huertos urbanos ecológicos del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz aprobada por el
Pleno de este Ayuntamiento el 19 de diciembre de 2019.
Los huertos urbanos están emplazados en una parcela calificada como espacios libres o uso equipamientos
en el PGOU del municipio de Badajoz, se encuentra vallada perimetralmente y dispone de puertas de acceso
que permanecerán abiertas durante el horario de uso establecido. En el anexo I se encuentra un plano de
distribución de las parcelas.
2. Régimen jurídico: Según el artículo 85.2 de la Ley 33/2003 de Patrimonio de las Administraciones Públicas y
el artículo 75.1 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, la utilización de los huertos ecológicos
municipales debe calificarse de uso común especial de bienes de dominio público y, por lo tanto, se sujetará a
la obtención de la preceptiva licencia municipal.
Con las solicitudes recibidas se confeccionará mediante sorteo un orden de lista que determinará a su vez el
orden de adjudicación de las parcelas actualmente libres, cuya licencia se otorgará directamente, y de
adjudicación de las que vayan quedando libres por abandono o falta de atención.
3. Duración de las autorizaciones: La duración de la licencia de uso y disfrute de los huertos urbanos será
desde la adjudicación hasta que finalice el plazo de adjudicación de la convocatoria inicial. Durante el mes
anterior a la finalización, el/la adjudicatario/a deberá dejar el huerto limpio y apto para su adjudicación.
Todas las autorizaciones en cuanto a su duración estarán sujetas a las modificaciones estipuladas en la
Ordenanza reguladora publicada al efecto.
4. Destinatarios de la convocatoria: Las parcelas ofertadas se dirigen a personas físicas mayores de edad,
asociaciones de vecinales y centros educativos del municipio de Badajoz.
Como se cita en el apartado 2, los colectivos que trabajan para el barrio de Suerte Saavedra tienen reservadas
12 parcelas por lo que los destinatarios de los 38 restantes serán:
a) Personas físicas mayores de edad residentes en Badajoz (una por núcleo familiar).
b) Asociaciones de vecinos, centros educativos y otros colectivos sociales de la ciudad
legalmente constituidos.
c) Otros centros o asociaciones de tipo socio-educativo existentes en la ciudad.
5. Requisitos de los aspirantes:
A) Personas físicas mayores de edad que cumplan las siguientes condiciones:
Estar empadronado/a en el municipio de Badajoz.
Estar capacitado/a físicamente para realizar trabajo agrícola.
Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Badajoz.
B) Asociaciones vecinales que cumplan las siguientes condiciones:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Badajoz
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urbanos ecológicos del municipio de Badajoz
BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONFECCIÓN DE LISTA DE ESPERA PARA LA AUTORIZACIÓN DE USO Y
APROVECHAMIENTO DE LOS HUERTOS URBANOS ECOLÓGICOS DEL MUNICIPIO DE BADAJOZ
1. Objeto: El objeto de las bases es regular el procedimiento de adjudicación de autorizaciones para uso,
disfrute y aprovechamiento de parcelas para su cultivo hortícola y ornamental para autoconsumo, de
conformidad con lo establecido en la Ordenanza reguladora para el otorgamiento de autorizaciones de uso y
aprovechamiento de los huertos urbanos ecológicos del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz aprobada por el
Pleno de este Ayuntamiento el 19 de diciembre de 2019.
Los huertos urbanos están emplazados en una parcela calificada como espacios libres o uso equipamientos
en el PGOU del municipio de Badajoz, se encuentra vallada perimetralmente y dispone de puertas de acceso
que permanecerán abiertas durante el horario de uso establecido. En el anexo I se encuentra un plano de
distribución de las parcelas.
2. Régimen jurídico: Según el artículo 85.2 de la Ley 33/2003 de Patrimonio de las Administraciones Públicas y
el artículo 75.1 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, la utilización de los huertos ecológicos
municipales debe calificarse de uso común especial de bienes de dominio público y, por lo tanto, se sujetará a
la obtención de la preceptiva licencia municipal.
Con las solicitudes recibidas se confeccionará mediante sorteo un orden de lista que determinará a su vez el
orden de adjudicación de las parcelas actualmente libres, cuya licencia se otorgará directamente, y de
adjudicación de las que vayan quedando libres por abandono o falta de atención.
3. Duración de las autorizaciones: La duración de la licencia de uso y disfrute de los huertos urbanos será
desde la adjudicación hasta que finalice el plazo de adjudicación de la convocatoria inicial. Durante el mes
anterior a la finalización, el/la adjudicatario/a deberá dejar el huerto limpio y apto para su adjudicación.
Todas las autorizaciones en cuanto a su duración estarán sujetas a las modificaciones estipuladas en la
Ordenanza reguladora publicada al efecto.
4. Destinatarios de la convocatoria: Las parcelas ofertadas se dirigen a personas físicas mayores de edad,
asociaciones de vecinales y centros educativos del municipio de Badajoz.
Como se cita en el apartado 2, los colectivos que trabajan para el barrio de Suerte Saavedra tienen reservadas
12 parcelas por lo que los destinatarios de los 38 restantes serán:
a) Personas físicas mayores de edad residentes en Badajoz (una por núcleo familiar).
b) Asociaciones de vecinos, centros educativos y otros colectivos sociales de la ciudad
legalmente constituidos.
c) Otros centros o asociaciones de tipo socio-educativo existentes en la ciudad.
5. Requisitos de los aspirantes:
A) Personas físicas mayores de edad que cumplan las siguientes condiciones:
Estar empadronado/a en el municipio de Badajoz.
Estar capacitado/a físicamente para realizar trabajo agrícola.
Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Badajoz.
B) Asociaciones vecinales que cumplan las siguientes condiciones:
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