Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Servicios “Cíjara” (Herrera del Duque). (00031/2023)
Corrección de error en edicto publicado el 29 de diciembre de 2022 sobre las bases de la convocatoria para cubrir, mediante el sistema de concurso, las plazas de laboral fijo en el proceso de estabilización de empleo
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Mancomunidad Integral de Servicios “Cíjara”

Anuncio 31/2023

ADMINISTRACIÓN LOCAL
MANCOMUNIDADES
Mancomunidad Integral de Servicios “Cíjara”
Herrera del Duque (Badajoz)
Anuncio 31/2023
Corrección de error en edicto publicado el 29 de diciembre de 2022 sobre las bases de la convocatoria para cubrir,
mediante el sistema de concurso, las plazas de laboral fijo en el proceso de estabilización de empleo

CORRECCIÓN DE ERRORES ANUNCIO NUMERO 6150/2022 PUBLICADO EN BOP DE BADAJOZ DE FECHA 29-12-2022,
RELATIVO A LAS BASES DE LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO, LAS PLAZAS DE
LABORAL FIJO EN EL PROCESO DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO DE LA MANCOMUNIDAD INTEGRAL DE SERVICIOS CIJARA
Anuncio relativo a corrección de error observado en la convocatoria y proceso de estabilización de empleo mediante sistema
de concurso de Mancomunidad Integral de Servicios Cijara.
Visto el anuncio de las bases específicas que regirán la convocatoria de los procedimientos selectivos para la provisión,
mediante el sistema de concurso, de plazas de personal fijo incluidas en la oferta de empleo público para la estabilización
de empleo temporal del año 2022 al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, publicado en el BOPB número 246, de
fecha 29 de diciembre de 2022, y detectado error en el apartado de sistema de selección y desarrollo de los ejercicios de las
bases y el anexo II de la convocatoria.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se proceda a la corrección del error en el sentido siguiente:
En las bases donde dice:

b) Formación complementaría.

Debe decir:

b) Formación complementaria: Máximo 1 punto.

En el anexo II donde dice:

b) Formación complementaría.

Debe decir:

b) Formación complementaria: Máximo 1 punto.

En Herrera del Duque, a fecha de la firma digital.- El Presidente, Gregorio Rodríguez Dueñas.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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