Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (00070/2023)
Bases de la convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo de Técnico/a de Investigación, Desarrollo e Innovación
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior
Anuncio 70/2023
Quinta.- Tribunal de selección.
Estará integrada por cinco miembros (una Presidencia, tres Vocalías y una Secretaría), designándose igual número de
suplentes. En la designación de las personas integrantes deberán respetarse los principios de imparcialidad y de
profesionalidad, y se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres observándose, en cualquier caso, el mínimo del 40% de
representación de cada sexo.
Quienes formen parte del Tribunal, titulares y suplentes, habrán de ser personal funcionario de carrera y poseer una
titulación igual o superior a la requerida para el acceso a la plaza convocada. A sus deliberaciones pueden asistir como
observador/a una persona representante por cada organización sindical con representación en la Diputación de Badajoz.
Las y los miembros en que concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento comunicándolo a la autoridad convocante, pudiendo ser recusadas
por las personas aspirantes admitidas. No podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros
titulares o, en su caso, suplentes. En ausencia de la Presidencia, le sustituirá el/la Vocal presente de mayor jerarquía,
antigüedad y edad, por ese orden. Cuando el procedimiento selectivo, por dificultades técnicas o de otra índole, así lo
aconsejase, el Tribunal, por medio de su Presidencia, podrá disponer la incorporación al mismo, con carácter temporal, de
otro personal de Diputación o de otras Administraciones Públicas, que colaborará exclusivamente en el ejercicio de sus
especialidades técnicas, en el desarrollo de los procesos de selección y bajo la dirección del citado Tribunal.
Sexta.- Sistema selectivo.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 3.b del Reglamento de Funcionamiento de las Bolsas de Trabajo de la Diputación
Provincial de Badajoz y sus Organismos Autónomos, para formar parte de la bolsa de trabajo hay que superar todas las
pruebas que integran la presente convocatoria. La convocatoria se resolverá por el procedimiento de oposición (hasta un
máximo de 20 puntos).
Las personas que resulten admitidas deberán superar dos ejercicios, independientes, específicos y
eliminatorios que consistirán en:
a) Primer ejercicio (10 puntos máximo): teórico, tipo test, consistente en contestar en un
máximo de ciento veinte minutos, un cuestionario de 100 preguntas, más 5 de reserva, con tres
respuestas alternativas, basadas en el temario anexo, de las cuales solo una de ellas será la
correcta.
Cada respuesta correcta sumará 0,1 puntos y cada respuesta incorrecta restará 0,05 puntos, no
puntuando ni penalizando las preguntas no contestadas. Finalizado el ejercicio, las personas
que lo han realizado podrán impugnar preguntas o reclamar contra las respuestas dadas por
correctas desde el momento de la publicación de la plantilla de respuestas, y hasta un plazo
máximo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente a dicha publicación. Para facilitarlo,
podrán presentarlas a través del trámite "Alegaciones a pruebas selectivas" habilitado en la
sede electrónica de la Diputación de Badajoz/Trámites por delegaciones/Recursos Humanos y
Régimen Interior:
https://sede.dip-badajoz.es/portal/contenedor.do?det_cod=160&ent_id=10&idioma=1
b) Segundo ejercicio (10 puntos máximo): Consistirá en realizar dos pruebas prácticas, de entre
tres propuestas, durante un tiempo máximo de dos horas, referentes al contenido del temario
anexo, en los que deberán acreditarse los conocimientos que se posean en referencia a la plaza
objeto de la convocatoria.
Este ejercicio se calificarán con la media resultante de las calificaciones otorgadas por cada miembro del
Tribunal, eliminando, en todo caso, las puntuaciones máxima y mínima cuando entre éstas exista una
diferencia igual o superior a dos puntos. En el supuesto de que haya más de dos notas emitidas que se
diferencien en dos o más puntos, solo se eliminarán una de las calificaciones máximas y otra de las mínimas.
Las referencias que en el anexo se contienen respecto de la normativa que expresamente se cita se
considerará referida a aquella otra que pueda ser aprobada y la sustituya siempre que se encuentre vigente
el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
El orden de actuación en aquellos ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente será el alfabético,
comenzando por la persona aspirante cuyo primer apellido empiece por la letra "U" de conformidad con la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Quinta.- Tribunal de selección.
Estará integrada por cinco miembros (una Presidencia, tres Vocalías y una Secretaría), designándose igual número de
suplentes. En la designación de las personas integrantes deberán respetarse los principios de imparcialidad y de
profesionalidad, y se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres observándose, en cualquier caso, el mínimo del 40% de
representación de cada sexo.
Quienes formen parte del Tribunal, titulares y suplentes, habrán de ser personal funcionario de carrera y poseer una
titulación igual o superior a la requerida para el acceso a la plaza convocada. A sus deliberaciones pueden asistir como
observador/a una persona representante por cada organización sindical con representación en la Diputación de Badajoz.
Las y los miembros en que concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento comunicándolo a la autoridad convocante, pudiendo ser recusadas
por las personas aspirantes admitidas. No podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros
titulares o, en su caso, suplentes. En ausencia de la Presidencia, le sustituirá el/la Vocal presente de mayor jerarquía,
antigüedad y edad, por ese orden. Cuando el procedimiento selectivo, por dificultades técnicas o de otra índole, así lo
aconsejase, el Tribunal, por medio de su Presidencia, podrá disponer la incorporación al mismo, con carácter temporal, de
otro personal de Diputación o de otras Administraciones Públicas, que colaborará exclusivamente en el ejercicio de sus
especialidades técnicas, en el desarrollo de los procesos de selección y bajo la dirección del citado Tribunal.
Sexta.- Sistema selectivo.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 3.b del Reglamento de Funcionamiento de las Bolsas de Trabajo de la Diputación
Provincial de Badajoz y sus Organismos Autónomos, para formar parte de la bolsa de trabajo hay que superar todas las
pruebas que integran la presente convocatoria. La convocatoria se resolverá por el procedimiento de oposición (hasta un
máximo de 20 puntos).
Las personas que resulten admitidas deberán superar dos ejercicios, independientes, específicos y
eliminatorios que consistirán en:
a) Primer ejercicio (10 puntos máximo): teórico, tipo test, consistente en contestar en un
máximo de ciento veinte minutos, un cuestionario de 100 preguntas, más 5 de reserva, con tres
respuestas alternativas, basadas en el temario anexo, de las cuales solo una de ellas será la
correcta.
Cada respuesta correcta sumará 0,1 puntos y cada respuesta incorrecta restará 0,05 puntos, no
puntuando ni penalizando las preguntas no contestadas. Finalizado el ejercicio, las personas
que lo han realizado podrán impugnar preguntas o reclamar contra las respuestas dadas por
correctas desde el momento de la publicación de la plantilla de respuestas, y hasta un plazo
máximo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente a dicha publicación. Para facilitarlo,
podrán presentarlas a través del trámite "Alegaciones a pruebas selectivas" habilitado en la
sede electrónica de la Diputación de Badajoz/Trámites por delegaciones/Recursos Humanos y
Régimen Interior:
https://sede.dip-badajoz.es/portal/contenedor.do?det_cod=160&ent_id=10&idioma=1
b) Segundo ejercicio (10 puntos máximo): Consistirá en realizar dos pruebas prácticas, de entre
tres propuestas, durante un tiempo máximo de dos horas, referentes al contenido del temario
anexo, en los que deberán acreditarse los conocimientos que se posean en referencia a la plaza
objeto de la convocatoria.
Este ejercicio se calificarán con la media resultante de las calificaciones otorgadas por cada miembro del
Tribunal, eliminando, en todo caso, las puntuaciones máxima y mínima cuando entre éstas exista una
diferencia igual o superior a dos puntos. En el supuesto de que haya más de dos notas emitidas que se
diferencien en dos o más puntos, solo se eliminarán una de las calificaciones máximas y otra de las mínimas.
Las referencias que en el anexo se contienen respecto de la normativa que expresamente se cita se
considerará referida a aquella otra que pueda ser aprobada y la sustituya siempre que se encuentre vigente
el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
El orden de actuación en aquellos ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente será el alfabético,
comenzando por la persona aspirante cuyo primer apellido empiece por la letra "U" de conformidad con la
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