Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Azuaga. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (06265/2022)
Bases que han de regir el concurso para la selección de plazas del grupo A acogidas al proceso de estabilización extraordinario de empleo público
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Ayuntamiento de Azuaga
Anuncio 6265/2022
En relación a la experiencia profesional, el tiempo de servicios prestados en el Ayuntamiento de Azuaga será aportado de
oficio por el servicio
1.2) Antigüedad:
A) Por cada mes completo o fracción superior a 20 días de servicios en el Ayuntamiento de Azuaga ocupando
el puesto objeto de la convocatoria hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, se
otorgarán 0,040 puntos, hasta un máximo de 8 puntos.
B) Por cada mes completo o fracción superior a 20 días de servicios en el Ayuntamiento de Azuaga en el
mismo cuerpo, grupo, escala, categoría o equivalente del puesto objeto de la convocatoria hasta la fecha de
terminación del plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,020 puntos, hasta un máximo de 8
puntos.
C) Por cada mes completo o fracción superior a 20 días de servicios en cualquier Administración Pública, en el
mismo cuerpo, escala, categoría o equivalente del puesto objeto de la convocatoria hasta la fecha de
terminación del plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,015 puntos, hasta un máximo de 8
puntos.
En los supuestos de contratos de trabajo a tiempo parcial, se computarán los servicios prestados proporcionalmente
conforme al porcentaje de la jornada efectivamente desarrollada. No obstante lo anterior, los servicios prestados bajo la
modalidad de reducción de jornada por cuidado de hijos se computarán como jornada completa, excepto los prestados
como temporal para la cobertura de la reducción de jornada del titular, que se computarán conforme a lo señalado para los
servicios prestados a tiempo parcial. Además, se considerarán servicios prestados los días efectivamente trabajados y los
períodos de excedencia voluntaria por cuidado de hijos, excedencia por razón de violencia de género, excedencia por razón
de violencia terrorista, incapacidad laboral, permiso de maternidad y paternidad, situación de riesgo durante el embarazo,
así como la adopción y acogimiento tanto preadoptivo como permanente.
La puntuación máxima por antigüedad no podrá ser superior a 8 puntos.
1.2.Formación:
Se valorarán hasta un máximo de un punto, los cursos y actividades formativas (cursos de perfeccionamientos, masters,
Congresos, impartición de cursos de formación, tutorías impartidas y jornadas,…), acreditados hasta la fecha de finalización
del plazo de presentación de solicitudes, que complemente las competencias del empleado público, o que se encuentren
relacionados directamente con el puesto de trabajo al que se quiera optar, convocados, organizados o impartidos por
cualquiera de las administraciones públicas y organismos de ellas dependientes, organizaciones sindicales y empresariales,
mutuas, Colegios Profesionales, FEMP o sus delegaciones autonómicas, Universidades o Cámaras de Comercio.
Por cada 10 horas de formación se otorgarán 0,04 puntos, hasta un máximo de 1 puntos. A estos efectos, un crédito
equivale a 10 horas y a 0,04 puntos.
En todos los casos se valorará únicamente una única edición del curso o acción formativa, ya sea asistencia o impartición
cuando dentro de un mismo año sean coincidentes en cuanto a su contenido y se valorará únicamente el de nivel superior o
avanzado.
No se valorarán los cursos en los que no se acrediten las fechas de realización y las horas de duración.
La valoración de la fase de concurso se efectuará sobre un máximo de 9 puntos.
En caso de empate, se resolverá el mismo atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el apartado 1.a) del mérito de
antigüedad en el Ayuntamiento de Azuaga ocupando el puesto objeto de convocatoria. De persistir, se resolverá en favor de
la mayor puntuación en el apartado 1.b) del mérito de antigüedad en el Ayuntamiento de Azuaga en el mismo cuerpo, escala
o equivalente del puesto objeto de la convocatoria. Si no obstante continuara la igualdad, se atendería a la mejor puntuación
en el punto 1.c del mérito de antigüedad en cualquier Administración Pública en el mismo cuerpo, escala o equivalente del
puesto objeto de la convocatoria. En último término, se resolverá por sorteo.
Octava.- Resolución de la convocatoria.
1. Finalizada la baremación del concurso, el Tribunal formará relación comprensiva de los aspirantes por orden de
puntuación obtenida y elevará a la Alcaldía la propuesta de contratación como personal laboral fijo del o de los aspirantes
seleccionados que mayor puntuación hayan obtenido.
En ningún caso el Tribunal podrá proponer el acceso a la condición de personal laboral fijo de un número superior de
aspirantes al de plazas convocadas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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En relación a la experiencia profesional, el tiempo de servicios prestados en el Ayuntamiento de Azuaga será aportado de
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1.2) Antigüedad:
A) Por cada mes completo o fracción superior a 20 días de servicios en el Ayuntamiento de Azuaga ocupando
el puesto objeto de la convocatoria hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, se
otorgarán 0,040 puntos, hasta un máximo de 8 puntos.
B) Por cada mes completo o fracción superior a 20 días de servicios en el Ayuntamiento de Azuaga en el
mismo cuerpo, grupo, escala, categoría o equivalente del puesto objeto de la convocatoria hasta la fecha de
terminación del plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,020 puntos, hasta un máximo de 8
puntos.
C) Por cada mes completo o fracción superior a 20 días de servicios en cualquier Administración Pública, en el
mismo cuerpo, escala, categoría o equivalente del puesto objeto de la convocatoria hasta la fecha de
terminación del plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,015 puntos, hasta un máximo de 8
puntos.
En los supuestos de contratos de trabajo a tiempo parcial, se computarán los servicios prestados proporcionalmente
conforme al porcentaje de la jornada efectivamente desarrollada. No obstante lo anterior, los servicios prestados bajo la
modalidad de reducción de jornada por cuidado de hijos se computarán como jornada completa, excepto los prestados
como temporal para la cobertura de la reducción de jornada del titular, que se computarán conforme a lo señalado para los
servicios prestados a tiempo parcial. Además, se considerarán servicios prestados los días efectivamente trabajados y los
períodos de excedencia voluntaria por cuidado de hijos, excedencia por razón de violencia de género, excedencia por razón
de violencia terrorista, incapacidad laboral, permiso de maternidad y paternidad, situación de riesgo durante el embarazo,
así como la adopción y acogimiento tanto preadoptivo como permanente.
La puntuación máxima por antigüedad no podrá ser superior a 8 puntos.
1.2.Formación:
Se valorarán hasta un máximo de un punto, los cursos y actividades formativas (cursos de perfeccionamientos, masters,
Congresos, impartición de cursos de formación, tutorías impartidas y jornadas,…), acreditados hasta la fecha de finalización
del plazo de presentación de solicitudes, que complemente las competencias del empleado público, o que se encuentren
relacionados directamente con el puesto de trabajo al que se quiera optar, convocados, organizados o impartidos por
cualquiera de las administraciones públicas y organismos de ellas dependientes, organizaciones sindicales y empresariales,
mutuas, Colegios Profesionales, FEMP o sus delegaciones autonómicas, Universidades o Cámaras de Comercio.
Por cada 10 horas de formación se otorgarán 0,04 puntos, hasta un máximo de 1 puntos. A estos efectos, un crédito
equivale a 10 horas y a 0,04 puntos.
En todos los casos se valorará únicamente una única edición del curso o acción formativa, ya sea asistencia o impartición
cuando dentro de un mismo año sean coincidentes en cuanto a su contenido y se valorará únicamente el de nivel superior o
avanzado.
No se valorarán los cursos en los que no se acrediten las fechas de realización y las horas de duración.
La valoración de la fase de concurso se efectuará sobre un máximo de 9 puntos.
En caso de empate, se resolverá el mismo atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el apartado 1.a) del mérito de
antigüedad en el Ayuntamiento de Azuaga ocupando el puesto objeto de convocatoria. De persistir, se resolverá en favor de
la mayor puntuación en el apartado 1.b) del mérito de antigüedad en el Ayuntamiento de Azuaga en el mismo cuerpo, escala
o equivalente del puesto objeto de la convocatoria. Si no obstante continuara la igualdad, se atendería a la mejor puntuación
en el punto 1.c del mérito de antigüedad en cualquier Administración Pública en el mismo cuerpo, escala o equivalente del
puesto objeto de la convocatoria. En último término, se resolverá por sorteo.
Octava.- Resolución de la convocatoria.
1. Finalizada la baremación del concurso, el Tribunal formará relación comprensiva de los aspirantes por orden de
puntuación obtenida y elevará a la Alcaldía la propuesta de contratación como personal laboral fijo del o de los aspirantes
seleccionados que mayor puntuación hayan obtenido.
En ningún caso el Tribunal podrá proponer el acceso a la condición de personal laboral fijo de un número superior de
aspirantes al de plazas convocadas.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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