Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (00254/2023)
Bases de la convocatoria para cubrir en propiedad una plaza de Técnico Medioambiental, personal funcionario, turno libre, por el sistema de oposición, para el Servicio de Agricultura y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Don Benito
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Ayuntamiento de Don Benito

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3.3.- Plazo de presentación de instancias: El plazo de presentación será de 20 días hábiles a contar del
siguiente a aquel en que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado
(BOE), una vez que se hayan publicado íntegramente las Bases en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de
Badajoz.
3.4.- Derechos de examen: De acuerdo a lo establecido en el artículo 6 de la Ordenanza reguladora de la tasa
por derechos de examen aprobada por este Ayuntamiento (BOP de Badajoz de 8 de febrero de 2010), se fijan
en la cantidad de 20,00 euros cuyo importe se hará efectivo dentro del plazo de presentación de instancias,
mediante ingreso bancario en cualquiera de las siguientes cuentas:

Banca Pueyo

Número: ES84 0078 0006 36 4002000440

Caja Mar

Número: ES44 3058 6703 41 2732000013

Santander

Número: ES05 0049 2427 53 2314010288

Abanca

Número: ES22 2080 3582 81 3040016020

Ibercaja (Caja Badajoz)

Número: ES62 2085 4515 73 0330017846

Unicaja Banco

Número: ES19 2103 7413 7800 30001903

Caja Rural de Extremadura

Número: ES87 3009 0003 11 1141216125

Cajalmendralejo

Número: ES76 3001 0018 47 1820754401

CaixaBank

Número: ES13 2100 1691 1102 0002 7224

En el documento de pago deberá figurar: "Ilmo. Ayuntamiento de Don Benito. Pruebas selectivas a una plaza
de Técnico Medioambiental, nombre, apellidos y DNI del aspirante".
No obstante, según el artículo 7 de la mencionada Ordenanza se establece "una reducción del 50% de la cuota
en los siguientes casos:
Aquellos aspirantes que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Los solicitantes que se encuentren en situación legal de desempleo (quedando excluidos de este
apartado los demandantes de mejora de empleo).
La condición de desempleado se acreditará mediante certificado emitido por el Instituto Nacional de Empleo
o, en su caso, el Servicio Regional de Empleo que corresponda, acompañando a dicho certificado el informe
actualizado de la vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
Las bonificaciones citadas en los apartados anteriores no serán acumulables".
Los aspirantes que pretendan acogerse a la bonificación por encontrarse en desempleo deberán justificar
dicha condición, mediante certificado o informe que acredite tal situación a fecha de presentación de la
solicitud.
3.5.- Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados, en cualquier momento, de oficio,
o a petición de los interesados.
3.6.- Los aspirantes quedan vinculados/as a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo
demandar su modificación dentro del plazo establecido de presentación de solicitudes, mediante escrito
motivado, transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
4.ª.- Admisión de aspirantes.
4.1.- Terminado el plazo de presentación de instancias, el Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente dictará resolución en el
plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, así como la causa
de exclusión de éstos últimos, que se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Badajoz y en el
tablón de anuncios del Ayuntamiento de Don Benito, y en el tablón de empleo del Área Actualidad/Empleo de
la página web del Ayuntamiento de Don Benito: www.donbenito.es, concediéndose un plazo de 10 días
hábiles para subsanación de defectos y reclamaciones, a partir del siguiente a la publicación en el BOP.
4.2.- Las reclamaciones, si las hubiera, serán aceptadas o rechazadas en resolución de la Alcaldía, por la que
se aprueba la lista definitiva de aspirantes, que se dictará en el plazo máximo de un mes contado desde la
finalización del plazo de subsanación de errores y reclamaciones, que será publicada en el Boletín Oficial de la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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