Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00117/2023)
Bases y convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal por concurso-oposición para cubrir dos plazas de Cuidador/a vacantes en el Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes
Anuncio 117/2023
Funciones:
Higiene personal de las personas usuarias.
Vigilar y atender a las personas usuarias, sus necesidades generales humanas y sanitarias, especialmente en el
momento en que estos necesiten sus servicios.
Dar de comer a aquellas personas usuarias que no lo puedan hacer por sí mismas. En este sentido, se ocupará
igualmente de la recepción, distribución y recogida de las comidas a las personas usuarias.
Deberá efectuar la limpieza y mantenimiento de los utensilios de las personas usuarias, hacer las camas, colaborar
en mantener ordenadas las habitaciones, recoger la ropa, llevarla a la lavandería y encargarse de la ropa personal de
las personas usuarias.
Controlar la higiene personal de los usuarios, medicamentos y alimentos.
Realizar los cambios posturales y aquellos servicios auxiliares que de acuerdo con su preparación técnica le sean
encomendados.
Comunicar las incidencias que se produzcan sobre la salud de las personas usuarias.
Limpiar y preparar el mobiliario, materiales y aparatos de botiquín.
Acompañar a las personas usuarias en las salidas que este deba realizar ya sean para citas médicas, excursiones,
gestiones, etc.
Colaborar con el equipo de profesionales mediante la realización de tareas elementales que complementen los
servicios especializados de aquellos, en orden a proporcionar la autonomía personal de las personas usuarias y su
inserción en la vida social.
Colaborar en el seguimiento o la evaluación del proceso recuperador o asistencial de las personas usuarias del
centro.
Limpieza del centro residencial mixto.
En general, todas aquellas actividades no especificadas anteriormente que le sean pedidas y que tengan relación con
lo anterior y sean formados/as previamente para tal efecto.
Observaciones:
Los excesos o defectos en la jornada anual realizada se compensarán en el siguiente año equivaliendo una hora en
exceso o defecto a una hora real de trabajo.
Segunda. Publicidad.
La convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de, en la Oficina de Atención a la Ciudadanía y en la página
web del Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes y, en extracto, en el Boletín Oficial del Estado.
Tercera. Requisitos.
Las personas aspirantes deberán cumplir los siguientes:
a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57, acceso al empleo
público de nacionales de otros Estados, del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. De conformidad con lo establecido en el
Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, serán admitidas las personas
con discapacidad en igualdad de condiciones con las demás aspirantes, todo ello condicionado a la capacidad
funcional para el desempeño de las tareas o funciones propias de este puesto.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separada/o mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas, ni hallarse inhabilitada/o para el ejercicio de las funciones públicas, de acuerdo a lo
establecido en el artículo 56 del citado Estatuto Básico del Empleado Público. En caso de ser nacional de otro
estado, no hallarse inhabilitada/o o en situación equivalente ni haber sido sometida/o a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión de la titulación de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería o Técnico de Atención
Sociosanitaria o Certificado de Profesionalidad de Atención Sociosanitaria a Personas Dependientes y/o con
Discapacidad o equivalentes. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión
de la credencial que acredite su homologación o equivalencia, en su caso.
Los requisitos establecidos en esta base, deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo, y durante el período de adquisición de la condición de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Higiene personal de las personas usuarias.
Vigilar y atender a las personas usuarias, sus necesidades generales humanas y sanitarias, especialmente en el
momento en que estos necesiten sus servicios.
Dar de comer a aquellas personas usuarias que no lo puedan hacer por sí mismas. En este sentido, se ocupará
igualmente de la recepción, distribución y recogida de las comidas a las personas usuarias.
Deberá efectuar la limpieza y mantenimiento de los utensilios de las personas usuarias, hacer las camas, colaborar
en mantener ordenadas las habitaciones, recoger la ropa, llevarla a la lavandería y encargarse de la ropa personal de
las personas usuarias.
Controlar la higiene personal de los usuarios, medicamentos y alimentos.
Realizar los cambios posturales y aquellos servicios auxiliares que de acuerdo con su preparación técnica le sean
encomendados.
Comunicar las incidencias que se produzcan sobre la salud de las personas usuarias.
Limpiar y preparar el mobiliario, materiales y aparatos de botiquín.
Acompañar a las personas usuarias en las salidas que este deba realizar ya sean para citas médicas, excursiones,
gestiones, etc.
Colaborar con el equipo de profesionales mediante la realización de tareas elementales que complementen los
servicios especializados de aquellos, en orden a proporcionar la autonomía personal de las personas usuarias y su
inserción en la vida social.
Colaborar en el seguimiento o la evaluación del proceso recuperador o asistencial de las personas usuarias del
centro.
Limpieza del centro residencial mixto.
En general, todas aquellas actividades no especificadas anteriormente que le sean pedidas y que tengan relación con
lo anterior y sean formados/as previamente para tal efecto.
Observaciones:
Los excesos o defectos en la jornada anual realizada se compensarán en el siguiente año equivaliendo una hora en
exceso o defecto a una hora real de trabajo.
Segunda. Publicidad.
La convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de, en la Oficina de Atención a la Ciudadanía y en la página
web del Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes y, en extracto, en el Boletín Oficial del Estado.
Tercera. Requisitos.
Las personas aspirantes deberán cumplir los siguientes:
a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57, acceso al empleo
público de nacionales de otros Estados, del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. De conformidad con lo establecido en el
Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, serán admitidas las personas
con discapacidad en igualdad de condiciones con las demás aspirantes, todo ello condicionado a la capacidad
funcional para el desempeño de las tareas o funciones propias de este puesto.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separada/o mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas, ni hallarse inhabilitada/o para el ejercicio de las funciones públicas, de acuerdo a lo
establecido en el artículo 56 del citado Estatuto Básico del Empleado Público. En caso de ser nacional de otro
estado, no hallarse inhabilitada/o o en situación equivalente ni haber sido sometida/o a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión de la titulación de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería o Técnico de Atención
Sociosanitaria o Certificado de Profesionalidad de Atención Sociosanitaria a Personas Dependientes y/o con
Discapacidad o equivalentes. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión
de la credencial que acredite su homologación o equivalencia, en su caso.
Los requisitos establecidos en esta base, deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo, y durante el período de adquisición de la condición de
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