Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabeza del Buey. Secretaría General. Servicio de Urbanismo (Badajoz). (06230/2022)
Corrección de error en edicto publicado el 28/11/2022 sobre las bases y convocatoria para la provisión mediante concurso de las plazas de estabilización de empleo temporal Grupo A2
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Ayuntamiento de Cabeza del Buey

Convocatoria
Terapeuta Ocupacional Residencia de
Mayores

Anuncio 6230/2022

Plazas Grupo
1

A2

Titulación académica requerida
Terapeuta Ocupacional
Permiso de conducir B

Tipo de personal
Laboral

Segunda. Condiciones de admisión de aspirantes.
Para participar en este proceso de selección, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del Texto Refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, será necesario
reunir las siguientes condiciones generales, en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias:
a) Tener la nacionalidad española Estado o de otro Estado miembro de la Unión Europea o de un Estado al que le sea de
aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos establecidos en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa, para el acceso al
empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o
de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para
ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o
inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido
sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo
público.
e) Poseer la titulación exigida conforme a lo previsto en la base primera.
f) Haber abonado la correspondiente tasa en concepto de derechos de examen a que se refiere la base cuarta.
Tercera. Publicidad.
Las bases íntegras se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este Ayuntamiento
(http://cabezadelbuey.sedelectronica.es), insertándose un extracto de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura y
en el Boletín Oficial del Estado.
Cuarta. Forma y plazo de presentación de instancias.
Las solicitudes requiriendo tomar parte en este proceso, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones
exigidas en las presentes bases, se dirigirán a la señora Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento dentro del plazo de veinte
días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del
Estado.
Para facilitar el desarrollo de los concursos las diferentes plazas convocadas podrán ser objeto de publicaciones diferentes
en el Boletín Oficial del Estado, siendo esa publicación la que servirá para el cómputo del plazo de presentación de
instancias de cada plaza.
Se presentarán mediante la instancia general que figura en la sede electrónica del Ayuntamiento de Cabeza del Buey
(http://cabezadelbuey.sedelectronica.es), a la que se adjuntará la solicitud según el anexo 1 de estas bases y, en su caso, la
documentación requerida.
Las solicitudes, según modelo del anexo 1, podrán presentarse también por cualquiera de los medios establecidos en el
artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del proceso
selectivo. Cuando sea necesario publicar un acto administrativo que contenga datos personales se publicará de la forma que
determina la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales
y Garantía de los Derechos Digitales. El Ayuntamiento será el responsable del tratamiento de estos datos.
Junto con las solicitudes deberán presentarse los siguientes documentos:
Copia del DNI.
Documentos acreditativos de los méritos de experiencia y formación.
Justificante del ingreso de la tasa por derechos de examen.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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