Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Delegación de Concertación y Participación Territorial. Servicio de Planificación Estratégica y CID (Badajoz). (00510/2023)
Bases de la convocatoria para el acceso en propiedad mediante el sistema de concurso-oposición libre, de una plaza de Peón de Residuos Sólidos del Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros, incluida en la oferta de empleo público para el año 2022
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros
Anuncio 510/2023
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros
Jerez de los Caballeros (Badajoz)
Anuncio 510/2023
Bases de la convocatoria para el acceso en propiedad mediante el sistema de concurso-oposición libre, de una plaza de
Peón de Residuos Sólidos del Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros, incluida en la oferta de empleo público para el año
2022
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros en sesión ordinaria celebrada con fecha 2 de febrero
de 2023 ha acordado aprobar las bases que se transcriben literalmente a continuación:
"BASES DE LA CONVOCATORIA PARA EL ACCESO EN PROPIEDAD MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE,
DE UNA PLAZA DE PEÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LOS CABALLEROS, INCLUIDA EN LA
OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA EL AÑO 2022.
Primera. Objeto de la convocatoria.
La presente convocatoria regirá el proceso selectivo, mediante el sistema de concurso- oposición libre, de una plaza de Peón
de Residuos Sólidos perteneciente al Grupo AP del personal laboral fijo, incluida en la oferta de empleo público de este
Ayuntamiento para el año 2022, con las retribuciones complementarias y demás derechos que correspondan con arreglo a
la legislación vigente y la Corporación tenga acordado o pueda acordar en la relación de puestos de trabajo.
Corresponderá al titular de la plaza, una vez adjudicada la misma, objeto de la presente convocatoria, el desempeño de las
funciones contempladas en la relación de puestos de trabajo de este Ayuntamiento.
Estará, además, sujeto a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio
de las Administraciones Públicas.
En lo no previsto en las presentes bases, serán de aplicación al procedimiento selectivo el Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 13 de abril, por el
que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, el Real Decreto
896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las normas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el
procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local, y el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por
el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del
Estado, Ley 13/2015, de 8 de abril, de la Función Pública de Extremadura y demás normas concordantes de aplicación.
Segunda. Requisitos de aspirantes.
Para tomar parte en este procedimiento selectivo será necesario reunir las siguientes condiciones:
- Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57 del Texto Refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, en el supuesto de acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.
- Tener cumplidos dieciséis años de edad antes de la fecha en que termine el plazo de presentación de
instancias y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
- Estar en posesión de Certificado de Escolaridad. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá
acreditarse su homologación por el órgano de la Administración competente.
- Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las correspondientes funciones a la plaza a la
que se opta. Dadas las funciones que le son propias a este perfil profesional y el grado medio/alto de esfuerzo
físico que exige, es imprescindible disponer de una óptima movilidad física.
- No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas; ni
hallarse en situación de inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos, de cualquier
naturaleza, por resolución judicial, para el acceso tanto al cuerpo o escala de funcionario como personal
laboral. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Bases de la convocatoria para el acceso en propiedad mediante el sistema de concurso-oposición libre, de una plaza de
Peón de Residuos Sólidos del Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros, incluida en la oferta de empleo público para el año
2022
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros en sesión ordinaria celebrada con fecha 2 de febrero
de 2023 ha acordado aprobar las bases que se transcriben literalmente a continuación:
"BASES DE LA CONVOCATORIA PARA EL ACCESO EN PROPIEDAD MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE,
DE UNA PLAZA DE PEÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LOS CABALLEROS, INCLUIDA EN LA
OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA EL AÑO 2022.
Primera. Objeto de la convocatoria.
La presente convocatoria regirá el proceso selectivo, mediante el sistema de concurso- oposición libre, de una plaza de Peón
de Residuos Sólidos perteneciente al Grupo AP del personal laboral fijo, incluida en la oferta de empleo público de este
Ayuntamiento para el año 2022, con las retribuciones complementarias y demás derechos que correspondan con arreglo a
la legislación vigente y la Corporación tenga acordado o pueda acordar en la relación de puestos de trabajo.
Corresponderá al titular de la plaza, una vez adjudicada la misma, objeto de la presente convocatoria, el desempeño de las
funciones contempladas en la relación de puestos de trabajo de este Ayuntamiento.
Estará, además, sujeto a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio
de las Administraciones Públicas.
En lo no previsto en las presentes bases, serán de aplicación al procedimiento selectivo el Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 13 de abril, por el
que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, el Real Decreto
896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las normas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el
procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local, y el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por
el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del
Estado, Ley 13/2015, de 8 de abril, de la Función Pública de Extremadura y demás normas concordantes de aplicación.
Segunda. Requisitos de aspirantes.
Para tomar parte en este procedimiento selectivo será necesario reunir las siguientes condiciones:
- Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57 del Texto Refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, en el supuesto de acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.
- Tener cumplidos dieciséis años de edad antes de la fecha en que termine el plazo de presentación de
instancias y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
- Estar en posesión de Certificado de Escolaridad. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá
acreditarse su homologación por el órgano de la Administración competente.
- Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las correspondientes funciones a la plaza a la
que se opta. Dadas las funciones que le son propias a este perfil profesional y el grado medio/alto de esfuerzo
físico que exige, es imprescindible disponer de una óptima movilidad física.
- No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas; ni
hallarse en situación de inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos, de cualquier
naturaleza, por resolución judicial, para el acceso tanto al cuerpo o escala de funcionario como personal
laboral. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber
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