Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Los Guadalperales. Boletín Oficial de la Provincia (Badajoz). (06454/2023)
Convocatoria para la provisión de varias plazas, como personal laboral fijo mediante concurso, incluidas en la oferta de empleo público para estabilización
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Los Guadalperales
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Mérito
Puntuación
B
Titulación académica.
La titulación académica se acreditará mediante entrega de copia del título académico
oficial de mayor grado alcanzado.
Máximo 20
puntos
B1
Por la posesión de titulaciones académicas o profesionales oficiales de nivel igual o
superior y distintas a la requerida para el acceso al cuerpo, escala o categoría
correspondiente:
20 puntos
C
Formación.
Los méritos por formación se acreditarán mediante entrega de los diplomas o certificados
correspondientes a los cursos alegados, que deberán expresar el contenido de la
formación y el número de horas de la misma.
Máximo 10
puntos
C1 Por cursos de formación recibidos o impartidos, organizados por instituciones públicas o
entidades privadas de reconocido prestigio apreciado por el Tribunal, con una duración
mínima de 20 horas, en materias específicas relacionadas con el puesto ofertado, por hora
de formación:
0,20 puntos
C2 Por cursos de formación recibidos o impartidos, organizados por instituciones públicas o
entidades privadas de reconocido prestigio apreciado por el Tribunal, con una duración
mínima de 20 horas, orientados al desempeño de otras funciones no específicas en el
cuerpo o escala o en la categoría profesional a la que se desea acceder, por hora de
formación:
0,10 puntos
Novena. Calificación.
La puntuación final será la suma de las puntuaciones adquiridas en los distintos apartados del baremo anterior.
En caso de que dos o más aspirantes obtengan la misma puntuación final, lo criterios a tener en cuenta, a los efectos del
desempate, serán:
1. Mayor puntuación en el apartado experiencia profesional.
2. Mayor puntuación en el apartado de formación.
3. Sorteo.
Décima. Relación de aprobados, acreditación de requisitos exigidos y nombramiento.
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes por orden de
puntuación en la sede electrónica de este Ayuntamiento, indicando aquellos propuestos para su nombramiento o
contratación.
Los aspirantes propuestos acreditarán ante la administración los documentos justificativos de las condiciones de capacidad
y requisitos exigidos en la convocatoria en un plazo no superior a 20 días hábiles.
Quienes dentro del plazo otorgado, salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se
dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados o contratados, quedando anuladas
todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación.
Los aspirantes propuestos, con excepción de aquellos que presten servicios actualmente al Ayuntamiento de Los
Guadalperales, deberán someterse a reconocimiento médico en centro designado por el propio Ayuntamiento, que acredite
su capacidad para el desarrollo de las funciones del puesto de trabajo. En caso de que dicho reconocimiento concluya con
un dictamen negativo, el aspirante no podrá ser nombrado o contratado, quedando anuladas sus actuaciones.
En el caso de personal laboral, se procederá a la formalización del correspondiente contrato de trabajo y la incorporación al
puesto de trabajo dentro del plazo que se establezca. Podrá establecerse la superación del período de prueba que
corresponda de acuerdo con la normativa laboral, con lo que se culmina el proceso y el trabajador adquirirá la condición de
empleado público. Formalizado el contrato, deberá comunicarse a la oficina de empleo que corresponda, en el plazo de los
diez días siguientes a su concertación. Asimismo, deberá informarse a la representación legal de los trabajadores, mediante
entrega de una copia básica de los contratos celebrados.
Decimoprimera. Incompatibilidades.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Máximo 20
puntos
B1
Por la posesión de titulaciones académicas o profesionales oficiales de nivel igual o
superior y distintas a la requerida para el acceso al cuerpo, escala o categoría
correspondiente:
20 puntos
C
Formación.
Los méritos por formación se acreditarán mediante entrega de los diplomas o certificados
correspondientes a los cursos alegados, que deberán expresar el contenido de la
formación y el número de horas de la misma.
Máximo 10
puntos
C1 Por cursos de formación recibidos o impartidos, organizados por instituciones públicas o
entidades privadas de reconocido prestigio apreciado por el Tribunal, con una duración
mínima de 20 horas, en materias específicas relacionadas con el puesto ofertado, por hora
de formación:
0,20 puntos
C2 Por cursos de formación recibidos o impartidos, organizados por instituciones públicas o
entidades privadas de reconocido prestigio apreciado por el Tribunal, con una duración
mínima de 20 horas, orientados al desempeño de otras funciones no específicas en el
cuerpo o escala o en la categoría profesional a la que se desea acceder, por hora de
formación:
0,10 puntos
Novena. Calificación.
La puntuación final será la suma de las puntuaciones adquiridas en los distintos apartados del baremo anterior.
En caso de que dos o más aspirantes obtengan la misma puntuación final, lo criterios a tener en cuenta, a los efectos del
desempate, serán:
1. Mayor puntuación en el apartado experiencia profesional.
2. Mayor puntuación en el apartado de formación.
3. Sorteo.
Décima. Relación de aprobados, acreditación de requisitos exigidos y nombramiento.
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes por orden de
puntuación en la sede electrónica de este Ayuntamiento, indicando aquellos propuestos para su nombramiento o
contratación.
Los aspirantes propuestos acreditarán ante la administración los documentos justificativos de las condiciones de capacidad
y requisitos exigidos en la convocatoria en un plazo no superior a 20 días hábiles.
Quienes dentro del plazo otorgado, salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se
dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados o contratados, quedando anuladas
todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación.
Los aspirantes propuestos, con excepción de aquellos que presten servicios actualmente al Ayuntamiento de Los
Guadalperales, deberán someterse a reconocimiento médico en centro designado por el propio Ayuntamiento, que acredite
su capacidad para el desarrollo de las funciones del puesto de trabajo. En caso de que dicho reconocimiento concluya con
un dictamen negativo, el aspirante no podrá ser nombrado o contratado, quedando anuladas sus actuaciones.
En el caso de personal laboral, se procederá a la formalización del correspondiente contrato de trabajo y la incorporación al
puesto de trabajo dentro del plazo que se establezca. Podrá establecerse la superación del período de prueba que
corresponda de acuerdo con la normativa laboral, con lo que se culmina el proceso y el trabajador adquirirá la condición de
empleado público. Formalizado el contrato, deberá comunicarse a la oficina de empleo que corresponda, en el plazo de los
diez días siguientes a su concertación. Asimismo, deberá informarse a la representación legal de los trabajadores, mediante
entrega de una copia básica de los contratos celebrados.
Decimoprimera. Incompatibilidades.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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