Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zarza Capilla. Delegación de Cultura y Deportes. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (00424/2023)
Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos 1/2022
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Ayuntamiento de Zarza Capilla
Anuncio 424/2023
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Zarza Capilla
Zarza Capilla (Badajoz)
Anuncio 424/2023
Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos 1/2022
APROBACIÓN DEFINITIVA DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITO
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el
plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial
de este Ayuntamiento, adoptado en fecha 22 de diciembre de 2022 sobre aprobación inicial del expediente de modificación
de créditos número 1/2022 del presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito financiado con cargo al
remanente líquido de tesorería y con nuevos y mayores ingresos como sigue a continuación:
Suplementos en aplicaciones de gastos.
Aplicación presupuestaria
Descripción
Importe
Programa
Económica
165
221
Alumbrado público-suministros
1.500,00 €
231
131
Asistencia social primaria-laboral temporal
6.000,00 €
231
160
Seguridad Social
2.000,00 €
231
221
Asistencia social primaria-suministros
37.750,00 €
337
131
Insta. tiempo libre-personal laboral temporal
14.100,00 €
337
160
Seguridad Social
4.850,00 €
337
221
Instalaciones tiempo libre-suministros
7.000,00 €
338
226
Fiestas populares-suministros
28.800,00 €
102.000,00 €
Esta modificación se financia con cargo al remanente de tesorería del ejercicio anterior y con nuevos y mayores ingresos, en
los siguientes términos:
Suplementos en concepto de ingresos.
Aplicación presupuestaria
Descripción
450.80
Junta Extremadura subvención fondos bibliográficos
461.00
Subvención Plan Cohesiona (2 núcleos)
870.00
Remanente de tesorería para gastos generales
Importe
1.500,00 €
42.100,00 €
58.400,00 €
102.000,00 €
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real
Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo I del título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre,
Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios
posteriores.
b) La insuficiencia en el estado de gastos del presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que
deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los
artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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APROBACIÓN DEFINITIVA DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITO
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el
plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial
de este Ayuntamiento, adoptado en fecha 22 de diciembre de 2022 sobre aprobación inicial del expediente de modificación
de créditos número 1/2022 del presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito financiado con cargo al
remanente líquido de tesorería y con nuevos y mayores ingresos como sigue a continuación:
Suplementos en aplicaciones de gastos.
Aplicación presupuestaria
Descripción
Importe
Programa
Económica
165
221
Alumbrado público-suministros
1.500,00 €
231
131
Asistencia social primaria-laboral temporal
6.000,00 €
231
160
Seguridad Social
2.000,00 €
231
221
Asistencia social primaria-suministros
37.750,00 €
337
131
Insta. tiempo libre-personal laboral temporal
14.100,00 €
337
160
Seguridad Social
4.850,00 €
337
221
Instalaciones tiempo libre-suministros
7.000,00 €
338
226
Fiestas populares-suministros
28.800,00 €
102.000,00 €
Esta modificación se financia con cargo al remanente de tesorería del ejercicio anterior y con nuevos y mayores ingresos, en
los siguientes términos:
Suplementos en concepto de ingresos.
Aplicación presupuestaria
Descripción
450.80
Junta Extremadura subvención fondos bibliográficos
461.00
Subvención Plan Cohesiona (2 núcleos)
870.00
Remanente de tesorería para gastos generales
Importe
1.500,00 €
42.100,00 €
58.400,00 €
102.000,00 €
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real
Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo I del título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre,
Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios
posteriores.
b) La insuficiencia en el estado de gastos del presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que
deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los
artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
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