Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Berlanga. (06387/2023)
Aprobación definitiva de modificación de las normas subsidiarias del planeamiento municipal número 6
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Ayuntamiento de Berlanga

Anuncio 6387/2022

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Berlanga
Berlanga (Badajoz)
Anuncio 6387/2022
Aprobación definitiva de modificación de las normas subsidiarias del planeamiento municipal número 6

ANUNCIO DE 27 DE DICIEMBRE DE 2022 SOBRE APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE LAS NORMAS
SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO MUNICIPAL DE BERLANGA NÚMERO 6/2019, CONSISTENTE EN EL REAJUSTE DE LAS
ALIENACIONES DE LAS CALLES EXTRAMUROS Y TENERÍA, ADECUÁNDOSE A LA REALIDAD EXISTENTE.
Por acuerdo de Pleno, adoptado en sesión extraordinaria celebrada en fecha 10 de octubre de 2022, el Ayuntamiento de
Berlanga, ha aprobado definitivamente, la modificación puntual número 6/2019 de las normas subsidiarias de planeamiento
municipal de Berlanga, consistente en el reajuste de las alienaciones de las calles Extramuros y Tenería, adecuándose a la
realidad existente.
Habiéndose procedido con fecha 14 de diciembre de 2022 y con número: BA/074/2022 al depósito de la citada modificación
en el Registro Único de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, dependiente de la Consejería Agricultura,
Desarrollo Rural, Población y Territorio, se hace público dicho acuerdo mediante la publicación del presente anuncio en el
Diario Oficial de Extremadura, Boletín Oficial de la Provincia y sede electrónica de este Excmo. Ayuntamiento de acuerdo con
los artículos 57 y 49 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de
Extremadura, artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículo 137 del
Decreto 7/2007, de 23 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de Extremadura.
Contra este acuerdo, que tiene carácter normativo, no cabe recurso en vía administrativa (artículo 112.3 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), y solo podrá interponerse
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de igual nombre del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo
de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación (artículo 46 de Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa), sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime
procedente.
En Berlanga, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Juan Manuel Ortiz Paredes.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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