Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casas de Don Pedro. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (00183/2023)
Aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones 2022-2023
12 páginas totales
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Ayuntamiento de Casas de Don Pedro
Anuncio 183/2023
Capítulo III.- Objetivos, efectos y materias en las que se establecerán subvenciones
Artículo 8
El Ayuntamiento de Casas de Don Pedro establecerá anualmente subvenciones en las siguientes materias:
- Infancia y Juventud.
- Igualdad y Mujer.
- Mayores.
- Discapacidad.
- Bienestar Social, dependencia y discapacidad.
- Cultura y tradiciones
- Educación.
- Empleo, formación para el empleo e inserción laboral.
- NTIC e inclusión de la ciudadanía en la sociedad digital.
- Promoción Económica, dinamización empresarial e innovación.
- Deportes.
- Medio ambiente.
- Cooperación Internacional.
- Turismo.
- Asociacionismo y participación ciudadana.
Artículo 9
Objetivos: Infancia y juventud
Efectos: El Ayuntamiento de Casas de Don Pedro durante el período de vigencia del presente Plan, subvencionará
actividades y programas cuyos efectos repercutan en:
- De ocio y tiempo libre integradoras y accesibles a todos/as.
- Que promocionen valores de solidaridad, paz, tolerancia, coeducación...
- Que fomenten la participación de niños/as y jóvenes en la vida asociativa de las organizaciones juveniles.
- De carácter lúdico-recreativas alternativas y saludables.
- De apoyo escolar.
Artículo 10
Objetivo: En materia de Igualdad y mujer
Efectos: El Ayuntamiento de Casas de Don Pedro durante la vigencia del presente Plan, subvencionará
económicamente programas y servicios cuyos efectos repercutan en:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Anuncio 183/2023
Capítulo III.- Objetivos, efectos y materias en las que se establecerán subvenciones
Artículo 8
El Ayuntamiento de Casas de Don Pedro establecerá anualmente subvenciones en las siguientes materias:
- Infancia y Juventud.
- Igualdad y Mujer.
- Mayores.
- Discapacidad.
- Bienestar Social, dependencia y discapacidad.
- Cultura y tradiciones
- Educación.
- Empleo, formación para el empleo e inserción laboral.
- NTIC e inclusión de la ciudadanía en la sociedad digital.
- Promoción Económica, dinamización empresarial e innovación.
- Deportes.
- Medio ambiente.
- Cooperación Internacional.
- Turismo.
- Asociacionismo y participación ciudadana.
Artículo 9
Objetivos: Infancia y juventud
Efectos: El Ayuntamiento de Casas de Don Pedro durante el período de vigencia del presente Plan, subvencionará
actividades y programas cuyos efectos repercutan en:
- De ocio y tiempo libre integradoras y accesibles a todos/as.
- Que promocionen valores de solidaridad, paz, tolerancia, coeducación...
- Que fomenten la participación de niños/as y jóvenes en la vida asociativa de las organizaciones juveniles.
- De carácter lúdico-recreativas alternativas y saludables.
- De apoyo escolar.
Artículo 10
Objetivo: En materia de Igualdad y mujer
Efectos: El Ayuntamiento de Casas de Don Pedro durante la vigencia del presente Plan, subvencionará
económicamente programas y servicios cuyos efectos repercutan en:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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