Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (00199/2023)
Delegación de funciones en materia relativa a la asistencia a expropiaciones forzosas
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros
Anuncio 199/2023
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros
Jerez de los Caballeros (Badajoz)
Anuncio 199/2023
Delegación de funciones en materia relativa a la asistencia a expropiaciones forzosas
La Alcaldesa Presidenta, Virginia Borrallo Rubio con fecha del día de hoy ha dictado la siguiente resolución, transcrita
literalmente a continuación:
"RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Considerando que con fecha 26 de enero de 2021 se celebró Pleno extraordinario en el que fui elegida Alcaldesa-Presidenta
de la organización.
Considerando que conforme el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, en las expropiaciones que se produzcan
deberá estar presente el Alcalde o Concejal en quien delegue.
Examinada la documentación que la acompaña y de conformidad con lo establecido en los artículos 9.1 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local; y 43 a 45, 114 a 118, 120 y 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
RESUELVO
Primero. Delegar en José Javier de la Cruz Sevilla, el ejercicio de la atribución de la Alcaldía relativa a la
asistencia a las expropiaciones forzosas que se produzcan en Jerez de los Caballeros durante el año 2023.
Segundo. Imponer al delegado la obligación de informar a esta Alcaldía, a posteriori, con periodicidad anual y,
en todo caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el
período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en al
artículo 115 Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales
aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
Tercero. Establecer que los actos dictados por el delegado en ejercicio de las atribuciones que le han sido
delegadas deben indicar expresamente esta circunstancia y que se considerarán dictados por la Alcaldía de
este Ayuntamiento.
Cuarto. Comunicar la presente resolución al delegado.
Quinto. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Sexto. Dar cuenta al Pleno de la Corporación, en la primera sesión que éste celebre, del contenido de la
delegación.
Séptimo. Aplicar, respecto a todo lo no previsto expresamente en la presente resolución, las reglas que para
la delegación de competencias del Alcalde se prevén en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases
del Régimen Local, y del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades
Locales, aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en cuanto a las reglas que para la
delegación se establecen en dichas normas. "
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Jerez de los Caballeros, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, Virginia Borrallo Rubio.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Delegación de funciones en materia relativa a la asistencia a expropiaciones forzosas
La Alcaldesa Presidenta, Virginia Borrallo Rubio con fecha del día de hoy ha dictado la siguiente resolución, transcrita
literalmente a continuación:
"RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Considerando que con fecha 26 de enero de 2021 se celebró Pleno extraordinario en el que fui elegida Alcaldesa-Presidenta
de la organización.
Considerando que conforme el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, en las expropiaciones que se produzcan
deberá estar presente el Alcalde o Concejal en quien delegue.
Examinada la documentación que la acompaña y de conformidad con lo establecido en los artículos 9.1 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local; y 43 a 45, 114 a 118, 120 y 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
RESUELVO
Primero. Delegar en José Javier de la Cruz Sevilla, el ejercicio de la atribución de la Alcaldía relativa a la
asistencia a las expropiaciones forzosas que se produzcan en Jerez de los Caballeros durante el año 2023.
Segundo. Imponer al delegado la obligación de informar a esta Alcaldía, a posteriori, con periodicidad anual y,
en todo caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el
período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en al
artículo 115 Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales
aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
Tercero. Establecer que los actos dictados por el delegado en ejercicio de las atribuciones que le han sido
delegadas deben indicar expresamente esta circunstancia y que se considerarán dictados por la Alcaldía de
este Ayuntamiento.
Cuarto. Comunicar la presente resolución al delegado.
Quinto. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Sexto. Dar cuenta al Pleno de la Corporación, en la primera sesión que éste celebre, del contenido de la
delegación.
Séptimo. Aplicar, respecto a todo lo no previsto expresamente en la presente resolución, las reglas que para
la delegación de competencias del Alcalde se prevén en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases
del Régimen Local, y del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades
Locales, aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en cuanto a las reglas que para la
delegación se establecen en dichas normas. "
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Jerez de los Caballeros, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, Virginia Borrallo Rubio.
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