Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Monesterio. Boletín Oficial de la Provincia (Badajoz). (06495/2023)
Bases de la convocatoria para cubrir en propiedad un puesto de Oficial 2ª Sepultero, como personal laboral , dentro del proceso de estabilización
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Monesterio
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oír la opinión de técnicos especialistas, que tendrán voz, pero no voto, así como de colaboradores en tareas de vigilancia y
control de desarrollo de los diferentes ejercicios.
5.6.- Otras facultades del Tribunal.
El Tribunal podrá requerir a los aspirantes, en cualquier momento del proceso, la documentación acreditativa de los
requisitos exigidos en la convocatoria. En caso de constatarse que alguno de los aspirantes no reúne uno o varios de los
requisitos, el Tribunal, previa audiencia al interesado, deberá emitir propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo,
dirigida al órgano que hubiera aprobado la relación definitiva de aspirantes admitidos, comunicando, asimismo, las
inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en su solicitud de participación a los efectos pertinentes. Contra la
resolución de dicho órgano podrán interponerse los recursos administrativos que procedan.
Asimismo, si el Tribunal, durante el desarrollo del proceso selectivo, tuviera conocimiento o dudas fundadas de que alguno
de los aspirantes carece de la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y funciones habituales de la categoría
objeto de la convocatoria, recabará informe preceptivo de los órganos técnicos competentes, el cual será emitido en el plazo
máximo de quince días y tendrá carácter de determinante para resolver. De esta actuación se dará conocimiento al
interesado, al objeto de que pueda formular las alegaciones que estime oportunas.
Si del contenido del dictamen se desprende que el aspirante carece de capacidad funcional, el Tribunal, previa audiencia del
interesado, emitirá propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo dirigida al órgano competente.
Hasta que se dicte la oportuna resolución por el órgano competente el aspirante podrá seguir participando
condicionadamente en el proceso selectivo.
El Tribunal podrá excluir a aquellos opositores en cuyas hojas de examen figuren nombres, marcas o signos que permitan
conocer la identidad de los autores o lleven a cabo cualquier actuación de tipo fraudulento durante la realización de los
ejercicios.
Sexta.- Desarrollo de la convocatoria y proceso selectivo. El proceso de selección será de concurso-oposición y consistirá en
dos pruebas.
6.1.- Fase oposición, máximo 15 puntos.
La fase de oposición será previa a la del concurso. Consistirá en la realización de dos pruebas de aptitud, eliminatorias y
obligatorias para los aspirantes.
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo
causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.
Los aspirantes deberán acudir provistos del NIF o, en su defecto, pasaporte o permiso de conducir.
Finalizada la oposición, el Tribunal procederá a valorar los méritos y servicios de los aspirantes que hayan sido considerados
como aptos en la citada fase de oposición.
Esta fase de oposición se valorará con un 60% (15 puntos) de la puntuación total, que supone una puntuación máxima de 25
puntos.
6.1.a) Primera prueba: Prueba teórica, tipo test.
Una primera prueba que consistirá en la realización de un cuestionario tipo test de 20 preguntas más 5
adicionales como reserva, con tres opciones de respuesta, siendo únicamente una de ellas correcta,
relacionadas con el temario recogido en el anexo III de las que sólo una será la correcta, no penalizándose las
respuestas incorrectas o no contestadas. El tiempo para la realización del ejercicio será de 30 minutos.
(La prueba tiene carácter eliminatorio, y se calificará con un máximo de 10 puntos).
Solo podrán superar la primera prueba las 10 mejores notas obtenidas en el test, salvo en caso de empate, en
el que podrán acceder a las siguientes pruebas las personas que hubieran empatado con la 10.ª mejor nota.
6.1.b) Segunda prueba: Prueba práctica, consistirá en superar una prueba de carácter práctico (no escrita),
durante un período máximo de treinta minutos, y consistirá en la realización de uno o varios supuestos de
carácter práctico, iguales para todos los opositores, que planteará el Tribunal inmediatamente antes del
comienzo del ejercicio, que serán concernientes a las funciones de Sepulturero y relacionada con las materias
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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control de desarrollo de los diferentes ejercicios.
5.6.- Otras facultades del Tribunal.
El Tribunal podrá requerir a los aspirantes, en cualquier momento del proceso, la documentación acreditativa de los
requisitos exigidos en la convocatoria. En caso de constatarse que alguno de los aspirantes no reúne uno o varios de los
requisitos, el Tribunal, previa audiencia al interesado, deberá emitir propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo,
dirigida al órgano que hubiera aprobado la relación definitiva de aspirantes admitidos, comunicando, asimismo, las
inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en su solicitud de participación a los efectos pertinentes. Contra la
resolución de dicho órgano podrán interponerse los recursos administrativos que procedan.
Asimismo, si el Tribunal, durante el desarrollo del proceso selectivo, tuviera conocimiento o dudas fundadas de que alguno
de los aspirantes carece de la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y funciones habituales de la categoría
objeto de la convocatoria, recabará informe preceptivo de los órganos técnicos competentes, el cual será emitido en el plazo
máximo de quince días y tendrá carácter de determinante para resolver. De esta actuación se dará conocimiento al
interesado, al objeto de que pueda formular las alegaciones que estime oportunas.
Si del contenido del dictamen se desprende que el aspirante carece de capacidad funcional, el Tribunal, previa audiencia del
interesado, emitirá propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo dirigida al órgano competente.
Hasta que se dicte la oportuna resolución por el órgano competente el aspirante podrá seguir participando
condicionadamente en el proceso selectivo.
El Tribunal podrá excluir a aquellos opositores en cuyas hojas de examen figuren nombres, marcas o signos que permitan
conocer la identidad de los autores o lleven a cabo cualquier actuación de tipo fraudulento durante la realización de los
ejercicios.
Sexta.- Desarrollo de la convocatoria y proceso selectivo. El proceso de selección será de concurso-oposición y consistirá en
dos pruebas.
6.1.- Fase oposición, máximo 15 puntos.
La fase de oposición será previa a la del concurso. Consistirá en la realización de dos pruebas de aptitud, eliminatorias y
obligatorias para los aspirantes.
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo
causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.
Los aspirantes deberán acudir provistos del NIF o, en su defecto, pasaporte o permiso de conducir.
Finalizada la oposición, el Tribunal procederá a valorar los méritos y servicios de los aspirantes que hayan sido considerados
como aptos en la citada fase de oposición.
Esta fase de oposición se valorará con un 60% (15 puntos) de la puntuación total, que supone una puntuación máxima de 25
puntos.
6.1.a) Primera prueba: Prueba teórica, tipo test.
Una primera prueba que consistirá en la realización de un cuestionario tipo test de 20 preguntas más 5
adicionales como reserva, con tres opciones de respuesta, siendo únicamente una de ellas correcta,
relacionadas con el temario recogido en el anexo III de las que sólo una será la correcta, no penalizándose las
respuestas incorrectas o no contestadas. El tiempo para la realización del ejercicio será de 30 minutos.
(La prueba tiene carácter eliminatorio, y se calificará con un máximo de 10 puntos).
Solo podrán superar la primera prueba las 10 mejores notas obtenidas en el test, salvo en caso de empate, en
el que podrán acceder a las siguientes pruebas las personas que hubieran empatado con la 10.ª mejor nota.
6.1.b) Segunda prueba: Prueba práctica, consistirá en superar una prueba de carácter práctico (no escrita),
durante un período máximo de treinta minutos, y consistirá en la realización de uno o varios supuestos de
carácter práctico, iguales para todos los opositores, que planteará el Tribunal inmediatamente antes del
comienzo del ejercicio, que serán concernientes a las funciones de Sepulturero y relacionada con las materias
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