Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casas de Don Pedro. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (00183/2023)
Aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones 2022-2023
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Ayuntamiento de Casas de Don Pedro
Anuncio 183/2023
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Casas de Don Pedro
Casas de Don Pedro (Badajoz)
Anuncio 183/2023
Aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones 2022-2023
APROBACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES PARA LOS EJERCICIOS 2022 y 2023
El Pleno del Ayuntamiento de Casas de Don Pedro en sesión extraordinaria celebrada el 29 de diciembre de 2022, aprobó el
Plan Estratégico de Subvenciones para los ejercicios 2022 y 2023, por lo que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo
45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace
público para general conocimiento.
"PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES PARA LOS EJERCICIOS 2022 y 2023
Preámbulo
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS), supone un paso más en el proceso de
perfeccionamiento y racionalización del sistema económico. Uno de los principios que rige la Ley es el de la
transparencia que, junto con la variedad de instrumentos que se articulan en la ley, redunda de forma directa
en un incremento de los niveles de eficacia y eficiencia en la gestión del gasto público subvencional.
El artículo 8.1 LGS establece que los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que
propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un Plan Estratégico
de Subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su
consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación.
A su vez, la disposición final primera LGS dispone que el referido artículo tiene carácter básico, resultando de
aplicación a todas las Administraciones Públicas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.4 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se
aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los planes
estratégicos contendrán previsiones para un periodo de vigencia de tres años, salvo que por la especial
naturaleza del sector afectado, sea conveniente establecer un plan estratégico de duración diferente.
Declarada la constitucionalidad del citado artículo 8.1 LGS, mediante artículo 8 Sentencia del TC de 4 de junio
de 2013.1 LGS, procede aplicar respecto a dicho artículo la jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo
(sentencias de 4 de diciembre de 2012, de 26 de junio de 2012, de 28 de enero de 2013, de EDJ 2013/6647 de
16 de abril de 2013), que considera que dicho precepto tiene carácter básico y llega a las siguientes
conclusiones:
- El Pan Estratégico tiene carácter previo al establecimiento de cualquier subvención; y el precepto es
imperativo y categórico, siendo un requisito esencial y previo a la regulación de la subvención, de tal forma
que requiere una formalización o instrumentalización externa.
- En todo caso, la concesión de subvenciones debe supeditarse al cumplimiento de los objetivos de estabilidad
presupuestaria.
Por ello, el Ayuntamiento de Casas de Don Pedro aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para el período
2022-2023, cuyo articulado figura a continuación.
Capítulo I. Disposiciones generales
Artículo 1
La concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Casas de Don Pedro durante el período 2022-23 se
ajustará a lo dispuesto, a falta de una Ordenanza general reguladora de concesión de subvenciones
municipales, según las ordenanzas reguladoras de la convocatoria de las distintas subvenciones, y al presente
Plan Estratégico.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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APROBACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES PARA LOS EJERCICIOS 2022 y 2023
El Pleno del Ayuntamiento de Casas de Don Pedro en sesión extraordinaria celebrada el 29 de diciembre de 2022, aprobó el
Plan Estratégico de Subvenciones para los ejercicios 2022 y 2023, por lo que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo
45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace
público para general conocimiento.
"PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES PARA LOS EJERCICIOS 2022 y 2023
Preámbulo
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS), supone un paso más en el proceso de
perfeccionamiento y racionalización del sistema económico. Uno de los principios que rige la Ley es el de la
transparencia que, junto con la variedad de instrumentos que se articulan en la ley, redunda de forma directa
en un incremento de los niveles de eficacia y eficiencia en la gestión del gasto público subvencional.
El artículo 8.1 LGS establece que los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que
propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un Plan Estratégico
de Subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su
consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación.
A su vez, la disposición final primera LGS dispone que el referido artículo tiene carácter básico, resultando de
aplicación a todas las Administraciones Públicas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.4 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se
aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los planes
estratégicos contendrán previsiones para un periodo de vigencia de tres años, salvo que por la especial
naturaleza del sector afectado, sea conveniente establecer un plan estratégico de duración diferente.
Declarada la constitucionalidad del citado artículo 8.1 LGS, mediante artículo 8 Sentencia del TC de 4 de junio
de 2013.1 LGS, procede aplicar respecto a dicho artículo la jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo
(sentencias de 4 de diciembre de 2012, de 26 de junio de 2012, de 28 de enero de 2013, de EDJ 2013/6647 de
16 de abril de 2013), que considera que dicho precepto tiene carácter básico y llega a las siguientes
conclusiones:
- El Pan Estratégico tiene carácter previo al establecimiento de cualquier subvención; y el precepto es
imperativo y categórico, siendo un requisito esencial y previo a la regulación de la subvención, de tal forma
que requiere una formalización o instrumentalización externa.
- En todo caso, la concesión de subvenciones debe supeditarse al cumplimiento de los objetivos de estabilidad
presupuestaria.
Por ello, el Ayuntamiento de Casas de Don Pedro aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para el período
2022-2023, cuyo articulado figura a continuación.
Capítulo I. Disposiciones generales
Artículo 1
La concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Casas de Don Pedro durante el período 2022-23 se
ajustará a lo dispuesto, a falta de una Ordenanza general reguladora de concesión de subvenciones
municipales, según las ordenanzas reguladoras de la convocatoria de las distintas subvenciones, y al presente
Plan Estratégico.
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