Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Azuaga. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00019/2023)
Bases que han de regir el procedimiento selectivo para la contratación en régimen laboral temporal de un/a Gerente para la Dinamización Comercial en Azuaga
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Ayuntamiento de Azuaga
Anuncio 19/2023
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Azuaga
Azuaga (Badajoz)
Anuncio 19/2023
Bases que han de regir el procedimiento selectivo para la contratación en régimen laboral temporal de un/a Gerente para la
Dinamización Comercial en Azuaga
Por Decreto de Alcaldía número 2022/995, de fecha 30 de diciembre, se han aprobado las siguientes bases y realizado la
correspondiente convocatoria.
BASES QUE HAN DE REGIR EL PROCEDIMIENTO SELECTIVO PARA LA CONTRATACIÓN EN RÉGIMEN LABORAL TEMPORAL DE
UN/A GERENTE PARA LA DINAMIZACIÓN COMERCIAL EN AZUAGA (BADAJOZ)
Primera.- Objeto de la convocatoria.
1.1.- Es objeto de la presente convocatoria la contratación de un Gerente para la dinamización comercial, cuya cobertura se
considera urgente e inaplazable y cuyo desempeño se entiende prioritario, en tanto se hace imprescindible contar con un
trabajador cualificado que se encargue de promocionar y dinamizar el pequeño comercio minorista de Azuaga, en todas las
áreas y espacios comerciales, incluido el mercado municipal de abastos.
1.2.- Con el sistema regulado en las presentes bases se pretende proceder a la selección y contratación de aquel candidato
más idóneo para el desempeño del puesto ofertado.
1.3.- La urgencia y excepcionalidad de esta contratación en proyecto se justifica por la necesidad transitoria de personal con
conocimientos en esta materia para afrontar las acciones y actividades de programas, de carácter temporal, relativos a la
dinamización comercial a desarrollar por este Ayuntamiento, conforme a las subvenciones que se concedan desde la
Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de la Junta de Extremadura o por otras administraciones, incluidas las
sustituciones transitorias de titulares con derecho a reserva de puesto de trabajo, o el exceso o acumulación de tareas,
siempre que respondan a necesidades que se consideren de carácter excepcionales, urgentes e inaplazables y que sea
prioritarias para este Ayuntamiento.
1.4.- La contratación se realizará sobre la base de la presente convocatoria y al amparo de la Orden de 28 de julio de 2022
(DOE número 151, de 5 de agosto) que establece las bases reguladoras de las ayudas para la contratación de estos puestos y
la resolución de 13 de octubre de 2022 (DOE número 204, de 24 de octubre) por la que se realiza la convocatoria.
Segunda.- Características del contrato y funciones.
2.1.- La contratación será en régimen laboral mediante la modalidad de contrato de mejora de la ocupabilidad y la inserción
laboral, con jornada a tiempo completo y con una duración estimada de tres años, duración que tiene carácter orientativo.
La relación laboral comenzará el día 1 de febrero de 2023. En caso de que el contrato sea resuelto, el Ayuntamiento podrá
continuar percibiendo la subvención siempre y cuando proceda a la contratación de otro gerente en sustitución del cesado,
por cualquiera de las modalidades contempladas en la normativa laboral, hasta finalizar el período de tres años a contar
desde el inicio de la contratación del primero.
Esta fecha podrá ser ampliada de oficio o a instancias de la entidad beneficiaria.
En caso de solicitarse a instancias del interesado, se deberá justificar los motivos que impiden cumplir con el plazo
establecido. La prórroga se resolverá por el órgano gestor de la ayuda mediante resolución del Secretario de Economía y
Comercio.
2.2.- La remuneración de la plaza se adaptará al importe de la subvención concedida por la Consejería de Economía, Ciencia
y Agenda Digital de la Junta de Extremadura, incluida la aportación municipal correspondiente.
2.3.- La jornada será a tiempo completo y el lugar de prestación será Azuaga.
2.4.- Serán funciones del gerente, entre otras, las contempladas en el artículo 1.2 de la Orden de 28 de julio de 2022 y en el
resuelvo tercero, número 4 de la resolución de 13 de octubre de 2022, de la Secretaría General, antes citados.
Tercera.- Requisitos de los aspirantes.
3.1.- Para tomar parte en el proceso selectivo será necesario reunir los siguientes requisitos:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Ayuntamiento de Azuaga
Azuaga (Badajoz)
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Bases que han de regir el procedimiento selectivo para la contratación en régimen laboral temporal de un/a Gerente para la
Dinamización Comercial en Azuaga
Por Decreto de Alcaldía número 2022/995, de fecha 30 de diciembre, se han aprobado las siguientes bases y realizado la
correspondiente convocatoria.
BASES QUE HAN DE REGIR EL PROCEDIMIENTO SELECTIVO PARA LA CONTRATACIÓN EN RÉGIMEN LABORAL TEMPORAL DE
UN/A GERENTE PARA LA DINAMIZACIÓN COMERCIAL EN AZUAGA (BADAJOZ)
Primera.- Objeto de la convocatoria.
1.1.- Es objeto de la presente convocatoria la contratación de un Gerente para la dinamización comercial, cuya cobertura se
considera urgente e inaplazable y cuyo desempeño se entiende prioritario, en tanto se hace imprescindible contar con un
trabajador cualificado que se encargue de promocionar y dinamizar el pequeño comercio minorista de Azuaga, en todas las
áreas y espacios comerciales, incluido el mercado municipal de abastos.
1.2.- Con el sistema regulado en las presentes bases se pretende proceder a la selección y contratación de aquel candidato
más idóneo para el desempeño del puesto ofertado.
1.3.- La urgencia y excepcionalidad de esta contratación en proyecto se justifica por la necesidad transitoria de personal con
conocimientos en esta materia para afrontar las acciones y actividades de programas, de carácter temporal, relativos a la
dinamización comercial a desarrollar por este Ayuntamiento, conforme a las subvenciones que se concedan desde la
Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de la Junta de Extremadura o por otras administraciones, incluidas las
sustituciones transitorias de titulares con derecho a reserva de puesto de trabajo, o el exceso o acumulación de tareas,
siempre que respondan a necesidades que se consideren de carácter excepcionales, urgentes e inaplazables y que sea
prioritarias para este Ayuntamiento.
1.4.- La contratación se realizará sobre la base de la presente convocatoria y al amparo de la Orden de 28 de julio de 2022
(DOE número 151, de 5 de agosto) que establece las bases reguladoras de las ayudas para la contratación de estos puestos y
la resolución de 13 de octubre de 2022 (DOE número 204, de 24 de octubre) por la que se realiza la convocatoria.
Segunda.- Características del contrato y funciones.
2.1.- La contratación será en régimen laboral mediante la modalidad de contrato de mejora de la ocupabilidad y la inserción
laboral, con jornada a tiempo completo y con una duración estimada de tres años, duración que tiene carácter orientativo.
La relación laboral comenzará el día 1 de febrero de 2023. En caso de que el contrato sea resuelto, el Ayuntamiento podrá
continuar percibiendo la subvención siempre y cuando proceda a la contratación de otro gerente en sustitución del cesado,
por cualquiera de las modalidades contempladas en la normativa laboral, hasta finalizar el período de tres años a contar
desde el inicio de la contratación del primero.
Esta fecha podrá ser ampliada de oficio o a instancias de la entidad beneficiaria.
En caso de solicitarse a instancias del interesado, se deberá justificar los motivos que impiden cumplir con el plazo
establecido. La prórroga se resolverá por el órgano gestor de la ayuda mediante resolución del Secretario de Economía y
Comercio.
2.2.- La remuneración de la plaza se adaptará al importe de la subvención concedida por la Consejería de Economía, Ciencia
y Agenda Digital de la Junta de Extremadura, incluida la aportación municipal correspondiente.
2.3.- La jornada será a tiempo completo y el lugar de prestación será Azuaga.
2.4.- Serán funciones del gerente, entre otras, las contempladas en el artículo 1.2 de la Orden de 28 de julio de 2022 y en el
resuelvo tercero, número 4 de la resolución de 13 de octubre de 2022, de la Secretaría General, antes citados.
Tercera.- Requisitos de los aspirantes.
3.1.- Para tomar parte en el proceso selectivo será necesario reunir los siguientes requisitos:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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