Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Barcarrota. Boletín Oficial de la Provincia (Badajoz). (06398/2023)
Bases de la convocatoria para la selección por el sistema de concurso de méritos de una plaza de Encargado de Almacén, incluida en la oferta de empleo público para estabilización
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Ayuntamiento de Barcarrota

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de concurso.
B.- Formación especifica: Máximo 2 puntos.
Curso de entre 10 a 30 horas: 0.70 puntos.
Curso de 31 a 50 horas: 0.90 puntos.
Curso de 51 a 100 horas: 1.90 puntos.
Curso de 101 a 200 horas: 2 puntos.
Los cursos se acreditarán mediante copia auténtica del diploma o certificado de aprovechamiento o asistencia, debiendo
constar expresamente la duración de los mismos. Los cursos en los que no se acredite el número de horas, y/o de créditos
no se valorarán. Asimismo, para los cursos que acrediten solo número de créditos se tendrá en cuenta que cada crédito
equivale a 10 horas.
No obstante, el Tribunal podrá requerir en cualquier momento del procedimiento la aportación de la documentación
original que considere necesaria, sin que ello suponga en ningún caso efectos subsanatorios. La no aportación de los
documentos originales justificativos a requerimiento del Tribunal conllevará la pérdida de la puntuación que pudiera
corresponder para la fase de concurso.
El concurso de méritos alegados no podrá superar en ningún caso la puntuación máxima de 10 puntos.
En caso de empate en la puntuación, el orden de los aspirantes se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida
en el apartado A1 de la base novena. En caso de persistir se atenderá a quien obtenga la mejor puntuación en el apartado B
de la base novena. Y de seguir, se realizaría por sorteo.
Décima: Relación de aprobados, presentación de documentación y formalización del contrato.
Terminada la calificación y transcurrido el periodo de tres días, sin que hayan presentado alegaciones por los aspirantes o,
resueltas las mismas, el Tribunal Calificador publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Barcarrota, y a efectos
meramente informativos en la Web de la Corporación, el nombre de los aspirantes que hayan obtenido la mayor puntuación
en función de la suma de puntuaciones obtenidas, que se elevará al Sr. Alcalde- Presidente para que proceda al objeto de
formalizar la contratación y ocupar su plaza en el plazo máximo de un mes a contar del siguiente al que le sea notificado
haber superado el proceso selectivo.
Los aspirantes propuestos, presentarán en el Ayuntamiento, en el plazo de 10 días naturales contados a partir del siguiente
a la publicación de la lista de seleccionados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, los documentos acreditativos de que
poseen las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en esta convocatoria en la base tercera. Y en concreto:
a) Fotocopia del DNI junto al original para su compulsa.
b) Fotocopia del título académico exigido o certificación académica que acredita haber finalizado todos los
estudios, junto con el original para su compulsa.
c) Declaración responsable de no tener otro empleo retribuido con cargo a cualquier organismo público,
incluida la Seguridad Social el día de la firma del contrato, estándose a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26
de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas, y en especial su
articulo 10 y en todas las que se dicten en su desarrollo.
d) Declaración responsable de no ejercer actividades privadas incompatibles con el puesto de trabajo que se
va a desempeñar en este Ayuntamiento y, en especial respecto a las actividades previstas en los artículos 11 y
12 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las
Administraciones Públicas, y/o solicitud de compatibilidad para el ejercicio de actividades privadas que se
desarrollen al margen de este Ayuntamiento.
e) Certificado médico oficial que acredite no padecer enfermedad ni defecto físico que le imposibilite para el
ejercicio propio de las funciones a la plaza que opta.
Los aspirantes propuestos que ostenten la condición de empleados públicos estarán exentos de justificar documentalmente
las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento y demás circunstancias que consten en
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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