Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Delegación de Cultura y Deportes. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (00423/2023)
Lista definitiva de aspirantes admitidos/as, composición del Tribunal y fecha del primer ejercicio para cubrir dos plazas de Oficial Herrero del Ayuntamiento de Badajoz
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Ayuntamiento de Badajoz

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Apellidos

Nombre

DNI

Pérez Campón

David

**645V

Pérez Polo

Alfonso Manuel

**589H

Pérez Rosa

Pedro Antonio

**160S

Rebolo Hernández

José Luis

**657G

Rodríguez Sosa

Juan Manuel

**578P

Romero Moreno

Alberto

**308C

Torrado Gómez

Álvaro

**573Q

Torres Castaño

Iván

**683Q

Valencia Ortiz

Javier

**225J

(**) De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, el número indicado en la columna titulada
"DNI" se corresponde con los últimos cuatro caracteres del documento nacional de identidad, número de identidad de extranjero, pasaporte o documento equivalente.

Segundo.- Nombrar al Tribunal Calificador de estas pruebas selectivas:
Presidente: Don Pedro José Amaya Recio.
Suplente: Don Ramón de Solís da Costa de Moraes.
Vocal: Doña Luisa del Carmen Asenjo Carrasco.
Suplente: Doña Diana Segura Vázquez.
Vocal: Don Emiliano León Méndez.
Suplente: Don Joaquín Siliceo Rodríguez.
Vocal: Don Pedro Ortiz Pilo.
Suplente: Don Adolfo Nicolás Seller.
Vocal: Don Juan Antonio Holguera Castaño.
Suplente: Don José Antonio García Álvarez.
Secretario: Don Juan Antonio Núñez Arcos.
Suplente: Doña M.ª Dolores Moreno Becerra.
Tercero.- El primer ejercicio de las pruebas selectivas tendrá lugar el día 14 de marzo de 2023, iniciándose el
llamamiento de las personas aspirantes a las 18:15 horas, en Facultad de Ciencias de la Documentación y la
Comunicación, sita en la plazuela Ibn Marwan de Badajoz (Alcazaba).
Los/as aspirantes deberán ir provistos de DNI, lápiz, bolígrafo negro o azul, y goma de borrar.
El DNI deberá permanecer visible en todo momento sobre la mesa durante la realización de la prueba.
Los aspirantes no podrán acudir a la realización de las pruebas selectivas con dispositivos de telefonía móvil,
pulseras electrónicas, relojes ni cualquier otro sistema que permita la emisión o recepción de
comunicaciones, ni siquiera apagados, pudiendo ser comprobado este extremo en cualquier momento por
parte de los miembros del Tribunal Calificador, a través de los medios que estime oportunos. Ante el
incumplimiento de esta previsión, el Tribunal Calificador podrá acordar, motivadamente, la exclusión del
aspirante del proceso selectivo.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo,
recurso de reposición ante el Alcalde, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la presente publicación,
conforme a lo establecido en los artículos 114, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo
ante el Juzgado de dicha jurisdicción de Badajoz, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a aquél en que
tenga lugar la presente publicación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía
contencioso-administrativa la presente resolución hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la
desestimación presunta de aquél. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen
procedente.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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