Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. (00497/2023)
Bases reguladoras de la concesión de ayudas destinadas al transporte de personas mayores con dificultades de movilidad durante el año 2023
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena

Anuncio 497/2023

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de tres meses a partir de la fecha de
presentación de la solicitud. Transcurrido dicho plazo sin que la resolución haya sido notificada, el interesado deberá
entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.
Contra la resolución del procedimiento se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante la alcaldía, en el
plazo de un mes, de conformidad con los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o ser impugnada directamente ante el orden Jurisdiccional
Contencioso-administrativo.
Séptima. Crédito presupuestario.
Las ayudas que se otorguen se imputarán a la partida 22/231/22731 del vigente presupuesto.
Tendrán un límite de ocho mil (8.000,00) euros.
Octava. Régimen de utilización y pago de las ayudas.
Las ayudas contempladas en esta convocatoria se materializarán conforme al siguiente procedimiento:
1. El Servicio de Asistencia Social Básica expedirá al beneficiario la tarjeta de bono-taxi que contemple la resolución por la
que se conceda la ayuda, informándole en la misma de aquellos taxistas con licencia en el municipio y acogidos al programa
de estas ayudas mediante el correspondiente documento de adhesión voluntaria.
2. El usuario del servicio deberá entregar al taxista, que deberá estar incluido en el programa, el número de bonos utilizados
en su desplazamiento.
3. Por cada desplazamiento realizado, el taxista presentará en el registro municipal la factura con la descripción del servicio
realizado y la identidad de la persona desplazada, acompañado del bono o bonos correspondientes debidamente
diligenciados.
Los desplazamientos realizados a los diferentes Centros Sanitarios de la Zona de Salud Villanueva de la Serena-Don Benito
se abonarán conforme a la siguiente tarifa de precios:
*redacción del año pasado

Centros de Salud de Villanueva de la Serena

6,00 € el desplazamiento (ida y vuelta 12,00 €)

Centro de Especialidades de Villanueva de la Serena

6,00 € el desplazamiento (ida y vuelta 12,00 €)

Hospital Don Benito-Villanueva de la Serena
Centro de Especialidades de Don Benito

9,00 € el desplazamiento (ida y vuelta 18,00 €)
12,00 € el desplazamiento (ida y vuelta 24,00 €)

Novena. Obligaciones de los beneficiarios.
1. Comunicar al Servicio Social de Atención Social Básica, en el plazo máximo de diez días hábiles desde que se produzca,
cualquier modificación de las circunstancias económicas, de convivencia o de cualquier otro tipo que pudieran dar lugar a la
modificación o extinción de la ayuda reconocida.
2. Reintegrar las cantidades indebidamente percibidas como consecuencia de no haber comunicado en plazo la variación de
las circunstancias que dieron lugar a la concesión de la ayuda.
3. Acreditar ante la Administración municipal que se hallan al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias con
la Hacienda estatal, autonómica y local, así como con la Seguridad Social.
4. Adecuado uso, cuidado y conservación de la tarjeta de bono-taxi. El Ayuntamiento no se responsabilizará de las
situaciones de extravío, deterioro o sustracción de la tarjeta de bono-taxi.
Décima. Extinción e incompatibilidades.
Serán motivos de extinción de las ayudas los siguientes:
a) Unidad familiar que supere el límite de ingresos establecidos.
b) Convivir con familiares menores de 65 años.
c) Contar con apoyo familiar suficiente.
d) No presentar dificultades de movilidad.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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