Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Magacela. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00327/2023)
Aprobación definitiva del presupuesto general 2023
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Ayuntamiento de Magacela

Anuncio 327/2023

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Magacela
Magacela (Badajoz)
Anuncio 327/2023
Aprobación definitiva del presupuesto general 2023

PRESUPUESTO GENERAL. EJERCICIO DE 2023
Aprobado definitivamente el presupuesto general del Ayuntamiento para el ejercicio de 2023, y comprensivo aquel del
presupuesto general de este Ayuntamiento, bases de ejecución y plantilla de personal funcionario y laboral, de conformidad
con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se pública el resumen del mismo por
capítulos:
I. PRESUPUESTO PARA 2023

GASTOS:
A. Por operaciones corrientes:
1. Gastos de personal

267.207,74 €

2. Gastos en bienes corrientes y de servicios

223.846,40 €

4. Transferencias corrientes

25.208,63 €

B. Por operaciones de capital:
6. Inversiones reales

63.737,23 €
Suman los gastos:

580.000,00 €

INGRESOS:
A. De operaciones corrientes:
1. Impuestos directos

207.831,00 €

2. Impuestos indirectos

11.200,00 €

3. Tasas y otros ingresos

74.712,50 €

4. Transferencias corrientes

194.464,63 €

5. Ingresos patrimoniales

50.574,64 €

B. De operaciones de capital:
6. Enajenación de inversiones reales

500,00 €

7. Transferencias de capital

40.717,23 €
Suman los ingresos:

580.000,00 €

II. PLANTILLA
Funcionarios:
Con habilitación de carácter nacional. Secretaría-Intervención: Una plaza.
Escala de Administración General. Subescala Administrativa: Dos plazas.
Escala de Administración General. Subescala Auxiliar: Una plaza.
Escala de Administración Especial. Subescala de Servicios Especiales: Una plaza.
Personal laboral fijo:
Negativo.
Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la jurisdicción contencioso-administrativa, con los requisitos, formalidades y
causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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