Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cordobilla de Lácara. Boletín Oficial de la Provincia (Badajoz). (00225/2023)
Aprobación definitiva de la modificación de crédito 01/2022, de suplemento de crédito financiado con remanente de Tesorería del ejercicio anterior
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Ayuntamiento de Cordobilla de Lácara

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Cordobilla de Lácara
Cordobilla de Lácara (Badajoz)
Anuncio 225/2023
Aprobación definitiva de la modificación de crédito 01/2022, de suplemento de crédito financiado con remanente de
Tesorería del ejercicio anterior

APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA NÚMERO 1.2022/1 DEL PRESUPUESTO, MODALIDAD
SUPLEMENTO DE CRÉDITOS 1/2022, FINANCIADO CON CARGO AL REMANENTE LÍQUIDO DE TESORERÍA DEL EJERCICIO
ANTERIOR
Habiéndose aprobado inicialmente el expediente de modificación presupuestaria número 1.2022/2, modalidad suplemento
de crédito número 1/2022 financiado con cargo al remanente de Tesorería del ejercicio anterior mediante acuerdo de Pleno
de fecha 15 de diciembre de 2022 del Ayuntamiento de Cordobilla de Lácara, al no haberse presentado alegaciones al
mismo, se entiende definitivamente aprobado sin necesidad de ulterior acuerdo, por lo que se publica el mismo para su
general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Presupuesto de gastos

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales €

Modificaciones de crédito €

Créditos finales €

8.500,00

10.000,00

18.500,00

Progr. Económica
171

639.01

Arreglo de caminos y
cauce
Total

18.500,00

Estado de ingresos

Aplicación: económica
Cap.

Art.

Conc.

8

87

870.00

Descripción
Remanente de Tesorería del ejercicio anterior
Total ingresos

Euros
18.500,00
18.500,00

Contra el presente acuerdo conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo,
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en Cáceres, en el
plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá
por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Cordobilla de Lácara, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Ángel Serván Expósito,

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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