Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Higuera de la Serena. Secretaría General. Servicio de Planeamiento y Gestión (Badajoz). (06513/2023)
Aprobación del Plan de Activación del Empleo Local
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Ayuntamiento de Higuera de la Serena
Anuncio 6513/2022
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Higuera de la Serena
Higuera de la Serena (Badajoz)
Anuncio 6513/2022
Aprobación del Plan de Activación del Empleo Local
APROBACIÓN DEL PROGRAMA DE ACTIVACIÓN PARA EL EMPLEO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE HIGUERA DE LA SERENA.
Se pone en general conocimiento que por el Pleno de esta Corporación, se ha acordado la aprobación del Programa de
Activación para el Empleo Local de este Ayuntamiento.
Dicho programa se aprueba de conformidad con lo establecido en la disposición adicional novena del Texto Refundido de la
Ley del empleo, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, introducida por la disposición final segunda
del Real Decreto Ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad
en el empleo y la transformación del mercado de trabajo y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15.1.c) 4.º de la Ley
3/2019, de 22 de enero, de garantía de la autonomía municipal de Extremadura.
El texto íntegro del programa de activación para el empleo local se encuentra a disposición de los interesados en el tablón
electrónico de la sede electrónica del Ayuntamiento https://higueradelaserena.sedelectronica.es.
Lo que se hace público en los términos del artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, informando que contra dicho acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede
interponerse alternativamente recurso potestativo de reposición ante el órgano que lo aprobó en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la
mencionada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Mérida, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de esta
publicación, de conformidad con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo
hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de
que se pueda interponer cualquier otro recurso que se pudiera estimar más conveniente al derecho de los interesados.
Higuera de la Serena, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, María Triviño Portalo.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Se pone en general conocimiento que por el Pleno de esta Corporación, se ha acordado la aprobación del Programa de
Activación para el Empleo Local de este Ayuntamiento.
Dicho programa se aprueba de conformidad con lo establecido en la disposición adicional novena del Texto Refundido de la
Ley del empleo, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, introducida por la disposición final segunda
del Real Decreto Ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad
en el empleo y la transformación del mercado de trabajo y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15.1.c) 4.º de la Ley
3/2019, de 22 de enero, de garantía de la autonomía municipal de Extremadura.
El texto íntegro del programa de activación para el empleo local se encuentra a disposición de los interesados en el tablón
electrónico de la sede electrónica del Ayuntamiento https://higueradelaserena.sedelectronica.es.
Lo que se hace público en los términos del artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, informando que contra dicho acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede
interponerse alternativamente recurso potestativo de reposición ante el órgano que lo aprobó en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la
mencionada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Mérida, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de esta
publicación, de conformidad con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo
hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de
que se pueda interponer cualquier otro recurso que se pudiera estimar más conveniente al derecho de los interesados.
Higuera de la Serena, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, María Triviño Portalo.
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