Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Usagre. Delegación de Cultura y Deportes. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (00416/2023)
Corrección de error en edicto publicado el 28 de diciembre de 2022 sobre las bases de la convocatoria para la provisión en propiedad de una plaza de funcionario de carrera dentro del proceso de estabilización, adscrito al servicio de Guardería Rural
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Ayuntamiento de Usagre

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Usagre (Badajoz)
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Corrección de error en edicto publicado el 28 de diciembre de 2022 sobre las bases de la convocatoria para la provisión en
propiedad de una plaza de funcionario de carrera dentro del proceso de estabilización, adscrito al servicio de Guardería
Rural

CORRECCIÓN DE ERROR EN EDICTO PUBLICADO EL 28/12/2022 (ANUNCIO 5985/2022) SOBRE LAS BASES DE LA
CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE FUNCIONARIO DE CARRERA DENTRO DEL PROCESO
DE ESTABILIZACIÓN, ADSCRITO AL SERVICIO DE GUARDERÍA RURAL, ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, POR CONCURSO
En el uso de las atribuciones que me confiere la letra g) del apartado primero del artículo 21 de la Ley Reguladora de las
Bases del Régimen Local de 2 de abril de 1985, vengo a hacer la siguiente rectificación en las bases de estabilización de
empleo del concurso de méritos y atendiendo a la rectificación establecida por el decreto del 30 de enero del 2022.
Primero: En el punto 5.
Donde dice:
"5.- Cada solicitud de participación según anexo I, deberá ir acompañada de la
siguiente documentación:".
Debe decir:
"5.- Cada solicitud de participación, deberá ir acompañada de la siguiente
documentación:".

Segundo: En el punto séptimo.
Donde dice:
"Séptima. Relación de aprobados, presentación de documentos y
nombramiento.
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal propondrá el
nombramiento del aspirante con mayor puntuación.
El/la aspirante propuesto aportará ante la administración, dentro del plazo de
veinte días hábiles desde el día siguiente se publiquen las listas de aprobados los
documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos
en la convocatoria.
Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no
presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno
de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas
sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber
incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de
justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior
nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación del Ministerio u
Organismo del que dependan acreditando su condición y demás circunstancias
que consten en su expediente personal.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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