Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra. (00352/2023)
Aprobación de la oferta de empleo público para 2023
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Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra
Anuncio 352/2023
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra
Fregenal de la Sierra (Badajoz)
Anuncio 352/2023
Aprobación de la oferta de empleo público para 2023
Por resolución de Alcaldía de este Ayuntamiento de fecha 25 de enero de 2023, se aprobó la oferta de empleo público
correspondiente a las plazas que a continuación se reseñan para el ejercicio 2023.
PERSONAL FUNCIONARIO
1.- Funcionarios de carrera:
Denominación
Agentes de la Policía
Local
N.º plazas
Escala
Subescala
Grupo /
subgrupo
CD
Turno
1
Administración
Especial
Servicios
especiales
C1
20
Movilidad
2.- Personal laboral:
Categoría laboral
Operario
N.º plazas
Denominación
Grupo / subgrupo
CD
Turno
1
Operario polideportivo
A/P
14
Libre
En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, el
artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de
reposición potestativo ante el Alcalde, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente
anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Badajoz que por turno corresponda en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la
recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su
derecho.
En Fregenal de la Sierra, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, María Agustina Rodríguez Martínez.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Fregenal de la Sierra (Badajoz)
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Por resolución de Alcaldía de este Ayuntamiento de fecha 25 de enero de 2023, se aprobó la oferta de empleo público
correspondiente a las plazas que a continuación se reseñan para el ejercicio 2023.
PERSONAL FUNCIONARIO
1.- Funcionarios de carrera:
Denominación
Agentes de la Policía
Local
N.º plazas
Escala
Subescala
Grupo /
subgrupo
CD
Turno
1
Administración
Especial
Servicios
especiales
C1
20
Movilidad
2.- Personal laboral:
Categoría laboral
Operario
N.º plazas
Denominación
Grupo / subgrupo
CD
Turno
1
Operario polideportivo
A/P
14
Libre
En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, el
artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de
reposición potestativo ante el Alcalde, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente
anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Badajoz que por turno corresponda en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la
recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su
derecho.
En Fregenal de la Sierra, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, María Agustina Rodríguez Martínez.
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