Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guareña. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (00184/2023)
Lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos al proceso selectivo de una plaza de Gerente de Dinamización Comercial del Ayuntamiento de Guareña
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Ayuntamiento de Guareña
Anuncio 184/2023
administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha
dictado en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No obstante, se podrá interponer directamente
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la
publicación de esta resolución ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo dispuesto en
el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.
En el supuesto de que fuese interpuesto recurso potestativo de reposición, el plazo para interponer el recurso contenciosoadministrativo se contará desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de
reposición, o en que este deba entenderse presuntamente desestimado. No obstante se podrá ejercitar, en su caso,
cualquier otro recurso que se estime procedente.
En Guareña, a fecha de la firma digital.- Concejal Delegado, Josefa Ruiz Carrasco.
(P.D. publicada en el BOP de Badajoz número 126 de fecha 4 de julio de 2019).
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha
dictado en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No obstante, se podrá interponer directamente
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la
publicación de esta resolución ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo dispuesto en
el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.
En el supuesto de que fuese interpuesto recurso potestativo de reposición, el plazo para interponer el recurso contenciosoadministrativo se contará desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de
reposición, o en que este deba entenderse presuntamente desestimado. No obstante se podrá ejercitar, en su caso,
cualquier otro recurso que se estime procedente.
En Guareña, a fecha de la firma digital.- Concejal Delegado, Josefa Ruiz Carrasco.
(P.D. publicada en el BOP de Badajoz número 126 de fecha 4 de julio de 2019).
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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