Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Barcarrota. Boletín Oficial de la Provincia (Badajoz). (06409/2023)
Bases de la convocatoria personal laboral fijo, por el sistema de concurso de méritos, de una plaza de Auxiliar de Protección Civil, incluidas en la oferta de empleo público para estabilización
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Barcarrota
Anuncio 6409/2022
Curso de 101 a 200 horas: 2 puntos.
Los cursos se acreditarán mediante copia auténtica del diploma o certificado de aprovechamiento o asistencia, debiendo
constar expresamente la duración de los mismos. Los cursos en los que no se acredite el número de horas, y/o de créditos
no se valorarán. Asimismo, para los cursos que acrediten solo número de créditos se tendrá en cuenta que cada crédito
equivale a 10 horas.
No obstante, el Tribunal podrá requerir en cualquier momento del procedimiento la aportación de la documentación
original que considere necesaria, sin que ello suponga en ningún caso efectos subsanatorios. La no aportación de los
documentos originales justificativos a requerimiento del Tribunal conllevará la pérdida de la puntuación que pudiera
corresponder para la fase de concurso.
El concurso de méritos alegados no podrá superar en ningún caso la puntuación máxima de 10 puntos.
En el caso que se produjese empates, estos se resolverán atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:
1.º Mayor puntuación en los apartados de méritos por el orden que éstos aparecen.
2.º Mayor puntuación en los sub-apartados de méritos, por el orden en que éstos aparecen.
3.º En caso de persistir el empate, se resolverá por sorteo.
Décima: Relación de aprobados, presentación de documentación y formalización del contrato.
Terminada la calificación y transcurrido el periodo de tres días, sin que hayan presentado alegaciones por los aspirantes o,
resueltas las mismas, el Tribunal Calificador publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Barcarrota, y a efectos
meramente informativos en la Web de la Corporación, el nombre de los aspirantes que hayan obtenido la mayor puntuación
en función de la suma de puntuaciones obtenidas, que se elevará al Sr. Alcalde- Presidente para que proceda al objeto de
formalizar la contratación y ocupar su plaza en el plazo máximo de un mes a contar del siguiente al que le sea notificado
haber superado el proceso selectivo.
Los aspirantes propuestos, presentarán en el Ayuntamiento, en el plazo de 10 días naturales contados a partir del siguiente
a la publicación de la lista de seleccionados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, los documentos acreditativos de que
poseen las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en esta convocatoria en la base tercera. Y en concreto:
a) Fotocopia del DNI junto al original para su compulsa.
b) Fotocopia del título académico exigido o certificación académica que acredita haber finalizado todos los
estudios, junto con el original para su compulsa.
c) Declaración responsable de no tener otro empleo retribuido con cargo a cualquier organismo público,
incluida la Seguridad Social el día de la firma del contrato, estándose a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26
de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas, y en especial su
articulo 10 y en todas las que se dicten en su desarrollo.
d) Declaración responsable de no ejercer actividades privadas incompatibles con el puesto de trabajo que se
va a desempeñar en este Ayuntamiento y, en especial respecto a las actividades previstas en los artículos 11 y
12 de la Ley 53/84 de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones
públicas, y/o solicitud de compatibilidad para el ejercicio de actividades privadas que se desarrollen al margen
de este Ayuntamiento.
e) Certificado médico oficial que acredite no padecer enfermedad ni defecto físico que le imposibilite para el
ejercicio propio de las funciones a la plaza que opta.
Los aspirantes propuestos que ostenten la condición de empleados públicos estarán exentos de justificar documentalmente
las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento y demás circunstancias que consten en
su expediente personal.
Quienes dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaran su documentación o no reunieran los
requisitos exigidos, no podrán ser contratados, y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieran incurrido.
Undecima.- Recursos.
Las presentes bases vinculan a la administración, al Tribual de Selección y a quienes participen en el proceso de selección, y
tanto la presente convocatoria como sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del
Tribunal de selección podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y formas que determina la Ley 7/1985, de 2
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Curso de 101 a 200 horas: 2 puntos.
Los cursos se acreditarán mediante copia auténtica del diploma o certificado de aprovechamiento o asistencia, debiendo
constar expresamente la duración de los mismos. Los cursos en los que no se acredite el número de horas, y/o de créditos
no se valorarán. Asimismo, para los cursos que acrediten solo número de créditos se tendrá en cuenta que cada crédito
equivale a 10 horas.
No obstante, el Tribunal podrá requerir en cualquier momento del procedimiento la aportación de la documentación
original que considere necesaria, sin que ello suponga en ningún caso efectos subsanatorios. La no aportación de los
documentos originales justificativos a requerimiento del Tribunal conllevará la pérdida de la puntuación que pudiera
corresponder para la fase de concurso.
El concurso de méritos alegados no podrá superar en ningún caso la puntuación máxima de 10 puntos.
En el caso que se produjese empates, estos se resolverán atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:
1.º Mayor puntuación en los apartados de méritos por el orden que éstos aparecen.
2.º Mayor puntuación en los sub-apartados de méritos, por el orden en que éstos aparecen.
3.º En caso de persistir el empate, se resolverá por sorteo.
Décima: Relación de aprobados, presentación de documentación y formalización del contrato.
Terminada la calificación y transcurrido el periodo de tres días, sin que hayan presentado alegaciones por los aspirantes o,
resueltas las mismas, el Tribunal Calificador publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Barcarrota, y a efectos
meramente informativos en la Web de la Corporación, el nombre de los aspirantes que hayan obtenido la mayor puntuación
en función de la suma de puntuaciones obtenidas, que se elevará al Sr. Alcalde- Presidente para que proceda al objeto de
formalizar la contratación y ocupar su plaza en el plazo máximo de un mes a contar del siguiente al que le sea notificado
haber superado el proceso selectivo.
Los aspirantes propuestos, presentarán en el Ayuntamiento, en el plazo de 10 días naturales contados a partir del siguiente
a la publicación de la lista de seleccionados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, los documentos acreditativos de que
poseen las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en esta convocatoria en la base tercera. Y en concreto:
a) Fotocopia del DNI junto al original para su compulsa.
b) Fotocopia del título académico exigido o certificación académica que acredita haber finalizado todos los
estudios, junto con el original para su compulsa.
c) Declaración responsable de no tener otro empleo retribuido con cargo a cualquier organismo público,
incluida la Seguridad Social el día de la firma del contrato, estándose a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26
de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas, y en especial su
articulo 10 y en todas las que se dicten en su desarrollo.
d) Declaración responsable de no ejercer actividades privadas incompatibles con el puesto de trabajo que se
va a desempeñar en este Ayuntamiento y, en especial respecto a las actividades previstas en los artículos 11 y
12 de la Ley 53/84 de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones
públicas, y/o solicitud de compatibilidad para el ejercicio de actividades privadas que se desarrollen al margen
de este Ayuntamiento.
e) Certificado médico oficial que acredite no padecer enfermedad ni defecto físico que le imposibilite para el
ejercicio propio de las funciones a la plaza que opta.
Los aspirantes propuestos que ostenten la condición de empleados públicos estarán exentos de justificar documentalmente
las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento y demás circunstancias que consten en
su expediente personal.
Quienes dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaran su documentación o no reunieran los
requisitos exigidos, no podrán ser contratados, y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieran incurrido.
Undecima.- Recursos.
Las presentes bases vinculan a la administración, al Tribual de Selección y a quienes participen en el proceso de selección, y
tanto la presente convocatoria como sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del
Tribunal de selección podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y formas que determina la Ley 7/1985, de 2
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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