Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de San Serván. Boletín Oficial de la Provincia (Badajoz). (06486/2023)
Bases de la convocatoria para cubrir mediante el sistema de concurso, una plaza de Educador/a Responsable Infantil
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Arroyo de San Serván
Anuncio 6486/2022
Asimismo, si el Tribunal, durante el desarrollo del proceso selectivo, tuviera conocimiento o dudas fundadas de que alguno
de los/as aspirantes carece de la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y funciones habituales de la categoría
objeto de la convocatoria, recabará informe preceptivo de los órganos técnicos competentes, el cual será emitido en el plazo
máximo de quince días y tendrá carácter de determinante para resolver. De esta actuación se dará conocimiento al
interesado/a, al objeto de que pueda formular las alegaciones que estime oportunas.
Si del contenido del dictamen se desprende que el/la aspirante carece de capacidad funcional, el Tribunal, previa audiencia
del interesado/a, emitirá propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo dirigida al órgano competente.
Hasta que se dicte la oportuna resolución por el órgano competente el/la aspirante podrá seguir participando
condicionadamente en el proceso selectivo.
Sexta.- Procedimiento de selección: Concurso.
El sistema selectivo será el de concurso de valoración de méritos.
Se valorarán los siguientes méritos:
1) La experiencia profesional, se valorará con un máximo de 6 puntos:
a) Servicios prestados en el Ayuntamiento de Arroyo de San Serván como personal funcionario
o personal laboral en el puesto de (Educador/a / Responsable Área Infantil), hasta la fecha de
terminación del plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,12 puntos por mes
completo de servicios efectivos a jornada completa (debiendo aportar certificados de empresa,
vida laboral y contratos), si el porcentaje de jornada fuera inferior a la jornada completa se
valorará proporcionalmente.
b) Servicios prestados en el Ayuntamiento de Arroyo de San Serván, como personal funcionario
o personal laboral en la categoría profesional (grupo de cotización 2 o superior) y puesto con
funciones idénticas o similares (y superiores) a las de la vacante en cuestión (Educador/a /
Responsable Infantil), hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, se
otorgarán 0,02 puntos por mes completo de servicios efectivos a jornada completa (debiendo
aportar certificados de empresa, vida laboral y contratos), si el porcentaje de jornada fuera
inferior a la jornada completa se valorará proporcionalmente.
c) Servicios prestados en administraciones públicas o entes del sector público como personal
funcionario o personal laboral en la categoría profesional grupo de cotización 2 o superior) y
puesto con funciones idénticas o similares (y superiores) a las de la vacante en cuestión
(Educadora / Responsable Infantil), hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de
solicitudes, se otorgarán 0,01 puntos por mes completo de servicios efectivos a jornada
completa (debiendo aportar certificados de empresa, vida laboral y contratos), si el porcentaje
de jornada fuera inferior a la jornada completa se valorará proporcionalmente.
La acreditación de los servicios prestados en las distintas administraciones públicas deberá
hacerse obligatoriamente mediante la presentación de la certificación contenida en el anexo I
del Real Decreto 1461/1982, de 25 de junio, por el que se dictan normas de aplicación de la Ley
70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración
Pública).
2) Méritos académicos u otros méritos, se valorarán con un máximo 4 puntos:
a) Cursos de formación. No se tendrá en cuenta la titulación ya valorada en el apartado a)
anterior.
Se valorarán los títulos y/o cursos de perfeccionamiento y especialización y másteres realizados
debidamente acreditados, y en los que conste su duración, y que versen sobre materias
directamente relacionadas con la plaza/puesto que se opta, atendiendo al siguiente desglose:
De 1 a 5 horas: 0,10 puntos.
De 6 horas a 10 horas: 0,25 puntos.
De 11 horas a 25 horas: 0,50 puntos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Asimismo, si el Tribunal, durante el desarrollo del proceso selectivo, tuviera conocimiento o dudas fundadas de que alguno
de los/as aspirantes carece de la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y funciones habituales de la categoría
objeto de la convocatoria, recabará informe preceptivo de los órganos técnicos competentes, el cual será emitido en el plazo
máximo de quince días y tendrá carácter de determinante para resolver. De esta actuación se dará conocimiento al
interesado/a, al objeto de que pueda formular las alegaciones que estime oportunas.
Si del contenido del dictamen se desprende que el/la aspirante carece de capacidad funcional, el Tribunal, previa audiencia
del interesado/a, emitirá propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo dirigida al órgano competente.
Hasta que se dicte la oportuna resolución por el órgano competente el/la aspirante podrá seguir participando
condicionadamente en el proceso selectivo.
Sexta.- Procedimiento de selección: Concurso.
El sistema selectivo será el de concurso de valoración de méritos.
Se valorarán los siguientes méritos:
1) La experiencia profesional, se valorará con un máximo de 6 puntos:
a) Servicios prestados en el Ayuntamiento de Arroyo de San Serván como personal funcionario
o personal laboral en el puesto de (Educador/a / Responsable Área Infantil), hasta la fecha de
terminación del plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,12 puntos por mes
completo de servicios efectivos a jornada completa (debiendo aportar certificados de empresa,
vida laboral y contratos), si el porcentaje de jornada fuera inferior a la jornada completa se
valorará proporcionalmente.
b) Servicios prestados en el Ayuntamiento de Arroyo de San Serván, como personal funcionario
o personal laboral en la categoría profesional (grupo de cotización 2 o superior) y puesto con
funciones idénticas o similares (y superiores) a las de la vacante en cuestión (Educador/a /
Responsable Infantil), hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, se
otorgarán 0,02 puntos por mes completo de servicios efectivos a jornada completa (debiendo
aportar certificados de empresa, vida laboral y contratos), si el porcentaje de jornada fuera
inferior a la jornada completa se valorará proporcionalmente.
c) Servicios prestados en administraciones públicas o entes del sector público como personal
funcionario o personal laboral en la categoría profesional grupo de cotización 2 o superior) y
puesto con funciones idénticas o similares (y superiores) a las de la vacante en cuestión
(Educadora / Responsable Infantil), hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de
solicitudes, se otorgarán 0,01 puntos por mes completo de servicios efectivos a jornada
completa (debiendo aportar certificados de empresa, vida laboral y contratos), si el porcentaje
de jornada fuera inferior a la jornada completa se valorará proporcionalmente.
La acreditación de los servicios prestados en las distintas administraciones públicas deberá
hacerse obligatoriamente mediante la presentación de la certificación contenida en el anexo I
del Real Decreto 1461/1982, de 25 de junio, por el que se dictan normas de aplicación de la Ley
70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración
Pública).
2) Méritos académicos u otros méritos, se valorarán con un máximo 4 puntos:
a) Cursos de formación. No se tendrá en cuenta la titulación ya valorada en el apartado a)
anterior.
Se valorarán los títulos y/o cursos de perfeccionamiento y especialización y másteres realizados
debidamente acreditados, y en los que conste su duración, y que versen sobre materias
directamente relacionadas con la plaza/puesto que se opta, atendiendo al siguiente desglose:
De 1 a 5 horas: 0,10 puntos.
De 6 horas a 10 horas: 0,25 puntos.
De 11 horas a 25 horas: 0,50 puntos.
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