Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdelacalzada. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (00157/2023)
Acuerdo del Pleno de fecha 14 de diciembre de 2022 del Ayuntamiento de Valdelacalzada por el que se aprueba inicialmente el Reglamento del Servicio de Viviendas de Emergencia Social
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Valdelacalzada
Anuncio 157/2023
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Valdelacalzada
Valdelacalzada (Badajoz)
Anuncio 157/2023
Acuerdo del Pleno de fecha 14 de diciembre de 2022 del Ayuntamiento de Valdelacalzada por el que se aprueba
inicialmente el Reglamento del Servicio de Viviendas de Emergencia Social
APROBACIÓN INICIAL
Acuerdo del Pleno de fecha 14 de diciembre del Ayuntamiento de Valdelacalzada por el que se aprueba inicialmente el
Reglamento del Servicio de Viviendas de Emergencia Social.
Aprobado inicialmente el Reglamento del Servicio de Viviendas de Emergencia Social, por acuerdo del Pleno de fecha 14 de
diciembre de 2022, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local y 56 del Texto Refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de treinta días, a
contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz para que pueda ser
examinado y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen
las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este
Ayuntamiento https://valdelacalzada.sedelectronica.es/info.
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de
aprobación del mencionado Reglamento.
Valdelacalzada, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Pedro Inocente Noriega del Valle.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 2 de 3
Anuncio 157/2023
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Valdelacalzada
Valdelacalzada (Badajoz)
Anuncio 157/2023
Acuerdo del Pleno de fecha 14 de diciembre de 2022 del Ayuntamiento de Valdelacalzada por el que se aprueba
inicialmente el Reglamento del Servicio de Viviendas de Emergencia Social
APROBACIÓN INICIAL
Acuerdo del Pleno de fecha 14 de diciembre del Ayuntamiento de Valdelacalzada por el que se aprueba inicialmente el
Reglamento del Servicio de Viviendas de Emergencia Social.
Aprobado inicialmente el Reglamento del Servicio de Viviendas de Emergencia Social, por acuerdo del Pleno de fecha 14 de
diciembre de 2022, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local y 56 del Texto Refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de treinta días, a
contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz para que pueda ser
examinado y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen
las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este
Ayuntamiento https://valdelacalzada.sedelectronica.es/info.
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de
aprobación del mencionado Reglamento.
Valdelacalzada, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Pedro Inocente Noriega del Valle.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 2 de 3